La oficina del también integrante del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dio a conocer que esta propuesta fue presentada hoy a Plascencia Villanueva.
El titular de la CNDH hará un estudio sobre esta posibilidad y se pronunciará al respecto en los próximos días, según anunció el organismo..
Tal como lo reporta en su página de Internet, Carbonell le planteó al titular de la CNDH la necesidad de que promueva una queja ante la Corte contra las reformas que se han aprobado en casi una veintena de entidades del país, que en los hechos penalizan el aborto y limitan los derechos reproductivos de las mujeres, en contradicción con los tratados internacionales firmados por México.
Estos tratados “establecen el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo en materia de maternidad, a partir de lo cual está prohibido penalizar la interrupción voluntaria del embarazo, como regla general”.
Además, Carbonell –coordinador del área de Derecho Constitucional en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, y quien ha publicado varios artículos y ensayos sobre ese mismo tema-- recordó que la SCJN definió el año pasado que la Constitución “reconoce un espacio más o menos amplio para que las mujeres puedan decidir sobre la interrupción voluntaria de un embarazo”, por lo que las reformas que se han aprobado en los estados irían en contra de este criterio.
Indicó que la mayoría de los países democráticos han optado por llevar ante sus jueces constitucionales el análisis y la determinación en cuanto al ámbito legal de protección a favor de las mujeres y de su libertad de decisión, “con fundamento en el derecho aplicable y no en consideraciones metafísicas o religiosas”.
“Las reformas realizadas en 17 entidades federativas suministran una nueva oportunidad para que la Suprema Corte se pronuncie al respecto, una vez que haya sido instada para ello por la CNDH”, expuso Miguel Carbonell.
Dic 8, 2009
Comunicado de prensa.
1. Los tratados internacionales de derechos humanos firmados por México establecen el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo en materia de maternidad, a partir de lo cual está prohibido penalizar la interrupción voluntaria del embarazo, como regla general.
2. La Suprema Corte definió el año pasado, por mayoría de 8 de sus integrantes, que la Constitución mexicana reconoce un espacio más o menos amplio (pero en todo caso generoso) para que las mujeres puedan decidir sobre la interrupción voluntaria de un embarazo. Las reformas locales citadas irían en contra de este criterio del Máximo Tribunal de la República.
3. En temas polémicos como en el que nos ocupa, la mayor parte de países democráticos han optado por llevar hasta la mesa de sus jueces constitucionales la decisión. En países como Estados Unidos, España, Colombia y también México, los jueces han decidido, con fundamento en el derecho aplicable y no en consideraciones metafísicas o religiosas, sobre el ámbito constitucionalmente protegido a favor de las mujeres y de su libertad de decisión. Las reformas realizadas en 17 entidades federativas suministran una nueva oportunidad para que nuestra Suprema Corte se pronuncie al respecto, una vez que haya sido instada para ello por la CNDH.
El Presidente de la CNDH se mostró receptivo y atento ante la solicitud de Miguel Carbonell y prometió estudiar a detalle el tema para estar en capacidad de pronunciarse sobre el mismo lo antes posible.
Oficina del Miguel Carbonell (IIJ-UNAM).
http://www.miguelcarbonell.com
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