Para Dolores Tarín hubo denegación de justicia
Por Dora Villalobos Mendoza/corresponsal
Chihuahua, Chih., 11 nov 08 (CIMAC).- La agresión cometida en contra de María Dolores Tarín es un delito de violencia de género y una violación de derechos humanos, señaló tajante la abogada Lucha Castro en el alegato que expuso ante los tres integrantes del Jurado de Juicio Oral que empezaron el proceso para decidir si la víctima sufrió intento de feminicidio.
Esta violencia feminicida que sufrió María Dolores, tal como lo señala la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se encuentra conformada por el conjunto de hechos violentos misóginos y por una inadecuada respuesta del sistema de justicia, que implicaron la violación a sus derechos humanos, atentando contra su seguridad y que pusieron y siguen poniendo en riesgo su integridad física y mental, indicó Lucha Castro, quien participa en el juicio oral como abogada coadyuvante de la víctima.
Las expertas en violencia contra las mujeres y derechos humanos que presentarán la coadyuvancia probarán que el caso de María Dolores es emblemático en el contexto de la violencia feminicida en el estado de Chihuahua, en el cual deben aplicarse los estándares internacionales y los diversos tratados ratificados y firmados por México en materia de derechos humanos de las mujeres, a fin de propiciar una justicia con enfoque de género, enfatizó Lucha Castro, directora del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, durante la apertura del juicio oral.
Como ha informado esta agencia anteriormente, María Dolores fue atacada en su negocio el año pasado por dos hombres que intentaron asesinarla. Ella sostiene que su expareja Héctor Rábago Andrade la mandó matar.
El primer testimonial que se presentó durante el juicio fue el de Cesáreo Tarín Valdez, hermano de María Dolores, quien detalló ante los jueces cómo detuvo en flagrancia a los agresores de su hermana.
El proceso continuará durante toda la semana. Varias personas expondrán sus testimonios como parte de las pruebas que ofrecieron tanto la fiscalía como la defensa.
ALEGATO DE LA COADYUVANCIA
La exposición que hizo Lucha Castro al presentar su alegato durante la apertura del juicio oral detalla cómo ocurrió el caso y deja muy claro por qué tanto ella como la víctima sostienen que se trata de un intento de feminicidio.
A continuación se reproduce el alegato textual de la abogada coadyuvante:
El día 13 de septiembre de 2007 Cesáreo Tarín Valdez, hermano de María Dolores, acudió al Centro de Derechos Humanos de las Mujeres en busca de apoyo legal.
El motivo: su hermana María Dolores se encontraba debatiéndose entre la vida y la muerte; había sido víctima de una tentativa de feminicidio perpetrado por tres hombres.
María Dolores Tarín Valdez representa un caso emblemático de los principales problemas que enfrentan las mujeres en el estado de Chihuahua, tales como el acceso a la justicia y al debido proceso y la no discriminación.
Decenas de mujeres inician una denuncia por violencia familiar y al no recibir respuesta del sistema de justicia, muchas de ellas terminan muertas.
Con mejor suerte, terminan con una tentativa de feminicidio, como es el caso de María Dolores Tarín Valdez, víctima de sus agresores y víctima del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Basada en la declaración de la víctima, sustentada por el testimonio de sus hermanos y compañeros de trabajo, en este juicio probaremos que María Dolores Tarín Valdez realizó todas, absolutamente todas, las acciones para buscar proteger su integridad física y emocional que le otorga la ley, y aún así no fue suficiente.
El 23 de julio del 2007, María Dolores llamó a la policía municipal para que la auxiliara porque su expareja Héctor Rábago Andrade se presentó en su negocio, que
ella creó y con el cual él se pretendía quedar.
Se permitieron actos violentos, como quebrazón de vidrios y destrucción de documentos importantes para la afectada, los cuales fueron ejecutados por terceros bajo sus órdenes.
Los elementos policíacos que concurrieron a este llamado de auxilio interactuaran con el agresor tan solo para calmarlo, negándose a detenerlo.
