El feminicidio infantil podría convertirse en un delito específico en México y alcanzar penas de hasta 80 años de prisión, de acuerdo con una iniciativa impulsada por el diputado Felipe Miguel Delgado Carrillo, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), que plantea reformar el Código Penal Federal, la Ley Nacional de Ejecución Penal y la Ley General de Víctimas.
La propuesta, denominada “Ley Fátima Quintana”, busca establecer una pena de entre 60 y 80 años de prisión, además de una multa de mil a cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), para quien prive de la vida, por razones de género, a una mujer menor de 18 años.
La iniciativa fue presentada ante la Cámara de Diputados y turnada a comisiones para su análisis. El registro legislativo consultado mantiene la propuesta dentro de los asuntos relacionados con la tipificación del feminicidio infantil.
¿Qué propone la “Ley Fátima Quintana”?
La propuesta plantea incorporar al Código Penal Federal el concepto de feminicidio infantil, entendido como el asesinato de una mujer menor de 18 años por razones de género.
Para determinar si existen razones de género, se aplicaría lo establecido actualmente en el artículo 325 del Código Penal Federal.
Además de elevar la sanción, el proyecto contempla que el delito sea imprescriptible, tanto en lo relacionado con la acción penal como con la pena.
Esto significa que el paso del tiempo no impediría que las autoridades investiguen y sancionen el feminicidio infantil.
La propuesta también establece que las personas condenadas por este delito no puedan acceder a beneficios como:
- Reducción de pena.
- Libertad anticipada.
- Preliberación.
- Sustitución de la pena.
- Libertad condicionada.
- Amnistía.
De esta manera, el proyecto pretende cerrar la posibilidad de que una persona sentenciada por feminicidio infantil obtenga beneficios durante la etapa de ejecución de la sentencia.
Reparación integral para las familias de las niñas víctimas
La iniciativa también plantea modificar la Ley General de Víctimas para incluir el feminicidio infantil entre los delitos que ameritan especial protección para las víctimas y sus familiares.
El proyecto establece que, cuando una persona sea declarada responsable de feminicidio infantil, el órgano jurisdiccional deberá condenarla al pago de la reparación integral del daño a favor de la víctima u ofendidos.
La propuesta retoma los estándares interamericanos de reparación integral, que contemplan medidas como la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.
En la Ley Nacional de Ejecución Penal, en tanto, se incorporarían referencias al nuevo delito para impedir que quienes sean sentenciados por feminicidio infantil accedan a la libertad condicionada, libertad anticipada, sustitución de la pena o preliberación.
El caso de Fátima Quintana que da nombre a la iniciativa
La propuesta toma como referencia el caso de Fátima Varinia Quintana Gutiérrez, una niña de 12 años asesinada en 2015 en el municipio de Lerma, Estado de México.
De acuerdo con la exposición de motivos de la iniciativa, Fátima fue secuestrada, agredida sexualmente y asesinada por tres vecinos. Su caso se convirtió en un referente de la lucha de las familias de niñas víctimas de violencia feminicida y de las deficiencias que pueden enfrentar durante los procesos de justicia.
Una década después del feminicidio, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 5363/2023, en el que reconoció a los padres de Fátima como víctimas indirectas y estableció su derecho a una reparación integral.
La Corte también determinó que no podía aplicarse un tope máximo para limitar la indemnización por reparación del daño y ordenó considerar tanto las afectaciones materiales como las inmateriales sufridas por la familia.
La resolución de la SCJN se convirtió en un precedente para el reconocimiento de los familiares de niñas y adolescentes víctimas de feminicidio como víctimas indirectas dentro del proceso penal.
Feminicidio infantil: niñas y adolescentes siguen siendo víctimas
La violencia feminicida contra niñas y adolescentes no es un fenómeno aislado.
De acuerdo con cifras de incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) recopiladas por la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), entre 2015 y junio de 2025 se registraron 850 feminicidios de mujeres de entre 0 y 17 años.
Durante ese periodo, 140 casos ocurrieron en el Estado de México, 67 en Veracruz y 62 en Jalisco. En conjunto, estas tres entidades concentraron alrededor de tres de cada 10 feminicidios de niñas y adolescentes registrados en el país.
Para el cierre de 2025, REDIM reportó 63 feminicidios de niñas y adolescentes de entre 0 y 17 años, frente a 79 registrados durante 2024. Es decir, aunque hubo una disminución respecto al año anterior, una niña o adolescente fue víctima de feminicidio aproximadamente cada cinco días y medio durante 2025.
El SESNSP señala que sus cifras de incidencia delictiva provienen de las carpetas de investigación iniciadas por las fiscalías y procuradurías de las 32 entidades federativas, por lo que se trata de registros de casos investigados bajo esta clasificación.
Casos de feminicidio de niñas que conmocionaron a México
El caso de Fátima Quintana no es el único que ha evidenciado la violencia extrema contra niñas en México.
En marzo de 2024, Camila Gómez Ortega, de ocho años, fue secuestrada y asesinada en Taxco, Guerrero. La Fiscalía General del Estado investigó el caso como feminicidio. La niña había salido de su domicilio para jugar y posteriormente fue localizada sin vida.
El caso generó indignación nacional y derivó incluso en el linchamiento de una mujer señalada como presunta participante en el crimen. Posteriormente, el gobierno de Guerrero anunció la intención de impulsar una iniciativa denominada “Ley Camila”, con el objetivo de incrementar las penas cuando delitos como secuestro, feminicidio y violación fueran cometidos contra niñas y niños.
Ese mismo mes, Arlette, de siete años, fue asesinada en Tarímbaro, Michoacán. La Fiscalía estatal informó que la menor había sido reportada como desaparecida y posteriormente localizada sin vida; un hombre fue detenido y vinculado a proceso por feminicidio.
Más recientemente, en febrero de 2026, la Fiscalía General del Estado de Tabasco informó sobre la investigación por el feminicidio de una niña de ocho años. La dependencia señaló que la escena había sido manipulada para aparentar un suicidio y que los dictámenes determinaron que la muerte fue provocada por asfixia; también reportó indicios de violencia sexual. Dos personas fueron imputadas y quedaron en prisión preventiva.
Estos casos muestran que la violencia feminicida contra niñas puede estar acompañada de desaparición, violencia sexual y otras formas de agresión, además de revelar las dificultades que enfrentan las familias para acceder a justicia y reparación.

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