1/10/2013

Incorpora Ley de Víctimas obligación de ofrecer ILE

NACIONAL
Interrupción Legal del Embarazo en México
   Destaca activista que se reitere cumplimiento de NOM 046

Archivo | CIMACFoto
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.- 

Como una demanda de organizaciones de la sociedad civil, la Ley General de Víctimas –promulgada hoy– contempla la obligación del Estado mexicano, para que sin excusa ni pretexto atienda a las mujeres que sufran violencia sexual y les garantice el derecho al aborto.

La norma publicada en el Diario Oficial de la Federación recoge la demanda ciudadana de que las autoridades federales y estatales resguarden los derechos de las mujeres víctimas de violencia sexual.

La Ley General de Víctimas reitera los preceptos de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046 sobre “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, a bridar los servicios de salud sexual, anticoncepción de emergencia e interrupción del embarazo”, los cuales –a decir de activistas– no se aplican cabalmente.

El artículo 39 referente a medidas en materia de salud detalla que a toda víctima de violación sexual, o de cualquier otra conducta que afecte su integridad física o psicológica, se le garantizará el acceso a los servicios de anticoncepción de emergencia.

Asimismo el Estado mexicano está obligado a garantizar la interrupción voluntaria del embarazo (ILE) en los casos permitidos por la ley, con absoluto respeto a la voluntad de la víctima.

Pero no sólo eso, también se especifica que a las víctimas se les practicarán exámenes y tratamientos especializados si lo requieren, durante el tiempo necesario para su total recuperación y conforme al diagnóstico y tratamiento médico recomendado.

Es de especial relevancia que la ley señala que en el tratamiento de las víctimas de violencia sexual se considerará prioritario el seguimiento de eventuales contagios de infecciones de transmisión sexual y del Virus de Inmunodeficiencia Humana.

Así, las mujeres tendrán garantizado su derecho porque cada una de las entidades públicas que brinden servicios, asistencia y atención a las víctimas, deberán disponer de personal capacitado en el tratamiento de la violencia sexual con un enfoque transversal de género.

Entrevistada al respecto, María de la Luz Estrada, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), recordó que la NOM 046 ya establece estas obligaciones, pero que es importante que otra norma reitere la necesidad de garantizar los derechos de las víctimas de violación sexual.

Estrada dijo que es necesario que la Ley General de Víctimas llegue a las entidades federativas, para que las secretarías de Salud y los ministerios públicos (MP) no tengan pretextos para garantizar la ILE.

Y es que señaló que en una investigación coordinada por el OCNF se encontró que no hay un tratamiento integral para las mujeres embarazadas víctimas de violación sexual, toda vez que las autoridades de salud piden la autorización del MP para realizar el procedimiento.

Lo anterior dificulta el acceso a este derecho porque en muchas ocasiones el MP se niega a dar la autorización. En el monitoreo realizado por el OCNF en 16 estados se encontró que sólo el Estado de México y Guerrero ofrecieron el servicio de interrupción del embarazo.

La activista detalló que entre junio de 2010 y junio de 2011 en el Estado de México las autoridades de salud registraron 743 casos de mujeres víctimas de violación, de las cuales 19 estaban embarazadas, pero sólo en 9 se autorizó un aborto.

En el mismo periodo en Guerrero, la Secretaría de Salud estatal recibió 197 casos de violación, de estos resultaron 19 mujeres embarazadas, pero sólo se practicó una ILE, y según Estrada no se sabe por qué en los otros casos no se aplicó el procedimiento.

En este contexto la defensora señaló que la violación sexual es un tema grave, toda vez que el Sistema Nacional de Seguridad Pública registró en 2010 cerca de 15 mil denuncias, por lo que hizo un llamado para se generen mecanismos que hagan accesible el servicio de ILE.

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