Urge crear estilos de crianza que mejoren comunicación: OSC
Llaman a erradicar la violencia como método de disciplina
Por Cirenia Celestino Ortega
México DF, 8 feb 10 (CIMAC).- El castigo corporal como método de disciplina alimenta la naturalización de la violencia y la solución de conflictos por esa vía, por lo que una niña o un niño maltratado crecerá con baja autoestima, y no será un adulto feliz, afirmó Nashieli Ramírez, directora de la organización Ririki Intervención Social, S.C.
En entrevista con Cimacnoticias, la activista se pronunció por la creación en el país de nuevos estilos de crianza que no naturalicen la violencia y que permitan mejores relaciones de comunicación y conciliación entre padres, hijas e hijos.
Recordó la cita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su “Informe sobre el castigo corporal y los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes” de 2009 acerca de que “ningún tipo de violencia es justificable y todo tipo de violencia es prevenible".
No obstante, dijo, México opera bajo el castigo por lo malo y recompensa por lo bueno, lo que causa un fuerte daño físico y psicológico a la infancia.
Si bien, algunos Estados americanos ya se prohíbe legalmente el uso del castigo corporal como método de disciplina para la infancia, la CIDH llama a los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para que adopten medidas preventivas que aseguren la erradicación de la violencia hacia la infancia.
La Comisión como órgano especializado de la OEA encargado de vigilar la solución de conflictos políticos, económicos y jurídicos, así como el ejercicio de los derechos humanos en el hemisferio, analiza la problemática de violencia hacia niñas, niños y adolescentes.
VIOLENCIA ADMITIDA
En la mayor parte de los países del Hemisferio, el castigo corporal no está prohibido de manera explícita, de hecho algunos países lo permiten. Tal es el caso de Belice donde las Reglas de Educación determinan que “las Medidas Disciplinarias pueden ser tomadas contra un estudiante por ofensas en el aula… el castigo corporal puede ser administrado por el maestro, o por un miembro del personal de antigüedad....”
En Jamaica, el Reglamento de Prisiones dice “Al momento de imponer el castigo corporal…el Director indicará si el castigo consistirá en azotes o latigazos…”
En este sentido, el “Estudio Mundial sobre Violencia contra los Niños”, preparado por el Experto Independiente de las Naciones Unidas en 2006, muestra que la disciplina ejercida mediante castigo corporal, con frecuencia se percibe como algo normal y necesario, especialmente cuando no producen daños físicos "visibles" o "duraderos".
Sólo el 2 por ciento de las niñas, niños y adolescentes alrededor del mundo están protegidos frente al castigo corporal en el hogar, 4 por ciento cuenta con protección en instituciones de cuidado alternativo y 42 por ciento tiene protección frente al castigo corporal cometido en las escuelas, reveló el informe mundial.
DÓNDE SE PROHIBE
Para septiembre de 2009, sólo 24 Estados en el mundo prohibirían legalmente el castigo corporal incluso en el hogar, entre ellos sólo se encuentran tres Estados miembros de la OEA que son Uruguay (2007), Venezuela (2007) y Costa Rica (2008).
En el caso de Uruguay, se adoptó una ley titulada “Integridad personal de niños, niñas y adolescentes”. Asimismo, Venezuela adoptó la Ley sobre Prohibición del Castigo físico y el respeto a la integridad personal de niñas, niños y adolescentes, mientras Costa Rica aprobó la Ley de Abolición del Castigo Físico y de Cualquier Otra Forma de Maltrato o Trato Denigrante contra Niños, Niñas y Adolescentes.
En México, el 8 de diciembre de 2009 se modificó en el Senado de la república, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir el uso de violencia en la corrección de menores de edad tanto en escuelas, en el hogar y en centros penitenciarios. La iniciativa, que no ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación, no está vigente.
Al respecto, la directora de Ririki dijo que “No tenemos una Ley nacional que regule la violencia, es únicamente general, es decir, que cada estado debe emitir su propia Ley. De hecho en los códigos civiles estatales la fuerza está permitida, tal es el caso de Puebla que acepta la violencia con fines educativos”.
Para la especialista en derechos de la infancia, el marco jurídico de la prohibición legal del uso del castigo corporal debe ir paralelo a la concientización sobre la problemática para evitar posibles reproducciones de este patrón de conducta. Pues una niña o niño golpeado posiblemente será una madre o padre golpeador.
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