Ciudad de México. Aunque autoridades federales
aseguran que se mantendrá la atención para las mujeres durante la
emergencia sanitaria por el COVID-19, 84.4 por ciento de los poderes
judiciales suspendieron labores sin contemplar el funcionamiento de los
recursos legales para prevenir y frenar la violencia contra las mujeres.
Así lo dio a conocer EQUIS Justicia para las Mujeres (EQUIS) en su informe “Desprotección Judicial en tiempos del COVID-19”,
que presentó de manera digital este 1 de abril de 2020. Este análisis
reprueba a los poderes judiciales en su tarea de garantizar la
protección y el acceso a la justicia de mujeres víctimas de violencia
durante la pandemia.
Con base en los acuerdos y comunicados emitidos por los propios
Poderes Judiciales de cara a las medidas de mitigación que se ordenaron
por el COVID-19, EQUIS evaluó cómo implementarán las medidas necesarias
para proteger a las mujeres víctimas de violencia y garantizar su acceso
a la justicia.
Por ejemplo, se valoró si los poderes contemplaron guardias para
emitir órdenes de protección y medidas cautelares, en materia familiar y
penal; si se contemplan medidas para garantizar el pago de la pensión
alimenticia; si suspendió o no la vigilancia de las reuniones de
convivencia entre padres e hijos que actualmente ocurren en los Centros
de Convivencia Familiar; y si sus políticas laborales contemplan la
protección de grupos que están en un mayor riesgo de enfermarse por el
COVID-19.
Producto de ese análisis, la organización encontró que de un puntaje
de 100 (calificación máxima por garantizar el acceso a la justicia para
mujeres víctimas de violencia), sólo cinco Poderes Judiciales obtuvieron
un resultado arriba de 60. Esto es, 27 Poderes Judiciales locales
salieron reprobados.
De acuerdo con la organización que defiende los derechos de la
población femenina, únicamente 7 de 32 Poderes Judiciales continúan
contemplando el funcionamiento de las órdenes de protección para las
mujeres víctimas de violencia.
A esto se suma que 22 Poderes Judiciales no consideran personal de
guardia para implementar medidas para proteger a las mujeres víctimas de
violencia que están inmersas en procesos judiciales como divorcios y
pensiones.
En total, 19 Poderes Judiciales no contemplan el funcionamiento de
audiencias para establecer medidas de protección para dar seguimiento a
denuncias penales; y 10 Poderes Judiciales no se pronunciaron sobre cómo
asegurarán la pensión alimenticia.
Además, 15 Poderes Judiciales suspendieron de manera absoluta las
actividades de los centros de convivencia familiar supervisada, sin
proporcionar alternativas de espacios neutrales y seguros para la
convivencia entre las y los niños y sus progenitores.
De acuerdo con EQUIS, sólo 9 Poderes Judiciales implementaron medidas
para que las personas que tienen a su cargo el cuidado de hijas e hijos
no asistan a trabajar o tengan esquemas laborales flexibles y ningún
tribunal contempló medidas para las personas cuyas cargas de cuidado
aumentan porque uno o varios enfermaron por el COVID-19.
El
informe señala que los acuerdos de suspensión de labores de los Poderes
Judiciales no son claros sobre los servicios específicos que seguirán
funcionando, manejan un lenguaje técnico y jurídico difícil de
comprender para la ciudadanía, y no todos se localizan de forma
accesible en los portales de internet y plataformas de transparencia, lo
cual genera incertidumbre e impide el ejercicio pleno del derecho de
acceso a la información.
Asimismo, restringieron la publicidad y transparencia de las
audiencias orales de manera absoluta, sin ofrecer alternativas que
permitan monitorear la labor de las y los jueces y asegurar la rendición
de cuentas, y omitieron establecer medidas para garantizar la
protección de las personas –entre ellas, las mujeres– privadas de la
libertad.
El Poder Judicial que obtuvo el mayor puntaje en el ranking de EQUIS
fue el del estado de Querétaro, con una calificación de 87.86 puntos
(sobre 100), ya que (de acuerdo con sus comunicados) estableció guardias
para dar continuidad a todos sus servicios, al menos de manera
implícita. Por el contrario, los Poderes Judiciales con el peor
parámetro de protección para las mujeres fueron los estados de Baja
California y Guanajuato, que obtuvieron una calificación de 0, ya que en
sus avisos, circulares o acuerdos se limitaron a señalar la suspensión
de labores sin establecer medidas para dar continuidad a los servicios
jurisdiccionales evaluados.
En la entrevista publicada el pasado 30 de marzo,
la titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres (Conavim), Candelaria Ochoa Ávalos, dijo a
esta agencia de noticias que su dependencia envió oficios y cartas a los
Fiscales y Tribunales de justicia para pedirles que mantengan en
funcionamiento las oficinas que atienden a víctimas, así como las
medidas y órdenes de protección para ellas.
La evaluación de EQUIS demuestra que las autoridades judiciales
hicieron caso omiso a este llamado, por lo que concluyó: “La suspensión
de labores de los Poderes Judiciales, sin que se tomen en consideración
medidas para proteger y prevenir la violencia contra las mujeres,
aumenta la vulnerabilidad a la que están expuestas ante una contingencia
sanitaria que las pone en especial situación de riesgo, obstaculiza el
acceso a la justicia y representa un sesgo de género que deja ver que
los Poderes Judiciales aún están muy lejos de comprender la violencia
contra las mujeres como un problema sistemático y estructural frente al
cual además tienen obligaciones constitucionales reforzadas”.
La organización civil también hizo recomendaciones a los Poderes
Judiciales para que publiquen su información en sus páginas, sitios de
internet y sus de redes sociales, los acuerdos o circulares que se
emitan tengan un lenguaje accesible o se difunda una versión ciudadana;
establezcan, de manera coordinada, lineamientos generales; y establezcan
guardias presenciales para dictar las medidas precautorias, cautelares y
de protección necesarias, entre otras.
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