Las amenazas continuaron, haciéndose cada vez más frecuentes e intimidantes, provocando estados de miedo irresistibles y niveles de angustia exacerbados en la afectada, condición que llevó a María Dolores, el primero de agosto del 2007, a presentar una denuncia penal por violencia familiar y amenazas de muerte.
Al igual que cientos de casos de mujeres en situaciones semejantes, no fue escuchada. La denegación de justicia y negligencia nos tiene ahora frente a ustedes.
DENEGACIÓN DE JUSTICIA Y NEGLIGENCIA
¿Por qué hablo de denegación de justicia y negligencia? Analicemos cuál fue la respuesta que el Nuevo Sistema de Justicia Penal le dio a la víctima.
No le aceptó su denuncia. Por el contrario, la Unidad de Atención Temprana la remitió al Centro de Justicia Alternativa en donde un facilitador celebró un convenio en el cual el agresor se obligó a: “Llevar una relación de respeto y evitar agresión física o verbal”.
En el momento en que el facilitador se levantó a tomar las copias para la firma del convenio, Héctor Rábago le dijo textualmente a María Dolores: “Acabas de firmar tu sentencia de muerte”.
Estuvo a punto de cumplir su promesa el 6 de septiembre del 2007, un mes después de la amenaza de muerte.
La víctima no tuvo respuesta del Sistema de Justicia Penal. María Dolores Tarín Valdéz, una mujer en situación de violencia, como cientos de mujeres en nuestra entidad, desconocía sus derechos y el funcionamiento del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Ella sabía, sin embargo, que los actos que su expareja cometía en su contra eran conductas constitutivas de delitos por eso, a pesar del miedo, se atrevió a denunciar.
Nuestro Nuevo Sistema de Justicia respondió remitiéndola a una instancia que sólo permitió que el agresor se empoderara y continuara ejerciendo sobre su víctima la espiral de la violencia, hasta llegar a la contratación de dos sicarios para asesinarla.
Utilizo esta palabra en la acepción de la Real Academia de la Lengua Española, del latín sicarĭu, que significa asesino asalariado.
Reitero. Contrató a dos sicarios para asesinarla, uno de ellos Leonardo Alfonso Luna Ochoa, hecho que será probado durante la audiencia de este juicio.
La situación actual de la víctima obedece a una cadena de fallas de los operadores del sistema de justicia. En primer lugar, la policía se niega a detener al agresor, a pesar de contar con todos los elementos para hacerlo.
Posteriormente se omite el procedimiento legal al remitir lo que inició con un delito de violencia familiar al Centro de Justicia Alternativa para realizar un convenio.
Además, se deja sin medidas de protección efectivas para la víctima, lo cual la deja en estado de indefensión y, en cambio, empodera al agresor, quien pudo corroborar que los delitos cometidos en contra de la víctima sólo lo llevarían a la firma de un convenio “de buena conducta”.
Con tal impunidad, por supuesto que el agresor se sintió con el derecho de continuar con su propósito de amenazar y finalmente de asesinar a su expareja.
Los testigos y la propia víctima probarán de manera indubitable en este juicio que el imputado Leonardo Alfonso Luna Ochoa actuó con el propósito firme de privar de la vida a María Dolores Tarín Valdez.
Por este asesinato, el sicario cobraría diez mil pesos que le prometió la expareja de la víctima, Héctor Rábago, autor intelectual que maquinó el feminicidio.
Es claro que el imputado no acudió al lugar donde se encontraba María Dolores a perpetrar un robo. Su objetivo era claro: matarla, asesinarla para a cambio recibir 10 mil pesos. Para tal efecto utilizó a un menor de edad que realizaría acciones de vigilancia del lugar.
El imputado atacó a la víctima con un cuchillo que le fue proporcionado por la expareja de María Dolores a él y a (un) menor de edad.
Les ofreció el dinero por matar a una mujer, los llevó al lugar de trabajo de la víctima ubicado en la calle Escorza y Trece de la ciudad de Chihuahua y esperó en la esquina la consumación del homicidio para pagarles.
Leonardo Alfonso Luna Ochoa, en compañía del menor (de edad), entró a la oficina de Dolores. Ambos se percataron que se encontraba sola y con el pretexto de buscar trabajo se sentaron frente a su escritorio a llenar una solicitud de empleo.
