Gabriela Rodríguez
La Constitución de
Ciudad de México es una constitución sin Dios. El diputado Eric Flores,
del Partido Encuentro Social (PES), en su intervención en el pleno de
la Asamblea Constituyente criticaba:
Hoy lo que se quiere construir aquí es una sociedad sin Dios y eso no lo vamos a permitir. Pero lo que la mayoría calificada de constituyentes no permitimos es que en se impusiera en este territorio una idea teísta o una religión particular. La idea de Dios puede estar presente o estar ajena en muchos habitantes y visitantes de esta ciudad, el artículo 6 letra I de la Constitución de Ciudad de México reconoce que
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de tenerla o no, así como de conservarla o cambiarla. Toda persona tiene derecho a actuar de acuerdo a sus convicciones éticas. Este artículo confirma libertades ya consagradas en el artículo 24 de la Carta Magna, los agregados de la constitución local son dos: la libertad de pensamiento –¡Viva Voltaire!– y la libertad de tener o no tener religión.
Tal vez son esos los términos que tanto asustan a la Procuraduría
General de la República, que hoy impugna como acción de
inconstitucionalidad la regulación en materia de derechos humanos a la
Constitución local, pues estima que altera el sistema constitucional y
convencional al que se encuentran sujetos en el Estado mexicano, en
particular, cuestiona el contenido relativo a las garantías de
asociación, identidad, no discriminación e igualdad, secreto profesional
y libertad religiosa.
Lo que hoy está de moda es colocar la política en una posición
subalterna con respecto a la religión y a la economía, Donald Trump
representa ese nuevo modelo a seguir, afirmó en su campaña que disfruta
de una
excelente relación con Dios y con los votantes cristianos evangélicos; en otra ocasión dijo
voy a ser el mayor creador de empleos que Dios ha creado nunca.
Sin embargo, en un Estado laico como México, fue extraño escuchar
preceptos religiosos en la tribuna de la casona de Xicoténcatl, donde
participó como diputada constituyente del PES una ministra de culto de
la asociación religiosa Comunidad Cristiana Río Poderoso. Aída Arregui
fue denunciada por haber violado el artículo 130 constitucional y el
principio de separación Iglesia-Estado al ser ministro de culto el día
de su registro. El INE descartó la denuncia, como lo hace con tantas
otras, pero lo que parece extraño es que ni a la PGR ni a la Presidencia
de la República, que tantas acciones de inconstitucional presentan
ahora, no impugnan para nada esa participación. Los diputados
evangélicos intentaron incluir en el texto local la libertad de culto en
los espacios públicos, no lo lograron porque era obvio que la
iniciativa ponía en riesgo la educación laica y contravenían el 24
constitucional
los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos.
En sentido contrario a la moda teocrática, la Constitución de
nuestra Ciudad no contiene la palabra ni la idea de Dios en su texto.
Desde el preámbulo se afirma que
La Ciudad pertenece a sus habitantes. Se concibe como un espacio civilizatorio, ciudadano, laico y habitable para el ejercicio pleno de sus posibilidades, el disfrute equitativo de sus bienes y la búsqueda de la felicidad. El primer artículo de las Disposiciones Generales establece que
La ciudad adopta para su gobierno la forma republicana, democrática, representativa, laica y popular, bajo un sistema de división de poderes, pluralismo político y participación social. El numeral 3 del artículo 8 señala que
Las autoridades educativas de Ciudad de México impartirán educación en todos los niveles y modalidades, en los términos y las condiciones previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes de la materia. Toda la educación pública será gratuita, laica, inclusiva, intercultural, pertinente y de calidad.Hoy el presidente del Senado quiere negar autonomía educativa a la ciudad, valora como inconstitucional el artículo 8 al considerar que la educación en las demarcaciones capitalinas son competencia exclusiva de las autoridades federales.
Con excepción del PES, lo que caracterizó los debates en relación con
la laicidad es que se recurría a un lenguaje judicial para impulsar
valores católicos, como en México la laicidad es lo políticamente
correcto se evitaban alusiones religiosas: una verdadera judicialización
de valores religiosos. En el recinto legislativo fueron múltiples
intentos por parte del PAN, del PRI y del Partido Verde –afortunadamente
fallidos– por eliminar derechos que contradicen valores confesionales:
el derecho a la autodeterminación, a la muerte digna, a decidir de
manera voluntaria a tener o no tener hijos, al matrimonio entre personas
del mismo sexo.
Hace casi dos siglos Charles Darwin produjo una quiebra en el
pensamiento cristiano al exponer la tesis de que el hombre había
aparecido sobre la Tierra por medios exclusivamente naturales; la tesis
cuestionó el origen divino de la vida y del hombre:
Sobre el Dios que muchos sienten en su corazón: No consigo ver que tales convicciones y sentimientos íntimos posean ningún peso como prueba de lo que realmente existe. Las airadas reacciones que procedieron a esa tesis se parecen a algunas de las impugnaciones que hoy realiza el Poder Ejecutivo contra la Constitución de Ciudad de México.
Twitter: @Gabrielarodr108
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