Por resolución del pleno del INAI la Secretaría de la
Función Pública (SFP) debe dar a conocer los nombres de los funcionarios
públicos que han sido sentenciados por la Procuraduría General de la República tras denuncias interpuestas por la propia secretaría.
La Función Pública había omitido dicha información
en una serie de datos entregados a un particular, argumentando que
desconocía el estatus actual de los servidores públicos sujetos a proceso
pues ello era competencia de la PGR. (El particular había solicitado el
número de denuncias presentadas por la SFP ante la PGR).
Sin embargo entregó datos de los procesos penales localizados en los Órganos Internos de Control que la SFP
tiene dentro de las dependencias federales, así como fechas de las
denuncias, monto del daño al erario público, y cargo del funcionario
respectivo.
En el análisis del caso la comisionada Areli Cano Guadiana, señaló
que la función pública es competente para conocer dicha información pues
de acuerdo a su Reglamento Interior la Unidad de Asuntos Jurídicos de
la dependencia tiene la atribución de coadyuvar con el Ministerio
Público.
Cano Guadiana también explicó sin embargo que solo debían ser dados a
conocer los nombres de los funcionarios en los casos en que exista una
sentencia firme condenatoria y reservarse cuando existiera resolución
judicial absolutoria e irrevocable, toda vez que revelarla implicaría un
daño a la intimidad.
Recordó que existe un interés público por identificar a aquellos
funcionarios que en el ejercicio de sus funciones cometieron algún
delito, ya que, al provenir sus remuneraciones del erario, deben estar sujetos al escrutinio público.
Con información de Notimex.
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