6/22/2008

UNION DE JURISTAS DE MEXICO...


BOLETIN
22 de junio de 2008

LA UNION DE JURISTAS DE MEXICO Y LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ABOGADOS DEMOCRÁTICOS SUMAN ESFUERZOS PARA LUCHAR POR LA ABROGACIÓN DE LA NUEVA LEY DEL ISSSTE

AL PUEBLO DE MÉXICO
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN


El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la nueva Ley del ISSSTE, es contrario a la justicia social y a los derechos Constitucionales del pueblo de México, al avalar el máximo Tribunal, con artificios y de manera general, la política del gobierno federal de privatizar la seguridad social y los servicios de salud, perjudicando con su criterio y proceder el nivel de vida a la baja de millones de trabajadores y trabajadoras del país.

Con su proceder la Corte dejó de cumplir su mandato Constitucional de impartir justicia expedita, completa e imparcial, convirtiéndose en un acto totalmente reprobable de los señores Ministros, al ratificar éstos su abandono total a los principios del constitucionalismo y el Estado social de derecho que le dieron vida al proyecto nacional posrevolucionario. Con ello, se confirma una vez más que la división de poderes y la gobernabilidad democrática no se respetan, al encontrase sometidos el legislativo y el judicial a las políticas neoliberales del ejecutivo federal.

De esa manera, en cuatro días de sesiones la Corte ratificó el nuevo régimen de pensiones, el Pensionissste y la cancelación de la jubilación y otros importantes derechos y prestaciones, sin considerar los antecedentes históricos de la seguridad social, su marco constitucional, los derechos humanos universales, así como, los argumentos y pruebas hechos valer por la absoluta mayoría de las y los trabajadores al servicio del Estado, con la presentación de alrededor de 2.5 millones de amparos, además de que ese Tribunal dejó de tomar en cuenta en su resolución la creciente pobreza de los asalariados del país.

La declaración de constitucionalidad de la nueva ley del ISSSTE rompe con el esquema de Seguridad Social a cargo del Estado y legitima la apertura de las aseguradoras y banca privada para especular con las pensiones de los trabajadores al servicio del Estado. El nuevo sistema de pensiones se basa en cuentas de capitalización individual administrado por aseguradoras privadas que cobrarán una comisión por administración de esos recursos y sin que los trabajadores estén protegidos contra la quiebra de estas empresas. Es un sistema que iguala las condiciones al de los trabajadores del IMSS.

El sistema de capitalización individual requiere entonces que el trabajador cotice más años y que pague una cuota más alta. Por ello en la iniciativa de ley se quita gradualmente la jubilación por años de servicio y se incrementa gradualmente la edad para jubilarse a los 60 años en el caso de los varones y 58 años de edad en las mujeres, con la obligación de cotizar además en el caso de los hombres 30 años y 28 años en las mujeres y la cotización se incrementa del 8% al 10.625%. Ello afecta sus salarios e incrementa el tiempo para acceder a la jubilación.

Se anula el principio constitucional contenido en el artículo 14 constitucional de no aplicar la Retroactividad de las normas en perjuicio de persona alguna. Esta determinación representa un grave precedente que afecta gravemente los derechos adquiridos de los trabajadores al servicio del estado. La anulación del principio de retroactividad viola no solo la norma constitucional sino también tratados internacionales suscritos por el gobierno mexicano como en el caso.

Al afectarse los principios de retroactividad y de los derechos adquiridos la Suprema Corte de Justicia se contradice en sus propias resoluciones que ha emitido con anterioridad y que señalan que “las disposiciones contenidas en las leyes no deben aplicarse hacia el pasado, afectando hechos o situaciones que se presentaron antes de su vigencia..”

(Semanario Judicial de la Federación y su gaceta, 9ª época, mayo 2002, tesis 2ª. LVII/2002 p. 302)

“el derecho adquirido es aquel que ha entrado al patrimonio del individuo, a su dominio o a su haber jurídico, o bien, es aquel que implica la introducción de un bien, una facultad o un provecho al patrimonio de una persona o haber jurídico”

(Novena Época, Segunda Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XIII, Junio de 2001, Tesis: 2a. LXXXVIII/2001)

y otras tantas disposiciones que operan en el mismo sentido.

En este caso trabajadores que cotizaban y generaban derechos con base a la ley del ISSSTE anterior y se les aplica una nueva que impone nuevos criterios que afectan sus derechos adquiridos al anular el derecho a una pensión jubilatoria acumulando 30 años para los varones y 28 años para las mujeres y ahora se condicione la edad de los mismos, o legitimar que el Estado mexicano eluda su obligación de proteger la Seguridad Social.

Por lo anterior, la Unión de Juristas de México, la Asociación Nacional de Abogados Democráticos y otros referentes de profesionales del derecho y especialistas en derechos laborales y seguridad social, hemos resuelto:

1.- Reprobar el papel y el fallo de la Corte

2.- Exigir la restitución de la legalidad en el país y consecuentemente la abrogación
inmediata de la Ley del ISSSTE

3.- Demandar la inmediata intervención del Congreso por la restitución de los derechos laborales y de seguridad social de los empleados públicos

4.- Condenar las políticas neoliberales privatizadoras del Gobierno Federal

5.- Seguir apoyando la lucha social y los intereses de los trabajadores

6.- Mantener la defensa de los amparos en contra de la Ley del ISSSTE; e,

7.- Internacionalizar la lucha legal por la abrogación de la nueva Ley del ISSSTE,
ante las instancias internacionales de derechos humanos.

Fraternalmente

Eduardo Miranda Esquivel, Jesús Cervantes Esparza y Pablo Franco Hernández,
por la Unión de Juristas de México

Lauro Sol y Manuel Fuentes,
por la Asociación Nacional de Abogados Democráticos

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