Existir
en sistemas que promueven la relación desigual de lo masculino sobre lo
femenino ha generado un sinnúmero de condiciones que dejan a las
mujeres en un estado de profunda vulnerabilidad: empobrecimiento,
exclusión, discriminación, explotación laboral, así como en distintas
situaciones de violencia en el espacio íntimo-privado y público. Así, la
reparación se ha consolidado como una de las principales exigencias de
las mujeres, pues el acceso a la justicia es uno de los derechos más
negados de forma sistemática y estructural. En este contexto, no resulta
extraño el señalamiento sostenido de los movimientos de mujeres y
feministas respecto a la “justicia patriarcal” así como la utilización
de mecanismos de justicia populares para la reivindicación de sus
historias, sus dolores y resistencias. El “yo te creo” toma fuerza en
los meses más recientes. Este artículo pretende dibujar distintos
relatos de mujeres en relación al acceso a la justicia, así como su rol
en instancias judiciales.
Acceso a la justicia de las mujeres en América Latina
En términos generales, a nivel mundial
no hay claridad sobre los datos que puedan dar cuenta sobre la violencia
que sufren las mujeres, lo cual incide en el conocimiento sobre los
índices de impunidad. Con esa escasez de información, Naciones Unidas
determinó que en América Latina se encuentran 14 de los 25 países con
las tasas más altas de femicidio en el mundo; de éstos crímenes, el 98%
no son procesados a cabalidad.[i]
Distintos casos a lo largo de la región
retratan las condiciones de vida de las mujeres. Durante las primeras
horas del Día Internacional de las Mujeres -8 de marzo- en 2017,
Guatemala atestiguaba el femicidio de Estado contra más de 40 niñas en
el Hogar Virgen de la Asunción, calcinadas hasta fallecer en manos de
quienes decían protegerlas.[ii]
Un año atrás, en México, mujeres y feministas se conglomeraban
alrededor de la consigna de “Ni Una Más”, señalando al Estado como el
principal responsable. Posteriormente, tras el brutal asesinato de Lucía
Pérez, distintas organizaciones convocaron al primer paro nacional de
mujeres en Argentina, y a lo largo y ancho del continente se
multiplicaron como “Ni Una Menos” espacios contestatarios hacia la
oleada femicida que parece profundizarse en la región. [iii]
Tan complejas son las situaciones de
violencia contra las mujeres, que incluso vinculan distintos ámbitos de
la vida (explotación laboral, dependencia económica con el agresor,
miedo, tejidos sociales comunitarios en detrimento, entre otros) como lo
es también el acceso a la justicia. El Sistema Jurídico Interamericano,
a pesar de contar con importantes avances en términos legislativos,
como la Belém do Pará, no ha logrado traducirse en estrategias políticas
y prácticas que disminuyan la violencia contra las mujeres; tampoco ha
conseguido contrarrestar los patrones socioculturales discriminatorios
de los y las funcionarias judiciales que atienden a las mujeres
agredidas –así como de la sociedad en general-. En 2007, la Relatoría
por los Derechos de las Mujeres de la CIDH identificó al “patrón de la
impunidad” como la característica más preponderante en el acceso a la
justicia para las mujeres; el patrón combina la falta de investigación,
juicios y sanciones, así como la cultura machista en las distintas
instancias judiciales, la victimización secundaria, falta de
protecciones y garantías para el cuidado de la dignidad y la seguridad
de las víctimas y de las y los testigos durante el proceso.[iv]
Todas estas condiciones se complejizan en relación a las condiciones de
clase, raza, etnia y nacionalidad de cada una de las mujeres.
Lo identificado por la Relatoría en 2007
parece no ser atendido, hoy la región continúa presenciando la
impunidad y la negación sistemática del acceso a la justicia y,
lógicamente, el derecho a una vida digna y libre de violencia para las
mujeres. En lo que va del año, México superó el número de mujeres
asesinadas por día, al pasar de 7 a 10, y distintas organizaciones y
movimientos feministas en la región arrojaron que más de 280 mujeres
habían sido asesinadas en los primeros meses del año.[v]
Exigiendo justicia: el caso de las Madres de Soacha en Colombia
Como parte de los procesos de lucha por
la justicia sobre los que avanzaron las mujeres en el siglo XXI en
América Latina, cabe destacar el de las Madres de Soacha en Colombia,
quienes dieron (y siguen librando) una incansable batalla desde 2008,
cuando 19 jóvenes de los municipios de Soacha y de Bogotá desaparecieron
sin dejar rastro. Los restos de cinco jóvenes fueron encontrados meses
después a cientos de kilómetros, en cementerios y fosas comunes de
Cimitarra y Ocaña, en el Norte de Santander.
