7/17/2014

Modificaron un término para despojar de sus tierras y bosques a ejidatarios y propietarios rurales


Sustituyó a la palabra ‘‘expropiación’’ en terrenos donde se explote petróleo o gas

La figura ‘‘ocupación temporal de predios’’ deberá ser reglamentada por el Ejecutivo

Senadores de oposición expresan que existe mucha imprecisión y gatopardismo en el lenguaje

Llegarán las empresas extranjeras y les serán otorgados jugosos contratos para sus proyectos

Andrea Becerril y Enrique Méndez
Periódico La Jornada
Jueves 17 de julio de 2014, p. 7

La definición precisa, alcances y características de la ‘‘afectación temporal de predios’’, que se estableció en las leyes secundarias de la reforma energética para sustituir a la expropiación de terrenos donde se explote petróleo o gas, quedará solamente como enunciado en esa legislación y se requerirá un reglamento expedido por el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, para ponerlo en práctica.
El presidente de la Comisión de Energía del Senado, David Penchyna, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), confirmó que esa figura de ‘‘ocupación temporal de predios’’ deberá ser reglamentada por el Ejecutivo federal.
Es un tema que provocó ayer críticas entre legisladores de izquierda, toda vez que tanto en la ley de hidrocarburos como en la de la industria eléctrica sólo se sustituye la palabra ‘‘expropiación’’ por la de ‘‘ocupación temporal’’ de predios, sin definir en qué consiste.
‘‘Le cambiaron el nombre a la expropiación por ocupación temporal, pero no dicen de qué tierras. ¿Las que ya forman parte hoy de los mantos petrolíferos o de hidrocarburos o de los nuevos yacimientos a determinar?’’, recalcó el coordinador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Senado, Miguel Barbosa.
Dijo que hay mucha imprecisión sobre ese punto, que es uno de los irreductibles del PRD. ‘‘Vamos a defender que no haya afectación alguna a los derechos sobre la tierra de pueblos y comunidades indígenas, de ejidatarios y propietarios particulares’’, insistió.
Por su parte, los senadores perredistas Alejandro Encinas Rodríguez y Dolores Padierna Luna, así como el diputado de Movimiento Ciudadano (MC) Ricardo Monreal Ávila, advirtieron que ‘‘solamente hubo un cambio de palabras, porque la ocupación de predios tiene el mismo efecto que la expropiación y por ello ambas se deben eliminar de la legislación, junto con las (llamadas) servidumbres legales’’.
Monreal recalcó que el Revolucionario Institucional, Acción Nacional (PAN) y el gobierno federal están acudiendo ‘‘al gatopardismo’’ ante las críticas de organizaciones campesinas y legisladores de oposición, y sólo cambian una palabra por otra para despojar de sus tierras y bosques a ejidatarios y propietarios rurales que no accedan a entregarlas a las empresas extranjeras que llegarán, a las cuales se les otorgarán jugosos contratos para la explotación de proyectos petroleros y eléctricos.
En la mayoría de los 22 votos particulares que hoy serán presentados por senadores de PRD y Partido del Trabajo (PT) se plantea eliminar todas las disposiciones encaminadas a ceder el dominio de tierras en favor de las empresas trasnacionales.
Golpe profundo al derecho a la propiedad agraria
En su voto particular, Barbosa advierte que la reforma no solamente significó la pérdida de la soberanía energética en manos de intereses privados, especialmente extranjeros, sino también un golpe profundo al derecho de propiedad privada, así como al de propiedad agraria, y más grave aún a la propiedad de la tierra de pueblos y comunidades indígenas.
Igualmente, su compañera de bancada Dolores Padierna, en otro voto particular, advirtió que los senadores perredistas rechazan esas disposiciones que atentan contra la propiedad y violan los derechos de los propietarios rurales, ya que se prioriza garantizar la seguridad jurídica a los inversionistas, en su mayoría extranjeros.
Expuso finalmente que en los últimos 15 años el desarrollo de proyectos de infraestructura energética ha traído consigo gran cantidad de problemas sociales derivados de las negociaciones para la adquisición de los terrenos afectados.

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