Ellos no tenían la más mínima intención de acudir a ese lugar por una demanda laboral, los datos que consignaron en la solicitud son falsos, las pruebas a desahogar darán cuenta de la intencionalidad de los sujetos.
Quedará muy claro la acción del imputado cuando pidió permiso a la víctima para asomarse por la ventana, con el pretexto de que había dejado su vehículo estacionado en doble fila.
El menor (de edad) seguía frente a Dolores simulando llenar la solicitud de empleo. Ellos estaban seguros cuál era su misión. Los sicarios nunca le solicitaron dinero a la víctima. El menor (de edad) cuidaba y Leonardo Alfonso era el responsable de asesinarla.
Al caminar hacia la ventana, el imputado quedó parado a espaldas de la víctima, la tomó de los cabellos, obligándola a agachar la cabeza, clavó un cuchillo en la espalda y con voz firme y fuerte le dijo: Te voy a matar.
Leonardo Alfonso intentó sacar de nuevo el cuchillo, para continuar apuñalando a su víctima, pero el mango del arma feminicida se quebró y no pudo accionarlo de nuevo.
La víctima comenzó a gritar para pedir auxilio, mientas el imputado le tapaba la boca, la nariz e inclusive intentó meter su mano a la boca. El imputado empezó a propinarle puñetazos en el rostro y finalmente tomó una figura decorativa del escritorio para continuar estrellándola repetidamente, una y otra vez, en la cara y la cabeza de la víctima.
Las intenciones de los asesinos se vieron truncadas por la llegada de los hermanos de la víctima y sus compañeros de trabajo. Los sicarios feminicidas intentaron huir, los gritos desesperados de María Dolores consiguieron llamar la atención de quienes llegaban a ese lugar.
Los agresores declararon que fueron contratados para matarla, hecho que será probado con la información a partir de la testimonial de los policías municipales que los detuvieron en flagrancia.
La pericial que ofrecerá esta coadyuvancia demostrará fehacientemente que Leonardo Alfonso Luna Ochoa es total y absolutamente imputable por el delito de homicidio calificado y agravado en grado de tentativa.
Dolores fue hospitalizada por una semana en terapia intensiva, sometida a una intervención quirúrgica de urgencia, sus glóbulos rojos estaban en un diez por ciento, presentando una anemia aguda con compromiso de uno de sus pulmones con riesgo de muerte.
En razón de que el autor intelectual y uno de los sicarios, Alejandro Alfonso Resédeniz Ortiz, se encuentran en libertad, se vio obligada a cerrar su pequeña empresa, liquidó a sus trabajadores, cambió su residencia de esta ciudad y con el apoyo de su familia se estableció en Juárez, con el temor de que tarde que temprano las amenazas se cumplirán.
El autor intelectual de la tentativa de feminicidio Héctor Rábago se encuentra libre. (El menor de edad), responsable de vigilar y dar protección al actor material, se encuentra libre, debido a un olvido del legislativo en el Catálogo de Delitos de los menores infractores.
A los legisladores se les olvidó agregar la tentativa de homicidio en la Ley de Justicia Especial para Adolescentes Infractores, olvido que le permitió al sicario menor (de edad) obtener su libertad.
VIOLENCIA FEMINICIDA
En primer término, sostenemos que el delito cometido en contra de María Dolores Tarín es un delito de violencia de género y una violación de derechos humanos.
Las probanzas de las periciales emitidas por expertas en la materia con reconocimiento nacional e internacional así lo demostrarán y si el delito no fue consumado, atendió a circunstancias ajenas a la voluntad del imputado.
Esta violencia feminicida que sufrió la víctima, tal como lo señala la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se encuentra conformada por el conjunto de hechos violentos misóginos y a una inadecuada respuesta del sistema de justicia, que implicaron la violación a los derechos humanos a María Dolores Tarín Valdez, atentando contra su seguridad y que pusieron y siguen poniendo en riesgo su integridad física y mental.
Las expertas en violencia contra las mujeres y derechos humanos que presentará la coadyuvancia, complementarias a la probanzas desahogadas por el fiscal, permitirán probar que el caso de María Dolores Tarín Valdez es un caso emblemático en el contexto de la violencia feminicida en el estado de Chihuahua, en el cual deben aplicarse los estándares internacionales y los diversos tratados ratificados y firmados por México en materia de derechos humanos de las mujeres, a fin de propiciar una justicia con enfoque de género.
La mayoría de los actos de violencia contra las mujeres quedan en la impunidad, perpetuando la aceptación social de este fenómeno e impidiendo gozar y ejercer los derechos humanos y las libertades fundamentales.
JUICIO EMBLEMÁTICO
Este juicio emblemático tiene la mirada nacional e internacional, por ser el primero en la modalidad de juicio oral en el país, en el que se pretende demostrar la violencia feminicida en su grado de tentativa, como una violación de derechos humanos, así como por la invocación de los instrumentos legales estatales, nacionales e internacionales, que la lucha de las mujeres en todas las latitudes del planeta hemos conquistado.
El primer paso significativo que dio el Estado mexicano fue reconocer y condenar públicamente el fenómeno del feminicidio que se ha perpetuado por años en nuestra entidad y que desafortunadamente no ha terminado, como lo podemos constatar quienes asistimos a esta audiencia de una sobreviviente.
El mejor patrón documentado de violencia contra las mujeres en México es el asesinato de más de 500 mujeres y niñas a lo largo de los últimos quince años en Ciudad Juárez y Chihuahua.
La casualidad impidió que María Dolores Tarín Valdez formara parte de las estadísticas. Son pocos los casos de violencia contra las mujeres que se denuncian y aún menos los que concluyen con un juicio.
Dolores es una sobreviviente, este hecho es ya trascendental. Sin duda este juicio alentará la esperanza de miles de víctimas que no se atreven a denunciar. Es un gran paso para erradicar la impunidad.
La decisión que ustedes tomen en este caso permitirá a las mujeres en situación de violencia confiar en el Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Ellas deben saber que este sistema puede y debe garantizar el acceso a la justicia en los delitos de género, concluyó el alegato de Lucha Castro.
08/DVM/GG
Por Dora Villalobos Mendoza/corresponsal
Chihuahua, Chih., 11 nov 08 (CIMAC).- La agresión cometida en contra de María Dolores Tarín es un delito de violencia de género y una violación de derechos humanos, señaló tajante la abogada Lucha Castro en el alegato que expuso ante los tres integrantes del Jurado de Juicio Oral que empezaron el proceso para decidir si la víctima sufrió intento de feminicidio.
Esta violencia feminicida que sufrió María Dolores, tal como lo señala la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se encuentra conformada por el conjunto de hechos violentos misóginos y por una inadecuada respuesta del sistema de justicia, que implicaron la violación a sus derechos humanos, atentando contra su seguridad y que pusieron y siguen poniendo en riesgo su integridad física y mental, indicó Lucha Castro, quien participa en el juicio oral como abogada coadyuvante de la víctima.
Las expertas en violencia contra las mujeres y derechos humanos que presentarán la coadyuvancia probarán que el caso de María Dolores es emblemático en el contexto de la violencia feminicida en el estado de Chihuahua, en el cual deben aplicarse los estándares internacionales y los diversos tratados ratificados y firmados por México en materia de derechos humanos de las mujeres, a fin de propiciar una justicia con enfoque de género, enfatizó Lucha Castro, directora del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, durante la apertura del juicio oral.
Como ha informado esta agencia anteriormente, María Dolores fue atacada en su negocio el año pasado por dos hombres que intentaron asesinarla. Ella sostiene que su expareja Héctor Rábago Andrade la mandó matar.
El primer testimonial que se presentó durante el juicio fue el de Cesáreo Tarín Valdez, hermano de María Dolores, quien detalló ante los jueces cómo detuvo en flagrancia a los agresores de su hermana.
El proceso continuará durante toda la semana. Varias personas expondrán sus testimonios como parte de las pruebas que ofrecieron tanto la fiscalía como la defensa.