Este caso se inserta en las más de 3.000
ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias, perpetradas en
Colombia entre 2002 y 2009 por efectivos del Ejército –según documenta
en su informe[vi] Philip
Alston, relator especial de las Naciones Unidas–. Una práctica
generalizada, cuyo primer caso conocido tuvo lugar en 1988[vii],
pero que, desde la implementación de la directiva ministerial 029,
dictada en 2005 por el Ministerio de Defensa en el primer Gobierno de
Álvaro Uribe, autorizó otorgar recompensas a los militares por cada
captura o abatimiento de un líder de organizaciones al margen de la ley.
Los casos de los jóvenes presentados
ilegítimamente como bajas en combate, que también han sido denominados
“falsos positivos”, refieren a víctimas con características similares:
eran jóvenes entre los 17 y 22 años –cinco de ellos fueron identificados
como Julio César Vargas, Jader Andrés Palacios Bustamante, Víctor
Fernando Gómez Romero, Jhonatan Orlando Soto Bermúdez y Diego Alberto
Tamayo Garcerá–. Pobres o campesinos, con profundas necesidades y en
busca de oportunidades laborales, tales como las que les ofrecieron
cuando fueron engañados para posteriormente ser ejecutados
extrajudicialmente.
El proceso orientado a la verdad, la
justicia y la reparación sobre la política sistemática que han avanzado a
marcha forzada para las Madres de Soacha, comenzó con la visibilización
de la situación en plazas públicas, universidades y colegios. Las
madres continuaron en la titánica tarea de denunciar la desaparición y
asesinato de sus hijos, y exigir que se contara la verdad y se hiciera
justicia frente a estos crímenes cometidos por las Fuerzas Militares, a
costa de su seguridad. La persecución y hostigamiento, los
desplazamientos interurbanos y los atentados contra las mujeres se
intensificaron llegando al punto de atacarlas en sus propios hogares.
En el año 2009, la Fiscalía General de
la Nación tenía bajo investigación 946 casos relacionados con
ejecuciones ilegítimamente presentadas como bajas en combate, mientras
que la Procuraduría alcanzó los 1043 casos. Para abril de 2015, la
Fiscalía adelantaba 3430 investigaciones por estos hechos. Sin embargo,
en febrero de 2010, 40 de los militares involucrados en estos homicidios
habían sido liberados por vencimientos de términos.
Con el avance del proceso de paz y la
construcción del Sistema Integral de Verdad Justicia Reparación y no
Repetición, se constituyó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)
como mecanismo para investigar, juzgar y sancionar los delitos cometidos
en el contexto del conflicto armado. El tribunal tiene por objetivo
incentivar el reconocimiento de la verdad y la responsabilidad, en cuyo
caso las sanciones propias tendrían un contenido restaurativo.
Al respecto de las muertes
ilegítimamente presentadas como bajas en combate, la JEP dio apertura al
caso 003 en 2018, según el cual juzgaría a los militares vinculados en
este proceso de “macrovictimización”. Dicho proceso incluiría a las
Madres de Soacha como víctimas del fenómeno. Sin embargo, las demandas
de las Madres sobre lo que ocurrió con sus hijos y, en particular, la
necesidad de identificar a la cúpula de responsable sigue siendo materia
de discusión.
Durante el primer encuentro que se hizo
entre víctimas y victimarios la situación se complejizó, toda vez que
algunas familiares señalaron sentirse inconformes con el procedimiento: “Esta
audiencia que tuvimos en la JEP era una de condicionalidad en la que
ellos hacían unos compromisos. Sin embargo, me parece un descaro que
digan “mi forma de reparar a las víctimas va a ser contando la verdad”.
¿Qué tipo de verdad? Si la gran mayoría llegó leyendo una copia que
escribieron sus abogados sobre lo que tenían que decir”[viii].
Por lo pronto, la articulación de la
lucha de las Madres de Soacha en el nuevo enfoque de justicia
transicional que se alterna con el liderazgo de la JEP es uno de los
grandes retos que la jurisdicción tendrá que abordar en los próximos
años. La lucha de las Madres para la construcción de memoria, verdad y
justicia avanza, y es ejemplarizante en el marco de retrocesos
institucionales que se alternan en la región. Esta lucha refleja una vez
más los resultados efectivos de la resistencia de las mujeres en
desarrollo de procesos orientados a revertir las consecuencias de la
violencia y la desigualdad social en la región.
