Miguel Concha
La Jornada
El Observatorio para la
Protección de los Defensores de Derechos Humanos, iniciativa conformada
por la Federación Internacional de Derechos Humanos y la Organización
Mundial Contra la Tortura, con el objetivo de prevenir o remediar
situaciones concretas de represión contra defensores de derechos
humanos, presentó el pasado 25 de febrero el informe
La criminalización de defensores de derechos humanos en contextos de proyectos industriales: un fenómeno regional en América Latina. El escrito toma de referencia casos concretos de activistas criminalizados en el contexto de la extracción de recursos naturales y megaproyectos en ocho países latinoamericanos: Brasil, Colombia, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Perú. Documenta lo ocurrido a personas y comunidades, muchas de ellas campesinas o indígenas, que defienden sus derechos relacionados con la tierra y el territorio, y evidencian un patrón similar y recurrente en el uso indebido del derecho penal como forma de hostigamiento e intimidación contra las y los defensores.
El rol de las empresas en la criminalización de éstos es preocupante
en toda la región. Con frecuencia son los actores privados quienes
emprenden procesos penales en contra de líderes y dirigentes
comunitarios para desestructurar los movimientos en defensa de las
tierras y salvaguarda de los bienes comunes, y quienes hacen uso de
mecanismos de seguridad privada que promueven amenazas, hostigamiento y
ataques físicos en su contra. La criminalización comienza generalmente
por el etiquetamiento y la estigmatización de las personas que, de forma
individual o colectiva, manifiestan pacíficamente su descontento por
los impactos de dichos proyectos en sus derechos económicos, sociales,
culturales y ambientales. Y la consideración de que las y los defensores
se oponen al desarrollo o son
enemigos del Estado, motivan campañas de desprestigio que los coloca en especial riesgo, los hace blanco de la fabricación e imputación de delitos como
ataques a la paz pública,
robo,
oposición a obras públicas o a extracción de recursos naturales, entre otros. Todo ello con el propósito de silenciar sus denuncias y reivindicaciones.
El de Juan Carlos Flores Solís es un ejemplo emblemático de este
preocupante fenómeno de criminalización. Portavoz del Frente de Pueblos
en Defensa del Agua y la Tierra de Morelos, Puebla y Tlaxcala, se ha
opuesto a la construcción del gasoducto Morelos desde 2006, parte del
megaproyecto de energía
Morelos, liderado por empresas españolas e italianas. Dicho proyecto ha sido fuertemente criticado por no haber consultado previamente a las comunidades afectadas, y por suponer violaciones a sus derechos a la vida, salud y agua. Sin embargo, como resultado de la labor de documentación y defensa de las comunidades aledañas al volcán Popocatépetl afectadas por el megaproyecto, Juan Carlos fue detenido y privado de la libertad en un centro de reclusión por los delitos de
oposición a obras públicasy
ataques a obras hidráulicas. Su caso evidencia la falta de una política de protección efectiva de los defensores amenazados, así como la falta de independencia e imparcialidad de las instancias judiciales. En efecto, éstas contribuyen a su criminalización, pues en ocasiones privilegian los intereses de poderes políticos y económicos por encima de los de las comunidades.
Hay que destacar el incumplimiento de los estados en su
obligación de respetar y proteger los derechos humanos de las personas y
comunidades afectadas por proyectos de inversión a gran escala, pues no
sólo tienen la obligación de proteger a la población ante situaciones
que puedan ponerla en riesgo, sino también la de consultar a las
personas que podrían resultar dañadas, e incluso obtener su
consentimiento libre, previo e informado. De acuerdo a los Principios
Rectores de la ONU sobre empresas y derechos humanos, y pese a que los
estados no son en sí mismos responsables de las violaciones de derechos
humanos cometidas por agentes privados, incumplen sus obligaciones
internacionales cuando no adoptan medidas adecuadas para prevenir,
investigar, castigar y reparar los abusos cometidos por ellos. Bajo el
marco
proteger, respetar y remediar, tales principios se han convertido en la herramienta autorizada por los estados para enfrentar los abusos y violaciones a derechos humanos en las que las empresas están involucradas. De igual forma, los Principios reconocen la labor de las y los defensores de derechos humanos en la mitigación de los efectos adversos de las operaciones de las empresas. Por ello los estados deben emprender acciones por medio del desarrollo de leyes y políticas públicas adecuadas.
El panorama, no obstante, se vislumbra desalentador. Berta Isabel
Cáceres Flores, cofundadora del Consejo Cívico de Organizaciones
Populares e Indígenas de Honduras, quien luchó por los derechos del
pueblo indígena lenca en la recuperación de sus tierras, frente a la
construcción de la represa hidroeléctrica Agua Zarca, de la empresa
Fichosa, fue asesinada el 3 de marzo en su natal Honduras. El informe
del Observatorio ya documentaba esa constante criminalización, así como
los hostigamientos y represalias que padeció en el ejercicio de su labor
de defensa, la cual, de manera trágica, culminó efectivamente con su
silenciamiento. Al momento de escribir estas líneas, el militante
ambientalista mexicano Gustavo Castro Soto, testigo directo y víctima de
ese asesinato, todavía se encontraba irregularmente retenido en aquel
país, con e
l consiguiente riesgo para su vida y su libertad.
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