ALEGATO DE LA COADYUVANCIA
La exposición que hizo Lucha Castro al presentar su alegato durante la apertura del juicio oral detalla cómo ocurrió el caso y deja muy claro por qué tanto ella como la víctima sostienen que se trata de un intento de feminicidio.
A continuación se reproduce el alegato textual de la abogada coadyuvante:
El día 13 de septiembre de 2007 Cesáreo Tarín Valdez, hermano de María Dolores, acudió al Centro de Derechos Humanos de las Mujeres en busca de apoyo legal.
El motivo: su hermana María Dolores se encontraba debatiéndose entre la vida y la muerte; había sido víctima de una tentativa de feminicidio perpetrado por tres hombres.
María Dolores Tarín Valdez representa un caso emblemático de los principales problemas que enfrentan las mujeres en el estado de Chihuahua, tales como el acceso a la justicia y al debido proceso y la no discriminación.
Decenas de mujeres inician una denuncia por violencia familiar y al no recibir respuesta del sistema de justicia, muchas de ellas terminan muertas.
Con mejor suerte, terminan con una tentativa de feminicidio, como es el caso de María Dolores Tarín Valdez, víctima de sus agresores y víctima del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Basada en la declaración de la víctima, sustentada por el testimonio de sus hermanos y compañeros de trabajo, en este juicio probaremos que María Dolores Tarín Valdez realizó todas, absolutamente todas, las acciones para buscar proteger su integridad física y emocional que le otorga la ley, y aún así no fue suficiente.
El 23 de julio del 2007, María Dolores llamó a la policía municipal para que la auxiliara porque su expareja Héctor Rábago Andrade se presentó en su negocio, que
ella creó y con el cual él se pretendía quedar.
Se permitieron actos violentos, como quebrazón de vidrios y destrucción de documentos importantes para la afectada, los cuales fueron ejecutados por terceros bajo sus órdenes.
Los elementos policíacos que concurrieron a este llamado de auxilio interactuaran con el agresor tan solo para calmarlo, negándose a detenerlo.
Las amenazas continuaron, haciéndose cada vez más frecuentes e intimidantes, provocando estados de miedo irresistibles y niveles de angustia exacerbados en la afectada, condición que llevó a María Dolores, el primero de agosto del 2007, a presentar una denuncia penal por violencia familiar y amenazas de muerte.
Al igual que cientos de casos de mujeres en situaciones semejantes, no fue escuchada. La denegación de justicia y negligencia nos tiene ahora frente a ustedes.
DENEGACIÓN DE JUSTICIA Y NEGLIGENCIA
¿Por qué hablo de denegación de justicia y negligencia? Analicemos cuál fue la respuesta que el Nuevo Sistema de Justicia Penal le dio a la víctima.
No le aceptó su denuncia. Por el contrario, la Unidad de Atención Temprana la remitió al Centro de Justicia Alternativa en donde un facilitador celebró un convenio en el cual el agresor se obligó a: “Llevar una relación de respeto y evitar agresión física o verbal”.
En el momento en que el facilitador se levantó a tomar las copias para la firma del convenio, Héctor Rábago le dijo textualmente a María Dolores: “Acabas de firmar tu sentencia de muerte”.
Estuvo a punto de cumplir su promesa el 6 de septiembre del 2007, un mes después de la amenaza de muerte.
La víctima no tuvo respuesta del Sistema de Justicia Penal. María Dolores Tarín Valdéz, una mujer en situación de violencia, como cientos de mujeres en nuestra entidad, desconocía sus derechos y el funcionamiento del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Ella sabía, sin embargo, que los actos que su expareja cometía en su contra eran conductas constitutivas de delitos por eso, a pesar del miedo, se atrevió a denunciar.
Nuestro Nuevo Sistema de Justicia respondió remitiéndola a una instancia que sólo permitió que el agresor se empoderara y continuara ejerciendo sobre su víctima la espiral de la violencia, hasta llegar a la contratación de dos sicarios para asesinarla.
Utilizo esta palabra en la acepción de la Real Academia de la Lengua Española, del latín sicarĭu, que significa asesino asalariado.
Reitero. Contrató a dos sicarios para asesinarla, uno de ellos Leonardo Alfonso Luna Ochoa, hecho que será probado durante la audiencia de este juicio.