Mujeres al frente y produciendo justicia
Respecto del vínculo entre las mujeres y
el Poder Judicial, hoy en día es imposible no colocar en relieve la
actuación –y las múltiples derivaciones que su actuación ha suscitado-
de Ruth Bader Ginsburg como integrante de la Corte Suprema de Justicia
de los EE. UU. La “Notorius RBG” como la llaman[ix]
–en referencia a un cantante contemporáneo de rap estadounidense- se ha
convertido hoy, a sus 86 años, en un ícono del feminismo y del
pensamiento liberal, no sólo en su país sino para diversas
organizaciones de otros continentes. En pleno crecimiento de la derecha y
el conservadurismo, sus fallos judiciales, su actitud personal y sus
participaciones públicas impulsan toda una serie de replanteos para el
ámbito de la Justicia, no sólo en EE. UU. –como sistema- desde una
óptica alternativa, disruptiva y feminista. Lo interesante es que
arrastra y potencia al mismo tiempo perspectivas feministas para adentro
de la arquitectura judicial, con las complejidades que esto supone
desde el punto de vista de la resistencia al cambio que hay en ese
ámbito. Y lo hace, sobre todo, a partir de su solvente argumentación
jurídica, plano en el cual no sólo es necesaria una cierta pedagogía
especial para hacer masivo su discurso sino que alimenta una esencial (y
necesaria) productividad normativa contemporánea, en la que ingresa una
perspectiva original.
Como muestra un informe de la CEPAL, la
presencia de mujeres en las diversas cortes superiores de nuestra región
latinoamericana viene creciendo progresivamente durante los últimos
años. Sin embargo, en la mayoría de los casos se trata de un numero
todavía minoritario (es decir, nunca con posibilidades de sentenciar en
mayoría), lo que muchas veces quita autonomía y figuración a las mujeres
que ocupan dichos cargos. Y allí radica lo interesante del caso de
“Notorius RBG”: usa sus fallos, aun los que realiza en minoría, para
ampliar las visiones sobre la cuestión, lo que ya fuerza a una apertura a
un sistema jurídico dominado por los hombres. Según el mencionado
informe[x],
el promedio de participación femenina en los máximos tribunales de
justicia en América Latina tuvo un incremento de 7,1% ente 2007 y 2017,
llegando a un 29,2% de los miembros.
En algunos países del Caribe, por
ejemplo, hubo incrementos muy significativos durante ese período, de
19,4% y 18,8%, como Belice y Guyana, respectivamente -y son los casos
donde se pueden observar tribunales superiores con más mujeres-. Dicha
situación contrasta con lo ocurrido en países como Colombia –hubo una
merma de 9,2%- o Paraguay, con una baja porcentual de 11,1%. También
llama un poco la atención que países como México, Argentina y Brasil
estén bien por debajo del promedio general. Donde el crecimiento de las
mujeres en las cortes superiores se mantuvo en el promedio, como
Uruguay, puede establecerse cierta correlación: en esos casos, gracias a
la figuración pública que alcanzan algunas juezas, la instalación de
una perspectiva feminista para la justicia tiene más posibilidades de
avance.
En Centroamérica, por su parte, han
surgido lideresas claves en procesos judiciales que han puesto en jaque a
élites político-económicas locales y regionales. Se trata de los casos
de Thelma Aldana y Emilia Navas. Aldana ocupó un rol preponderante en el
desmantelamiento de la red delictiva del expresidente Otto Pérez Molina
y, posteriormente, en los casos abiertos a Álvaro Arzú y Jimmy Morales
respecto al financiamiento ilícito de la campaña presidencial en
Guatemala; todo junto a la Comisión Internacional contra la Impunidad en
Guatemala.[xi]
Por su parte, la llegada de Navas a la Fiscalía costarricense permitió
el desmantelamiento del “cementazo”, el allanamiento de las oficinas del
líder de la extrema derecha, Otto Guevara, el emplazamiento judicial a
Oscar Arias por el delito de prevaricato y el allanamiento de la Curia
Metropolitana por el encubrimiento de casos de pedofilia por parte de
sacerdotes costarricenses.[xii] Hoy Thelma es candidata presidencial en Guatemala, y Navas es reconocida por su labor en la Justicia.
¿Hacia un nuevo modelo judicial?
