10/05/2010

Un triunfo “ganado a pulso”, por dos mujeres tlapanecas


Sentencia definitiva de CoIDH que el Estado mexicano no puede impugnar

Por Anayeli García Martínez
México, DF, 4 oct 10 (CIMAC).-
Luego de que el primero de octubre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), emitió dos sentencias contra el Estado mexicano, por encontrarlo responsable de la violación sexual contra dos indígenas tlapanecas, lo más difícil será que el gobierno muestre voluntad política para darle cumplimiento.

Así lo consideró Abel Barrera Hernández, director del Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”, organización que litigó el caso en el máximo tribunal de Latinoamérica, horas después de conocer la resolución.
En entrevista con esta agencia de noticias, señaló que la reciente sentencia de la CoIDH, es una oportunidad para que México subsane su imagen en materia de Derechos Humanos (DH). El también ganador del Premio de DH Robert F. Kennedy, dijo que las sentencias de los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, deben garantizar que hechos como estos no se repitan, y para ello las autoridades estatales y federales, deben asumir su responsabilidad en la tortura, y violencia ejercida por elementos del ejército contra mujeres indígenas.

En opinión de Barrera Hernández, estas sentencias colocan en el lugar adecuado a las indígenas, “la Corte hizo justicia a los reclamos históricos que han hecho las mujeres de distintos lugares del país y del continente, quienes a lo largo del tiempo han sido víctimas de violencia sistemática”, afirmó el activista.
La CoIDH, reconoce de manera “incontrovertible”, lo que han denunciado Inés y Valentina, y esto significa un triunfo ganado a pulso, por parte de las mujeres, sobre todo de las que han sufrido más discriminación y que de cierta forma han quedado olvidadas, señaló.

HERMANAS GONZÁLEZ

El 4 de junio de 1994, un grupo de militares detuvo en el estado de Chiapas, a las hermanas Ana, Beatriz, y Celia González Pérez y su madre Delia Pérez de González (nombres ficticios) para interrogarlas, durante ese tiempo las tres hermanas fueron golpeadas y violadas en reiteradas ocasiones por los militares. Pese a que el 30 de junio de ese año se presentó la denuncia al Ministerio Público de la Procuraduría General de la República, el expediente fue trasladado a la Procuraduría General de Justicia Militar en septiembre de 1994; y ésta decidió archivarlo, por tanto no se castigó a los responsables ni se reparó el daño. Casos como éste, demuestran la necesidad de que las mujeres en verdad tengan acceso a la justicia.

Para Barrera Hernández actualmente no es fácil acceder a este derecho: “los obstáculos son múltiples, diversos y peligrosos”, así lo confirman las amenazas y repercusiones que vivieron Inés y Valentina a quienes, por más de ocho años, se les negó justicia digna.
“Ahora estas sentencias obligan al Estado mexicano, a reparar los daños y castigar a los responsables, pero en términos más amplios exhorta a reformar la legislación nacional para que concuerde con los tratados internacionales y garantice que no se repitan los hechos”, afirmó Barrera Hernández.

Asimismo, destacó que entre los puntos de la sentencia, la investigación eficaz, y el castigo a los militares en la justicia civil, son los temas a torales, pues reflejan que el Estado debe restringir el fuero militar por ser responsable de violar el derecho de Inés y Valentina, a una vida libre de violencia. Finalmente, dijo que aunque hay dos sentencias, una por la desaparición forzada de Rosendo Radilla y otra por el feminicidio del Campo Algodonero en Ciudad Juárez, “no hay vuelta de hoja, tiene que cumplir porque las sentencias son definitivas, y el Estado no puede impugnarlas, además debe rendir cuentas de los resultados en un plazo de un año, puntualizó.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario