Organizaciones piden reabrir debate legislativo
La
“Agrupación Ciudadana por la despenalización del aborto Terapéutico,
Ético y Eugenésico” junto con más de 30 organizaciones salvadoreñas e
internacionales, exigieron a la Asamblea Legislativa de El Salvador
reabrir el debate sobre la despenalización del aborto para garantizar
servicios de salud pública y condiciones seguras a las mujeres.
En entrevista con Cimacnoticias, la representante de la “Agrupación
Ciudadana”, Morena Herrera, comentó que la semana pasada se entregó una
carta con más de 200 mil firmas ante la Asamblea Legislativa para exigir
que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales genere un
dictamen favorable para despenalizar el aborto.
Actualmente hay dos iniciativas, una que demanda reformar el Código
Penal (CP) para armonizarlo con la “Ley Especial Integral para una Vida
Libre de Violencia para las Mujeres” y la “Ley de Igualdad, Equidad y
Erradicación de la discriminación contra la Mujer” y que pide la
despenalización por 4 causales.
La segunda iniciativa solicita reformar el CP, con base en los
Artículos 1 y 2 de la Constitución Política del país, donde se “refieren
a la vida como un derecho fundamental garantizado a toda persona” y se
reconoce a “todo ser humano desde el instante de la concepción”…()… “con
el fin de proporcionar la pena de violación a un bien jurídico digno de
tutela penal como es la vida prenatal”, que penaliza a quienes
faciliten los medios para llevar a cabo un aborto.
La primera iniciativa – presentada por la diputada del Frente
Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FFMLN), Lorena Peña-
plantea anexar al artículo 133 del Código Penal un apartado “A”, el cual
permita legalizar el aborto con el consentimiento de las mujeres en
cuatro causales:
cuando corra riesgo su vida (para este efecto deberá presentarse un
dictamen médico con el consentimiento de la mujer); cuando el embarazo
sea producto de una violación sexual o trata de personas; cuando exista
malformación del feto que haga inviable la vida extrauterina; y en el
caso de menores de edad, por violación y estupro, el cual podrá ser
realizado con consentimiento de la menor de edad con autorización de sus
padres o tutores legales, de acuerdo con lo establecido en el Art. 18
de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (Lepina).
La segunda iniciativa –presentada por el diputado de la Alianza
Republicana Nacionalista, (ARENA) Johnny Wright- propone reformar el
texto del artículo 133, de la siguiente forma: “El que provocare un
aborto con el consentimiento de la madre o la mujer que provocare su
propio aborto o consintiere que otra persona se lo practicare, serán
sancionados con prisión de treinta a cincuenta años”.
Al artículo 139 del CP, se añada que de las “lesiones descritas” en
el Art. 133 cuando estas “se produjeren como consecuencia del ejercicio
de una profesión o actividad médica o paramédica, se impondrá, además la
pena de inhabilitación especial para el ejercicio de tal profesión o
actividad por un término de seis meses a dos años” se excluya de la
penalización a las mujeres en gestación.
La propuesta también propone reformar los artículos 373 y 374 del CP
para sancionar a las personas que de manera ilegal vendan o suministren
sustancias o productos que provoquen la interrupción del embarazo, con
penas de 1 a 3 años de prisión.
En el caso de las personas que anuncien procedimientos, medicamentos,
sustancias y objetos destinados a provocar aborto no serán multados
económicamente, sino sancionados con prisión de 6 meses a 2 años.
Las dos inactivas deberán ser aprobadas por la Asamblea Legislativa
para que entren en vigor ocho días después en el Diario Oficial.
PROHIBICIÓN TOTAL IGUAL A MUERTE MATERNA
La defensora Moreno Herrera dijo que la prohibición absoluta del
aborto ha conllevado a un aumento en los números de mortalidad materna.
“Cuando el embarazo es producto de una violación el Estado obliga a las
mujeres a seguir con el embarazo. El envenenamiento y el suicidio son
las primeras causas indirectas de muerte materna en adolescentes”.
Cabe recordar que el aborto en este país estaba permitido hasta 1998
(cuando se reformó el Código Penal para penalizarlo) por 3 causales: por
violación o estupro, riesgo para la vida y por malformación grave del
feto.
A la par, en 1999, se reformó el artículo 1º de la Constitución
salvadoreña para reconocer “a la persona humana desde la concepción.”
En 2016, de acuerdo con datos de la Policía Nacional Civil del país,
se recibieron 3 mil 947 denuncias por delitos sexuales: 47 fueron por
violaciones, la mayoría de ellas correspondían a menores de15 años de
edad.
Morena Herrera señaló que la Unión Médica Salvadoreña por la Salud y
vida de las Mujeres -agrupación de médicos y médicas de diversas
especialidades- se ha incorporado a la labor de generar y difundir
información científica que explique el impacto de la penalización
absoluta del aborto y la necesidad de cambiar la Ley.
Esta Unión Médica, dijo, ha realizado conversatorios con
profesionales de la salud -nacionales e internacionales- para exigir
crear leyes que garanticen la seguridad jurídica de su profesión. De
acuerdo con el Artículo 135 del CP se penaliza de 6 a 12 años de
prisión e inhabilitación de sus facultades al médico o personas
auxiliares que realicen un aborto.
La Agrupación Ciudadana exigió al Estado salvadoreño garantizar a las
mujeres respeto, protección y garantías de sus Derechos Humanos, así
como la libertad inmediata de todas las mujeres encarceladas por cargos
relativos a complicaciones del embarazo y garantizar a todas las mujeres
el acceso a un aborto seguro y legal en las cuatro causales propuestas.
RESTRICCIONES NO ABATEN CIFRAS
La organización internacional Amnistía Internacional estima que al
menos 27 mujeres continúan encarceladas por tener un aborto. “Las
castigadas proceden, de manera desproporcionada, de entornos
empobrecidos, en los que apenas tienen acceso a educación, atención
médica o justicia”.
La organización explicó que las mujeres con abortos espontáneos o por
complicaciones son “habitualmente sospechosas de haberse practicado un
aborto. Los fiscales suelen acusarlas de homicidio u homicidio
agravado”, delitos con pena de prisión de hasta 50 años.
La investigación “Excluidas, Perseguidas, Encarceladas: Impacto de la
criminalización del aborto en El Salvador” realizada por la “Agrupación
Ciudadana por la despenalización del aborto Terapéutico, Ético y
Eugenésico” evidenció que de 2000 a 2011, 129 mujeres fueron procesadas
por aborto u homicidio agravado, 88 tenía entre 18 y 25 años.
De los 129 casos, la mayoría de las denuncias provenían de hospitales
públicos o del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) con 74;
13 por vecinos; 11 por la familia directa y 6 por anónimos.
La investigación revela cómo la criminalización absoluta del aborto
genera estigmas contra las mujeres y violaciones a sus Derechos Humanos
en tres niveles: el sector de salud, judicial y penitenciario. “El
estigma que existe alrededor del aborto ha hecho que deje de
considerarse como una práctica médica necesaria en determinados casos”.
Al ser considerara una práctica ilegal, no se tienen registros del
número de muertes por complicaciones en el embarazo o abortos, señala el
estudio.
Imagen retomada de Cladem
Por: Aline Espinosa Gutierrez
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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