Se trata de una discusión de fondo que
atraviesa también a los movimientos feministas porque está en el centro
de las propuestas societales para las próximas democracias
latinoamericanas: ¿la justicia que las mujeres deberían preferir para
reparar un daño sufrido, debería tener los mismos encuadres que la
justicia punitiva patriarcal? Allí es que se abre todo un abanico de
posibilidades que, en la medida que exista un espacio deliberativo,
tiene más o menos posibilidades de prosperar. Cuestión compleja dado
que, en general, los diseños jurídicos latinoamericanos están muy poco
interesados en modificar su tradicionales razonabilidades, sistemas y
jurisprudencias. Esta situación que vale para todo tipo de debates como,
por ejemplo, los instalados por algunas mujeres en relación con la
“justicia restaurativa”, que no excluye la justicia retributiva o
punitiva[xiii]–
ni tampoco supone una reconciliación como principio- sino que amplía el
campo de intervención a la comunidad implicada en el hecho, insistiendo
en la reparación del daño y en la necesidad de que el ofensor reconozca
su culpa y analice las causas de su comportamiento. Aquí las
obligaciones son del ofensor –por el daño causado- tanto hacia la
víctima como hacia la comunidad.
Al margen de las cuestiones doctrinarias
que están en pauta –empujadas desde diversos espacios o a partir de
ciertas referencias puntuales- muchos aspectos que las mujeres vienen
planteando en el ámbito de la Justicia se convierten en reparos
fundamentales para una dimensión que, en América Latina, se torna parte
indispensable de todo régimen democráticamente legítimo: los derechos
humanos. Poco se dice, pero toda la productividad política y normativa
de las mujeres –y de los movimientos feministas- se convierte en una
retaguardia frente a la ola conservadora en curso, donde se pulveriza
cualquier noción de ética global, de justicia social o de dignidad de la
identidad. Incluso para preservar las propias instancias culturales de
una nación[xiv].
En ese sentido, hay una paradoja en los tiempos actuales: la primera y
fundamental demanda es por el acceso a la justicia y, al mismo tiempo,
se convierte en aspecto fundamental de dialéctica social.
En el laberinto androcéntrico del Derecho[xv],
el acceso a la justicia todavía se convierte en la principal prioridad.
Es cierto, hay avances, pero no alcanzan. La todavía inadecuada tutela
de los derechos de las mujeres por parte de los Estado dice ser su
carácter; de allí que una justicia de género sea el verdadero parámetro
de medición de las condiciones en las que se encuentran las democracias
latinoamericanas. Mientras tanto, las mujeres y feministas, además de
exigir justicia, crean mecanismos propios ante el reconocimiento de la
justicia patriarcal. Ante ello se abre un abanico de posibilidades,
donde la denuncia y el linchamiento público es quizás la más popular,
frente a una profunda apatía hacia los mecanismos formales de denuncia.
[iii] El llamado a movilización llegó a distintos países: México, Costa Rica, Uruguay, Brasil, Bolivia, entre otros.
[vi] Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Recuperado de https://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/14session/a.hrc.14.24.add.2_sp.pdf
[vii]
Luis Fernando Lalinde fue desaparecido el 3 de octubre de 1984 y luego
torturado, asesinado y hecho pasar como guerrillero muerto en combate
por miembros del Batallón de Infantería Nº22 ‘Ayacucho’, ubicado en
Manizales y adscrito a la VII Brigada y la III División del Ejército
Nacional, según lo determinó la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos en la Resolución 24/87, ratificada el 16 de septiembre de 1988,
que condenó al Estado colombiano por lo que se considerar el primer
‘falso positivo’ registrado en la historia del país.
[viii] Señala una de las familiares de jóvenes ejecutados extrajudicialmente: https://pacifista.tv/notas/a-pesar-del-dolor-nosotras-queremos-un-pais-en-paz-madres-de-soacha/
[ix] https://www.rollingstone.com/culture/culture-features/how-ruth-bader-ginsburg-became-the-notorious-rbg-50388/
[x] https://oig.cepal.org/es/indicadores/poder-judicial-porcentaje-mujeres-ministras-maximo-tribunal-justicia-o-corte-suprema
[xi] https://www.nytimes.com/es/2016/09/30/la-fiscal-general-de-guatemala-vive-bajo-amenaza-aun-asi-afirma-que-su-trabajo-anticorrupcion-no-ha-terminado/
[xiv] María Teresa Sierra (2009) “Las mujeres indígenas ante la justicia comunitaria
Perspectivas desde la interculturalidad y los derechos” en Desacatos, núm. 31, septiembre-diciembre 2009
Perspectivas desde la interculturalidad y los derechos” en Desacatos, núm. 31, septiembre-diciembre 2009
[xv] Roxana Arroyo Vargas (2012) “Acceso a la justicia
para las mujeres… el laberinto androcéntrico del derecho” Umbral 2, 2012, pp. 65-89
para las mujeres… el laberinto androcéntrico del derecho” Umbral 2, 2012, pp. 65-89
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