Miguel Concha
El pasado jueves
se conmemoró el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar,
integrantes de un sector laboral de nuestra población discriminado,
desprotegido y en buena medida invisibilizado, fundamental, sin embargo,
para la sociedad y la economía del país. Según datos recientes
recabados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi),
el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Centro de Estudios
Sociales y de Opinión Pública (Cesop) de la Cámara de Diputados, hoy
existen en el país 2.3 millones de personas que trabajan como servidoras
en los hogares, la mayor parte de ellas de origen indígena. Además,
nueve de cada 10 son mujeres, y una de cada 10 mujeres que trabajan en
México se emplea en estas actividades. Un tercio empezó a trabajar
cuando eran menores de edad y por ello poseen escolaridad dos o tres
años menor a la del resto de la población ocupada. Seis de estas
trabajadoras son responsables de alimentar los hogares donde trabajan y
una de cada seis cuida personas mayores y enfermas.
Con su trabajo liberan igualmente a varios de los miembros de las
familias para las que laboran a fin de que éstos puedan dedicarse a sus
actividades, y aunque en promedio cada una tiene dos y tres hijos e
hijas, un tercio de ellas cuida a los de su empleador o empleadora. La
mitad de las encuestadas reportó trabajar más de una jornada laboral
diaria, y una de cada tres percibe menos de un salario mínimo. Por si
esto fuera poco, la mitad no recibe aguinaldo, seis de cada 10 no tienen
vacaciones, nueve de cada 10 no cuentan con contrato de trabajo y sólo 8
por ciento de ellas gozan de seguridad social. Para colmo, 14 por
ciento reportó haber sufrido maltrato verbal, y 7 por ciento, maltrato
físico. Finalmente, y como clara expresión del régimen de excepción
laboral y de seguridad social en el que realizan sus trabajos –mismo que
el Estado está obligado desde hace tiempo a corregir–, 7 por ciento de
nuestra población considera que no deben tener vacaciones pagadas y 4
por ciento rechaza darles un contrato por escrito.
Por ello, en días pasados la asamblea consultiva del Conapred dirigió
al secretario de Gobernación una carta para manifestarle su honda
preocupación por la ausencia de derechos laborales y la discriminación
que sufren estas personas en México, y para requerirle que haga todas
las gestiones necesarias para que el convenio 189 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) –documento internacional vinculante, que
contiene medidas específicas para proteger los derechos de las y los
trabajadores domésticos– entre al proceso de ratificación por el Senado.
Se le recuerda que México es uno de los países de América Latina con
las condiciones más precarias para ejercer esta actividad, pues de los
23 países que han ratificado y aplicado ya este convenio, 12 son
naciones de América Latina con condiciones, en muchos sentidos,
similares a las nuestras. Y en un pronunciamiento titulado Justicia para las trabajadoras del hogar en México,
más de 100 organizaciones civiles, instituciones y personas
–acompañadas por el Conapred, la OIT, ONU Mujeres y la Comisión Nacional
de los Derechos Humanos– pidieron también a la Presidencia de la
República que enviara al Senado, para su ratificación inmediata, el
convenio 189 de la OIT, y al propio Senado que realice las
modificaciones indispensables a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley
del Seguro Social para garantizar a las trabajadoras del hogar los
mismos derechos que al resto de las y los trabajadores. Cuanto más, que
desde el 31 de marzo de 2014 así lo ofreció solemnemente el secretario
de Gobernación, y desde entonces el Senado ha dirigido al Poder
Ejecutivo más de 10 exhortos para que lo lleve a cabo, sin que hasta la
fecha haya habido una acción decidida para concretarlo.
Como expresan en su pronunciamiento las organizaciones, la Ley
Federal del Trabajo contiene un capítulo especial (13) dedicado a los y
las trabajadoras domésticas, que entre otras cosas permite que sus
jornadas laborales sean más largas que las del resto de las y los
trabajadores. Y la Ley del Seguro Social limita su acceso a la seguridad
social únicamente mediante la incorporación voluntaria al régimen
obligatorio, modalidad que no incluye la totalidad de los seguros y
prestaciones a las que por ley tienen acceso las demás trabajadoras. Les
niega además servicios fundamentales, como el acceso a estancias
infantiles, y, sólo si realizan el trámite de inscripción ante el
Instituto Mexicano del Seguro Social con sus familias empleadoras, les
deja la carga económica a ellas. Es por ello indispensable, como indica
el Conapred –que por cierto ya ha elaborado un proyecto de iniciativa,
con la participación de las personas interesadas y sus organizaciones–,
cambiar el contenido de ambos ordenamientos. Por ejemplo, a propósito de
la Ley Federal del Trabajo, obligar a crear un contrato por escrito con
las condiciones mínimas de la relación laboral. Fijar también una
jornada de trabajo de ocho horas diarias, con pago por tiempo
extraordinario. Reconocerles además prestaciones como el derecho a
vacaciones, días de descanso obligatorio, aguinaldo, indemnización por
despido injustificado y licencias de maternidad o paternidad. Definir
criterios para que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fije el
sueldo mínimo de las trabajadoras del hogar y determinar igualmente
obligaciones y prohibiciones de las personas empleadoras, así como un
mecanismo de inspección en los hogares, que respete la privacidad.
Finalmente, en lo que respecta a las modificaciones y adiciones a la Ley
del Seguro Social, incorporar a las trabajadoras del hogar como sujetos
de aseguramiento obligatorio.
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