Tribunal analiza revertir sentencias a favor de salud reproductiva
El
aborto legal en Colombia corre el riesgo de ser restringido ante la
posibilidad de que la Corte Constitucional (CC) del país sudamericano
anule dos sentencias a favor de los derechos sexuales y reproductivos y
de la pastilla de anticoncepción de emergencia, lo que según activistas
afectaría la seguridad jurídica de las colombianas y su derecho a
decidir sobre la maternidad.
El pasado 10 de julio los magistrados de la CC tenían previsto analizar
si anulaban las sentencias T841 (emitida en 2011) y T627 (2012),
emblemáticas por estar a favor de la salud sexual y reproductiva de las
mujeres, pero ante la carga de trabajo se aplazó la discusión sin que
hasta ahora haya una fecha para reanudarla.
En septiembre de 2012 la Procuraduría General de la Nación solicitó la
nulidad de ambas sentencias, pero fue hasta la semana pasada que se
puso en el orden del día del alto tribunal, lo que alertó a
organizaciones como Women’s Link Worldwide (WLW) y la Mesa por la Vida
y la Salud de las Mujeres de Colombia.
Ante ello, las activistas se mantienen alertas por la futura decisión
de la CC, ya que el proyecto de resolución estará a cargo del
magistrado Alberto Rojas Ríos, quien ya se ha manifestado por la
anulación.
De ser eliminadas ambas resoluciones, alertaron las feministas, se
corre el riesgo de que se retire del Plan Obligatorio de Salud (POS) la
pastilla de anticoncepción de emergencia y el misoprostol, un
medicamento que permite la interrupción segura de un embarazo no
deseado.
WLW advirtió en un comunicado que de anularse las sentencias los
centros de salud ya no ofrecerían los servicios de aborto legal, además
se fomentaría la desinformación y se agravaría la vulneración de los
derechos de niñas y mujeres.
La sentencia T841 se dio por el caso de una niña de 12 años de edad en
situación de pobreza, que presentó un embarazo tras una relación sexual
con otro menor de edad. Los familiares de la niña pidieron a la Entidad
Promotora de Salud (EPS) la interrupción del embarazo, pero fue negada.
El caso llegó a instancias judiciales y la CC emitió una tardía
resolución favorable a la menor de edad, que ya no sirvió de nada
porque ella ya había dado a luz. Tras el hecho, el alto tribunal ordenó
una indemnización y servicios psicológicos para la niña.
En esa sentencia también se reiteró que el Estado debe proteger la
identidad de las niñas y mujeres, y establece que la interrupción legal
del embarazo se realice en un plazo no mayor a cinco días después de
que se solicite, para evitar que se repita lo que pasó con la niña.
En tanto, la sentencia T627 se dio luego de que unas mil 280 mujeres
reclamaran ante las autoridades judiciales no recibir información
completa, veraz y oportuna sobre salud sexual y reproductiva debido a
una campaña gubernamental que desinformaba.
Según la campaña oficial, la pastilla de emergencia era un “abortivo” y
el misoprostol un medicamento catalogado por la Organización Mundial de
la Salud como “peligroso”, lo cual es falso, por lo que la sentencia
reiteró el derecho de las mujeres a tener información veraz en salud
sexual y reproductiva.
Ambas resoluciones corren el riesgo de ser anuladas, por lo que
agrupaciones civiles advierten que deben prevalecer porque garantizan
el derecho de las mujeres a acceder a un aborto cuando su salud o su
vida este en riesgo; cuando el embarazo es producto de una violación, o
cuando el feto presenta malformaciones incompatibles con la vida
extrauterina.
Por: la RedacciónCimacnoticias | México, DF.-
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