La situación actual de la víctima obedece a una cadena de fallas de los operadores del sistema de justicia. En primer lugar, la policía se niega a detener al agresor, a pesar de contar con todos los elementos para hacerlo.
Posteriormente se omite el procedimiento legal al remitir lo que inició con un delito de violencia familiar al Centro de Justicia Alternativa para realizar un convenio.
Además, se deja sin medidas de protección efectivas para la víctima, lo cual la deja en estado de indefensión y, en cambio, empodera al agresor, quien pudo corroborar que los delitos cometidos en contra de la víctima sólo lo llevarían a la firma de un convenio “de buena conducta”.
Con tal impunidad, por supuesto que el agresor se sintió con el derecho de continuar con su propósito de amenazar y finalmente de asesinar a su expareja.
Los testigos y la propia víctima probarán de manera indubitable en este juicio que el imputado Leonardo Alfonso Luna Ochoa actuó con el propósito firme de privar de la vida a María Dolores Tarín Valdez.
Por este asesinato, el sicario cobraría diez mil pesos que le prometió la expareja de la víctima, Héctor Rábago, autor intelectual que maquinó el feminicidio.
Es claro que el imputado no acudió al lugar donde se encontraba María Dolores a perpetrar un robo. Su objetivo era claro: matarla, asesinarla para a cambio recibir 10 mil pesos. Para tal efecto utilizó a un menor de edad que realizaría acciones de vigilancia del lugar.
El imputado atacó a la víctima con un cuchillo que le fue proporcionado por la expareja de María Dolores a él y a (un) menor de edad.
Les ofreció el dinero por matar a una mujer, los llevó al lugar de trabajo de la víctima ubicado en la calle Escorza y Trece de la ciudad de Chihuahua y esperó en la esquina la consumación del homicidio para pagarles.
Leonardo Alfonso Luna Ochoa, en compañía del menor (de edad), entró a la oficina de Dolores. Ambos se percataron que se encontraba sola y con el pretexto de buscar trabajo se sentaron frente a su escritorio a llenar una solicitud de empleo.
Ellos no tenían la más mínima intención de acudir a ese lugar por una demanda laboral, los datos que consignaron en la solicitud son falsos, las pruebas a desahogar darán cuenta de la intencionalidad de los sujetos.
Quedará muy claro la acción del imputado cuando pidió permiso a la víctima para asomarse por la ventana, con el pretexto de que había dejado su vehículo estacionado en doble fila.
El menor (de edad) seguía frente a Dolores simulando llenar la solicitud de empleo. Ellos estaban seguros cuál era su misión. Los sicarios nunca le solicitaron dinero a la víctima. El menor (de edad) cuidaba y Leonardo Alfonso era el responsable de asesinarla.
Al caminar hacia la ventana, el imputado quedó parado a espaldas de la víctima, la tomó de los cabellos, obligándola a agachar la cabeza, clavó un cuchillo en la espalda y con voz firme y fuerte le dijo: Te voy a matar.
Leonardo Alfonso intentó sacar de nuevo el cuchillo, para continuar apuñalando a su víctima, pero el mango del arma feminicida se quebró y no pudo accionarlo de nuevo.
La víctima comenzó a gritar para pedir auxilio, mientas el imputado le tapaba la boca, la nariz e inclusive intentó meter su mano a la boca. El imputado empezó a propinarle puñetazos en el rostro y finalmente tomó una figura decorativa del escritorio para continuar estrellándola repetidamente, una y otra vez, en la cara y la cabeza de la víctima.
Las intenciones de los asesinos se vieron truncadas por la llegada de los hermanos de la víctima y sus compañeros de trabajo. Los sicarios feminicidas intentaron huir, los gritos desesperados de María Dolores consiguieron llamar la atención de quienes llegaban a ese lugar.
Los agresores declararon que fueron contratados para matarla, hecho que será probado con la información a partir de la testimonial de los policías municipales que los detuvieron en flagrancia.
La pericial que ofrecerá esta coadyuvancia demostrará fehacientemente que Leonardo Alfonso Luna Ochoa es total y absolutamente imputable por el delito de homicidio calificado y agravado en grado de tentativa.
Dolores fue hospitalizada por una semana en terapia intensiva, sometida a una intervención quirúrgica de urgencia, sus glóbulos rojos estaban en un diez por ciento, presentando una anemia aguda con compromiso de uno de sus pulmones con riesgo de muerte.
En razón de que el autor intelectual y uno de los sicarios, Alejandro Alfonso Resédeniz Ortiz, se encuentran en libertad, se vio obligada a cerrar su pequeña empresa, liquidó a sus trabajadores, cambió su residencia de esta ciudad y con el apoyo de su familia se estableció en Juárez, con el temor de que tarde que temprano las amenazas se cumplirán.
El autor intelectual de la tentativa de feminicidio Héctor Rábago se encuentra libre. (El menor de edad), responsable de vigilar y dar protección al actor material, se encuentra libre, debido a un olvido del legislativo en el Catálogo de Delitos de los menores infractores.
A los legisladores se les olvidó agregar la tentativa de homicidio en la Ley de Justicia Especial para Adolescentes Infractores, olvido que le permitió al sicario menor (de edad) obtener su libertad.
VIOLENCIA FEMINICIDA
En primer término, sostenemos que el delito cometido en contra de María Dolores Tarín es un delito de violencia de género y una violación de derechos humanos.
Las probanzas de las periciales emitidas por expertas en la materia con reconocimiento nacional e internacional así lo demostrarán y si el delito no fue consumado, atendió a circunstancias ajenas a la voluntad del imputado.
Esta violencia feminicida que sufrió la víctima, tal como lo señala la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se encuentra conformada por el conjunto de hechos violentos misóginos y a una inadecuada respuesta del sistema de justicia, que implicaron la violación a los derechos humanos a María Dolores Tarín Valdez, atentando contra su seguridad y que pusieron y siguen poniendo en riesgo su integridad física y mental.
Las expertas en violencia contra las mujeres y derechos humanos que presentará la coadyuvancia, complementarias a la probanzas desahogadas por el fiscal, permitirán probar que el caso de María Dolores Tarín Valdez es un caso emblemático en el contexto de la violencia feminicida en el estado de Chihuahua, en el cual deben aplicarse los estándares internacionales y los diversos tratados ratificados y firmados por México en materia de derechos humanos de las mujeres, a fin de propiciar una justicia con enfoque de género.
La mayoría de los actos de violencia contra las mujeres quedan en la impunidad, perpetuando la aceptación social de este fenómeno e impidiendo gozar y ejercer los derechos humanos y las libertades fundamentales.
JUICIO EMBLEMÁTICO
Este juicio emblemático tiene la mirada nacional e internacional, por ser el primero en la modalidad de juicio oral en el país, en el que se pretende demostrar la violencia feminicida en su grado de tentativa, como una violación de derechos humanos, así como por la invocación de los instrumentos legales estatales, nacionales e internacionales, que la lucha de las mujeres en todas las latitudes del planeta hemos conquistado.
El primer paso significativo que dio el Estado mexicano fue reconocer y condenar públicamente el fenómeno del feminicidio que se ha perpetuado por años en nuestra entidad y que desafortunadamente no ha terminado, como lo podemos constatar quienes asistimos a esta audiencia de una sobreviviente.
El mejor patrón documentado de violencia contra las mujeres en México es el asesinato de más de 500 mujeres y niñas a lo largo de los últimos quince años en Ciudad Juárez y Chihuahua.
La casualidad impidió que María Dolores Tarín Valdez formara parte de las estadísticas. Son pocos los casos de violencia contra las mujeres que se denuncian y aún menos los que concluyen con un juicio.
Dolores es una sobreviviente, este hecho es ya trascendental. Sin duda este juicio alentará la esperanza de miles de víctimas que no se atreven a denunciar. Es un gran paso para erradicar la impunidad.
La decisión que ustedes tomen en este caso permitirá a las mujeres en situación de violencia confiar en el Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Ellas deben saber que este sistema puede y debe garantizar el acceso a la justicia en los delitos de género, concluyó el alegato de Lucha Castro.
08/DVM/GG
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