9/17/2017
Peña ya tiene “paquete de impunidad”
Raúl Cervantes Andrade, titular de la PGR. Foto: Eduardo Miranda
Por
Jesús Cantú
Con “pase automático” o sin “pase automático”, el presidente Enrique Peña Nieto tiene las disposiciones constitucionales ideales para imponer a Raúl Cervantes Andrade, o a quien él decida, como primer fiscal general de la República y, a través de dicho titular, designar libremente a los fiscales especializados en materia de delitos electorales y de combate a la corrupción.
La cereza del pastel, y que hoy es el motivo del encontronazo entre el PRI y sus aliados y toda la oposición, fue el artículo decimosexto transitorio, que señala: “El Procurador General de la República que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria a que se refiere el párrafo anterior [que es el que indica que la norma constitucional será aplicable cuando el Congreso apruebe las leyes secundarias y haga la declaratoria expresa de la entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía]quedará designado por virtud del este Decreto Fiscal General de la República por el tiempo que establece el artículo 102, Apartado A, de esta Constitución, sin perjuicio del procedimiento de remoción previsto en la fracción IV de dicho artículo”.
Pero aunque se apruebe la iniciativa de reforma de Peña Nieto que elimina la designación automática del actual procurador, el presidente tendrá el suficiente margen de acción para lograr su cometido, porque desde el inicio la reforma contiene, al menos, otros dos problemas de origen que están en el texto constitucional y ni siquiera han sido puestos en la mesa de las discusiones por parte de la oposición: el procedimiento establecido en el artículo 102 de la Constitución, que a pesar de ser tan abigarrado permite un amplio margen de maniobra al presidente en turno; y la designación de los titulares de las fiscalías especializadas en Materia Electoral y de Combate a la Corrupción.
El procedimiento de designación establecido en el artículo 102 le permite asegurarse de que él y su partido decidirán quién será el primer fiscal (Proceso 2092), porque los candados que se establecieron le brindan la certeza de que el PRI tiene la última palabra en la materia.
El Senado tiene “veinte días para integrar una lista de al menos 10 candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes, la cual enviará al Ejecutivo Federal”. Dada la composición actual de dicha cámara, es una realidad que en esa lista estarán al menos tres candidatos afines al presidente y su partido, y en caso de que la oposición se oponga a las propuestas priistas, éstos tienen la opción de rechazar las listas hasta que se sobrepase el límite de 20 días. Si eso sucede, el Ejecutivo “enviará libremente al Senado una terna y designará provisionalmente al fiscal general”. Así que realmente no hay opción: la lista tiene que incluir a los candidatos propuestos por el PRI o no hay lista; lo que deja al presidente en total libertad de elaborar una propia.
Si hay acuerdo y le envían los nombres de 10 candidatos, el presidente seguramente elegirá las propuestas del PRI y esa será su terna. De esa terna el Senado tiene que designar al fiscal, nuevamente con las dos terceras partes, y si no lo hace en un plazo de 10 días, “el Ejecutivo designará al fiscal general de entre los candidatos que integran la lista o, en su caso, la terna respectiva”. Otra vez, si la oposición no accede a la designación del candidato que señala el PRI, éste lo único que tiene que hacer es oponerse durante 10 días y le deja las manos libres al presidente.
Evidentemente, a pesar de lo abigarrado del procedimiento, si el partido del presidente tiene al menos una tercera parte de los senadores, como es el caso, el titular del Ejecutivo tiene las reglas a su favor para designar con absoluta libertad al fiscal general.
Y una vez que designó al fiscal, éste nombrará libremente a los dos fiscales especiales, pues la Constitución señala: “La Fiscalía General contará, al menos, con las fiscalías especializadas en materia de delitos electorales y de combate a la corrupción, cuyos titulares serán nombrados y removidos por el Fiscal General de la República. El nombramiento y remoción de los fiscales especializados antes referidos podrán ser objetados por el Senado de la República por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, en el plazo que fije la ley; si el Senado no se pronunciare en este plazo, se entenderá que no tiene objeción”.
Hoy la oposición no tiene la posibilidad, como ya se señaló anteriormente, de reunir las dos terceras partes de los votos para objetar la designación de alguno de los fiscales.
Y ésta es una de las razones por las cuales ahora sí le urge al presidente y a su partido aprobar la ley de la fiscalía y decretar su autonomía constitucional, pues le permitiría a dicho fiscal designar a un nuevo titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales menos incómodo que el actual, ya que aunque de acuerdo a otro transitorio su periodo concluye el 30 de noviembre de 2018, el fiscal tiene la facultad de removerlo y nombrarlo libremente.
La candidez de la oposición es inconcebible, pues ha sido repetitiva y, todavía hoy, su lucha está mal focalizada, pues pueden eliminar el decimosexto transitorio y de cualquier forma Peña Nieto impondrá a quien quiera como fiscal. El primer error, que es el único que han reconocido, fue la aprobación de la reforma en los términos ya explicados, pues le otorgaron toda la libertad a Peña Nieto para apoderarse de la Fiscalía; después tuvieron dos oportunidades de introducir modificaciones o, por lo menos, nombrar un titular de la PGR aceptable para ser fiscal, cuando ratificaron a Arely Gómez y a Raúl Cervantes Andrade: en ambas ocasiones se limitaron a avalar la propuesta presidencial.
En esta ocasión condicionan su voto favorable para la propuesta de Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a la eliminación del “pase automático”, que en nada afecta (como queda claro en los párrafos anteriores) la libertad del presidente para designar a quien él desee como primer fiscal. Así que será otra victoria pírrica de la oposición, que logrará derogar el transitorio, pero perderá la designación del fiscal general y avalará, por cuarta ocasión, el “paquete de impunidad” de Peña Nieto.
Este análisis se publicó el 10 de septiembre de 2017 en la edición 2132 de la revista Proceso.
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