2/17/2010


Para cumplir sentencia de CoIDH por caso Rosendo Radilla

Piden “descongelar” iniciativas para limitar fuero militar

Por Paulina Rivas Ayala

México, DF. 16 feb. 10 (CIMAC).- La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) contra México por el caso Rosendo Radilla Pacheco es muy clara en su mandato de ponerle límite al fuero militar, y ante ello, las y los legisladores deben “desempolvar o descongelar” las iniciativas que se han propuesto al respecto, no se necesita una orden del Ejecutivo para cumplir la condena.

Así lo señaló el director jurídico de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH) Humberto Guerrero Rosales, después de una plática entre académicos sobre la sentencia en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

El fallo de la CoIDH mandata la armonización del Artículo 57 del Código de Justicia Militar (CJM) con la Convención Americana de Derechos Humanos y para lograrlo “no hace falta mas que un procedimiento legislativo normal”, es decir que el ejecutivo o el legislativo presenten la iniciativa de modificación y para ello “lo único que se necesita es voluntad política”, indicó.

La responsabilidad para el cumplimiento de la sentencia, consideró, es de todos los partidos políticos y en especial del Partido Revolucionario Institucional (PRI) pues las desapariciones forzadas y la violencia militar en la montaña de Guerrero ocurrieron en un régimen priísta y este grupo tiene el deber moral de impulsar el cambio.

También el Partido de la Revolución Democrática (PRD) que en algún tiempo estuvo impulsando las reformas al CJM puede sacarlas a flote de nuevo porque la sentencia no sólo es para el ejecutivo, sino que involucra a los tres poderes y niveles de gobierno.

Cabe recordar que en octubre de 2006, la diputada federal Marina Arvizu Rivas del partido Alternativa Socialdemócrata presentó una iniciativa para modificar el artículo 13 constitucional, y así limitar la competencia de la jurisdicción militar para conocer los delitos cometidos por elementos castrenses, la cual fue turnada a la comisión de la Defensa Nacional donde fue rechazada.

El PRD también presentó una iniciativa el 13 de marzo de 2007, en voz del senador René Arce, para reformar el artículo 13 constitucional y 57 del CJM.

Dicha iniciativa surgió después de la violación sexual que militares cometieron contra Ernestina Ascencio en Veracruz y contra 14 trabajadoras de la zona de tolerancia de Castaños Coahuila. El documento fue turnado a Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de la Defensa Nacional y Estudios legislativos.

La más reciente Iniciativa fue presentada por el senador Ricardo Monreal del Partido del Trabajo (PT) el 29 de julio de 2009, en la que propone la modificación al Artículo 57 del CJM para que los soldados que cometan violaciones contra civiles sean juzgados por la autoridad civil que corresponda, esta iniciativa aún se encuentra en trámite.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tuvo la oportunidad, de acuerdo con las organizaciones civiles de derechos humanos, de acotar el fuero militar al discutir y conocer de un amparo interpuesto por la viuda de un civil asesinado por militares.

Sin embargo, la SCJN determinó no entrar al fondo de la discusión y desechó la petición de la interesada por considerar que no tenía interés jurídico para solicitar la impugnación del artículo 57 del CJM.

JUSTICIA DE TRANSICIÓN

Humberto Guerrero, explicó que para que haya una verdadera justicia de transición, un país debe hacerle frente a su pasado autoritario para así poder vivir, caminar hacia la democracia y “eso es exactamente lo que no ha hecho México, ni el Partido Acción Nacional (PAN) a pesar de que dijo que lo haría”.

En el caso de Rosendo Radilla, dijo, su desaparición sucedió porque el Ejército mexicano actuaba al amparo de la ley y protegido por un sistema de justicia ineficaz lo que se tradujo en un contexto de violaciones sistemáticas y eso es lo mismo que ocurre ahora. Por ello, en México, no se puede hablar de la transición a la democracia.

El Estado “ya no puede argumentar que (la decisión de la Corte) no es vinculante porque es una condena” y si el fallo no se cumple “lo único que demuestra es que no tiene ninguna voluntad política de resolver el problema”.

Además, todos los argumentos que interpuso para justificar el fuero de guerra ante el máximo tribunal de justicia del continente fueron refutados unos a uno por la Corte y “no hay de otra tiene que cumplir”.

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