Aunque hay más de 700 violaciones sexuales al año
Por Lourdes Godínez Leal
México DF, 24 junio 09 (CIMAC).- En Jalisco, de 1997 a 2007 se cometieron 7 mil 494 violaciones sexuales, sin embargo, el gobernador panista Emilio González Márquez pretende anular la Norma Oficial Mexicana NOM 046-SSA2-2005. Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención, que permite a las niñas y mujeres abusadas acceder, en las instituciones de salud, a la interrupción legal del embarazo (ILE) y a la anticoncepción de emergencia.
El pasado 15 de junio, González Márquez interpuso una controversia constitucional contra el Ejecutivo Federal por la Norma Oficial Mexicana NOM 046-SSA2-2005. La impugnación se encuentra en el índice de controversias constitucionales pendientes de discusión para este año, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A 2007 el delito de violación fue uno de los indicadores más alto de violencia, con una tasa del 10.7 (por cada cien mil habitantes) superando incluso al número de ejecuciones y de homicidios internacionales, cuya tasa se ubicó en 5.6 y 0.9 respectivamente, según un estudio comparativo del Centro de Investigación para el Desarrollo en México (CIDAC).
De acuerdo a este reporte, Jalisco ocupó durante ese año el lugar quince en cuanto a índices de incidencia delictiva y violencia con una tasa del 28.35.
Los datos de 7 mil 494 mujeres violadas en la entidad en una década corresponden al registro de las Agencias del Ministerio Público al Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Consejo Nacional de Población (Conapo). Sin embargo, cabe recordar que existe un subregistro debido a que muchas violaciones no son denunciadas por la violencia institucional a la que las mujeres son sometidas. Y muchos de esos casos corresponden a incestos, por lo cual difícilmente se llegan a denunciar penalmente.
Por su parte, funcionarios de salud de la entidad contribuyen también a la no denuncia, con “recomendaciones” a las víctimas de violación para que acudan a solicitar anticoncepción de emergencia, sin que “medie denuncia alguna”.
Es más, dijo a la prensa local la directora general de salud pública de la Secretaría de Salud estatal, Elizabeth Ulloa Robles, “si no quieren decir que fueron violadas, pueden decir que tuvieron una relación sexual sin protección”.
Sin embargo, si la petición de inconstitucionalidad que hizo el Gobernador contra la NOM 046, en Jalisco las mujeres ya no tendrán siquiera la posibilidad de mentir para acceder a la anticoncepción de emergencia.
LÍDER EN RETROCESO
Y con dicho proceso ante la SCJN, Jalisco se pone a la cabeza de acciones violatorias y de retroceso en materia de derechos humanos de las mujeres así como de los sexuales y reproductivos.
Primero fueron las modificaciones constitucionales de los artículos 4º y 15 para reconocer y proteger la vida desde el momento de la concepción (sic) aprobadas por el congreso local el pasado 6 de junio y la adición al Artículo 228 del Código Penal que facultan al juez para que a cambio de imponer una pena de prisión a las mujeres que “aborten”, se les de “un tratamiento médico integral”, y con ello se reafirmen “los valores humanos como la maternidad y la familia”.
Hasta antes de las reformas, existían en la entidad tres causales de aborto: malformación congénita, violación sexual y riesgo de la salud de la madre.
Ahora con la controversia constitucional a la NOM sobre violencia, se criminaliza y niega a las mujeres víctimas de violación, su derecho a exigir en los servicios de salud una ILE.
RESPUESTA DE LAS OSC
El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) repudió y desaprobó las modificaciones constitucionales, así como la controversia presentada ante la SCJN por el gobernador de la entidad, Emilio González Márquez, que niegan la ILE aún en casos de violación.
En un desplegado publicado en La Jornada de Jalisco, el OCNF exigió a las autoridades federales poner fin a las violaciones de tratados y acuerdos internacionales que han sido vulnerados por las autoridades locales que atentan contra la vida y la salud de las mujeres jaliscienses.
Asimismo, exigió al Ombudsman de la entidad interponer una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN en contra de dichas reformas.
Recordó el Observatorio que los legisladores estatales argumentaron que dichas reformas no afectarían las causales establecidas en el Artículo 229 del Código Penal de Jalisco, por lo que la Secretaría de Salud estatal estaba obligada a prestar los servicios de ILE en casos de violación y cuando la vida de las mujeres estuviera en riesgo.
Pero con esta acción del Gobernador “se evidencian las verdaderas intenciones de las autoridades estatales de transgredir los derechos fundamentales de las mujeres al impedirles el acceso al aborto legal por violación”, dijo el OCNF.
Señalaron que la NOM 046 es un compromiso que el Estado mexicano adquirió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el caso Paulina, a quien las autoridades de Baja California negaron su derecho de una ILE por violación aún y cuando era menor de edad.
Dicho compromiso quedó signado en una solución amistosa emitida por la CIDH en 2006 y donde el Estado mexicano se comprometió, entre otras cosas a la no repetición de los hechos (más casos como el de Paulina) para lo cual garantizaría el acceso a los servicios de salud y de ILE en los casos de violación.
OMBUDSMAN OMISO
Guadalupe Ramos Ponce, coordinadora del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), informó a Cimacnoticias que desde el pasado 18 de mayo han intentando reunirse con el Ombudsman de la entidad, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián para pedirle que promueva la inconstitucionalidad de las reformas aprobadas en el congreso estatal.
Ramos Ponce dijo que las ONG han argumentado por qué estas medidas son violatorias de los derechos humanos de las mujeres y por qué insisten en reunirse con Álvarez Cibrián, pero a la fecha dijo, “no hemos tenido ninguna respuesta”.
