1. IntroducciónLa obligación del celibato y castidad que pesa sobre los sacerdotes católicos nuevamente ha causado polémica y debate en la opinión pública.Casos como los de algunos sacerdotes de Mendoza que han dejado o están en proceso de dejar el ministerio sacerdotal, el de un grupo de curas que en Buenos Aires solicitaron terminar con el celibato obligatorio (Farinello, De la Serna entre otros), el de un cura de Córdoba que anunció a los laicos de su parroquia que dejaba el ministerio por haberse enamorado, y en el exterior, el caso del presidente paraguayo Lugo, el del cura mediático Alberto Cutié fotografiado con su novia en una playa, el del fundador de los Legionarios de Cristo, Marcial Maciel que además de pedófilo consumado (y encubierto por Juan Pablo II), tuvo una amante y una hija, la rebelión de los curas centroafricanos contra el Vaticano porque obligó a renunciar a dos obispos casados con hijos, han sido noticias recientes y han reflotado el debate público acerca del sentido de la norma eclesiástica que obliga a lo sacerdotes a cumplir con aquellas obligaciones.Los casos se repiten en el transcurso del tiempo y en todo el mundo. La Federación Internacional de Sacerdotes Católicos Casados, que agrupa a clérigos de Europa, A. Latina, Filipinas y A. del Norte precisó que el porcentaje de curas casados con o sin hijos representa el 25% del total de sacerdotes existentes, a la fecha 150.000 (Fuente EFE).
Este alto porcentaje de varones no pudo cumplir con la norma eclesiástica.Son numerosos los argumentos que se esgrimen a favor y en contra del celibato y continencia de los sacerdotes católicos. Entre los primeros, se destaca uno que hace referencia a lo normativo y a la libertad en aceptar aquel estado. El integrismo católico suele formularlo así: “La Iglesia Católica tiene derecho a fijar sus normas jurídicas. Quien no pueda cumplirlas, debe ser honesto e irse de la institución. A ningún candidato al sacerdocio se lo obliga a aceptar el celibato y continencia; lo hacen libremente”.Recientemente los obispos latinoamericanos reunidos en Nicaragua han dicho lo mismo, con otras palabras: “el voto de castidad es una exigencia de la Iglesia Católica y quien elige el sacerdocio "lo hace libremente". “El que se ordena (sacerdote) conoce durante todo el tiempo las exigencias para vivir el sacerdocio. Lo hace libremente" y es el obispo quien reconoce oficialmente su vocación sacerdotal…” (Declaraciones del arzobispo Raymundo Damasceno Assis, en la asamblea del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM) que se celebró en la capital de aquel país entre el 12 y 15 de mayo de 2009).
Norma y libertad en la decisión, entonces, son cuestiones claves en esta argumentación y que cabe indagar. Y entre ambas premisas, la segunda parece ser la de más peso y la que cerraría el debate a favor del celibato: este se acepta libremente. E ahí el equívoco.2. Planteo del problemaEs una obviedad que los candidatos al sacerdocio aceptan libremente la regla canónica (aunque el grado de libertad también habría que examinarlo, conforme el mayor o menor nivel de madurez psicológica con que se asume el ministerio). De manera que se da por supuesta la libertad en la decisión, a nadie se lo obliga.Pero el cuestionamiento del celibato no pasa por el consentimiento libre del individuo, sino por la norma jurídica, por su razonabilidad o arbitrariedad, por ser justa o no, por constituir un caso de abuso de poder o de respeto a la dignidad de las personas, por violar derechos fundamentales o no. Ese es el punto.Por lo tanto, el problema se centra en lo normativo y en lo jurídico.
El análisis debe empezar por el argumento mismo en cuanto a su veracidad o falsedad para luego examinar crítica y comparativamente las normas jurídicas canónicas que imponen el celibato y la continencia sexual, desde la perspectiva de los principios generales del derecho contenidos en la Constitución Nacional, Tratados sobre Derechos Humanos y legislación concordante.De este modo se podrá determinar si las disposiciones que obligan a los sacerdotes católicos-romanos a cumplir el celibato y castidad son violatorias o no de derechos fundamentales, si promueven o no la dignidad de las personas.3. El argumento que justifica el celibato por el consentimiento libre: ¿verdadero o falso?El prelado católico citado decía: “el voto de castidad es una exigencia de la Iglesia Católica y quien elige el sacerdocio "lo hace libremente". “El que se ordena (sacerdote) conoce durante todo el tiempo las exigencias para vivir el sacerdocio…”.Este argumento que apela a la libertad, conocimiento y cumplimiento de normas que obligan al celibato ¿implica una verdad o una falsedad?Si se pone el acento en quién lo dice (un miembro de la jerarquía eclesiástica), no podemos afirmar que sea verdadero por ese motivo. Por el contrario, podríamos afirmar que es falso.
Es lo que se conoce como argumentum ad verecundiam, argumento que apela a la autoridad.Es una falacia muy común mediante la cual se busca que una afirmación controvertida sea aceptada bajo la base de que está realizada por una persona, respetada, conocida o importante. En nuestro caso implica justificar el celibato y continencia porque lo afirma algún jerarca eclesiástico, porque así lo ha legislado canónicamente.Se sabe que las falacias, sofismas o paralogismos son argumentos “que parecen concluir la verdad pero que son erróneos” (Sanguinetti, Juan José, Lógica, Eunsa, Pamplona, 1985).
Conforme el autor citado en toda falacia hay dos elementos: “Una verdad aparente, que da al argumento cierta capacidad de convencer, y que es precisamente la que puede ocasionar la equivocación del incauto; un error oculto, el elemento desordenado del raciocinio, que mueve a sacar una conclusión falsa a partir de alguna verdad”.En el caso del argumento que mencionamos, el mismo no puede ser verdadero porque lo afirme una autoridad eclesiástica.Similar a la falacia que comentamos es el argumento del “don”. Parece que ese “regalo” no fue dado históricamente a algunos apóstoles ni obispos.
En las sagradas escrituras existen textos que dejan ver que el “don” no era otorgado a todos. Por ejemplo Levítico 21:10-14, 1 Timoteo 3:2-5, 1° Corintios 9:3-5; Tito 1:6.Asimismo, varios de los apóstoles eran casados (Mateo 8:14). Hay abundante bibliografía y fuentes históricas que dan cuenta que el “don” no existió históricamente (ver Tertuliano en De Exhortat Castita, cap. 8; Clemente de Alejandría en Historia Eclesiástica de Eusebio, libro III, cap. 30. En la misma obra, libro VIII capítulo 9).
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