Por Lourdes Godínez Leal
México DF, 24 junio 09 (CIMAC).- En Jalisco, de 1997 a 2007 se cometieron 7 mil 494 violaciones sexuales, sin embargo, el gobernador panista Emilio González Márquez pretende anular la Norma Oficial Mexicana NOM 046-SSA2-2005. Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención, que permite a las niñas y mujeres abusadas acceder, en las instituciones de salud, a la interrupción legal del embarazo (ILE) y a la anticoncepción de emergencia.
El pasado 15 de junio, González Márquez interpuso una controversia constitucional contra el Ejecutivo Federal por la Norma Oficial Mexicana NOM 046-SSA2-2005. La impugnación se encuentra en el índice de controversias constitucionales pendientes de discusión para este año, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A 2007 el delito de violación fue uno de los indicadores más alto de violencia, con una tasa del 10.7 (por cada cien mil habitantes) superando incluso al número de ejecuciones y de homicidios internacionales, cuya tasa se ubicó en 5.6 y 0.9 respectivamente, según un estudio comparativo del Centro de Investigación para el Desarrollo en México (CIDAC).
De acuerdo a este reporte, Jalisco ocupó durante ese año el lugar quince en cuanto a índices de incidencia delictiva y violencia con una tasa del 28.35.
Los datos de 7 mil 494 mujeres violadas en la entidad en una década corresponden al registro de las Agencias del Ministerio Público al Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Consejo Nacional de Población (Conapo). Sin embargo, cabe recordar que existe un subregistro debido a que muchas violaciones no son denunciadas por la violencia institucional a la que las mujeres son sometidas. Y muchos de esos casos corresponden a incestos, por lo cual difícilmente se llegan a denunciar penalmente.
Por su parte, funcionarios de salud de la entidad contribuyen también a la no denuncia, con “recomendaciones” a las víctimas de violación para que acudan a solicitar anticoncepción de emergencia, sin que “medie denuncia alguna”.
Es más, dijo a la prensa local la directora general de salud pública de la Secretaría de Salud estatal, Elizabeth Ulloa Robles, “si no quieren decir que fueron violadas, pueden decir que tuvieron una relación sexual sin protección”.
Sin embargo, si la petición de inconstitucionalidad que hizo el Gobernador contra la NOM 046, en Jalisco las mujeres ya no tendrán siquiera la posibilidad de mentir para acceder a la anticoncepción de emergencia.
LÍDER EN RETROCESO
Y con dicho proceso ante la SCJN, Jalisco se pone a la cabeza de acciones violatorias y de retroceso en materia de derechos humanos de las mujeres así como de los sexuales y reproductivos.
Primero fueron las modificaciones constitucionales de los artículos 4º y 15 para reconocer y proteger la vida desde el momento de la concepción (sic) aprobadas por el congreso local el pasado 6 de junio y la adición al Artículo 228 del Código Penal que facultan al juez para que a cambio de imponer una pena de prisión a las mujeres que “aborten”, se les de “un tratamiento médico integral”, y con ello se reafirmen “los valores humanos como la maternidad y la familia”.
Hasta antes de las reformas, existían en la entidad tres causales de aborto: malformación congénita, violación sexual y riesgo de la salud de la madre.
Ahora con la controversia constitucional a la NOM sobre violencia, se criminaliza y niega a las mujeres víctimas de violación, su derecho a exigir en los servicios de salud una ILE.
RESPUESTA DE LAS OSC
El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) repudió y desaprobó las modificaciones constitucionales, así como la controversia presentada ante la SCJN por el gobernador de la entidad, Emilio González Márquez, que niegan la ILE aún en casos de violación.
En un desplegado publicado en La Jornada de Jalisco, el OCNF exigió a las autoridades federales poner fin a las violaciones de tratados y acuerdos internacionales que han sido vulnerados por las autoridades locales que atentan contra la vida y la salud de las mujeres jaliscienses.
Asimismo, exigió al Ombudsman de la entidad interponer una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN en contra de dichas reformas.
Recordó el Observatorio que los legisladores estatales argumentaron que dichas reformas no afectarían las causales establecidas en el Artículo 229 del Código Penal de Jalisco, por lo que la Secretaría de Salud estatal estaba obligada a prestar los servicios de ILE en casos de violación y cuando la vida de las mujeres estuviera en riesgo.
Pero con esta acción del Gobernador “se evidencian las verdaderas intenciones de las autoridades estatales de transgredir los derechos fundamentales de las mujeres al impedirles el acceso al aborto legal por violación”, dijo el OCNF.
Señalaron que la NOM 046 es un compromiso que el Estado mexicano adquirió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el caso Paulina, a quien las autoridades de Baja California negaron su derecho de una ILE por violación aún y cuando era menor de edad.
Dicho compromiso quedó signado en una solución amistosa emitida por la CIDH en 2006 y donde el Estado mexicano se comprometió, entre otras cosas a la no repetición de los hechos (más casos como el de Paulina) para lo cual garantizaría el acceso a los servicios de salud y de ILE en los casos de violación.
OMBUDSMAN OMISO
Guadalupe Ramos Ponce, coordinadora del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), informó a Cimacnoticias que desde el pasado 18 de mayo han intentando reunirse con el Ombudsman de la entidad, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián para pedirle que promueva la inconstitucionalidad de las reformas aprobadas en el congreso estatal.
Ramos Ponce dijo que las ONG han argumentado por qué estas medidas son violatorias de los derechos humanos de las mujeres y por qué insisten en reunirse con Álvarez Cibrián, pero a la fecha dijo, “no hemos tenido ninguna respuesta”.
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