5/27/2010

Evaden obligación de garantizar derecho a la salud prevista en la NOM 046
Niegan en Morelos ILE para mujeres víctimas de violación



Por Gladis Torres Ruiz

México, D.F 26 may 10 (CIMAC).- La Procuraduría General de Justicia del estado de Morelos (PGJM), y los Servicios de Salud en la entidad, reportan que de 2008 a la fecha sólo han recurrido a una interrupción legal del embarazo, a pesar de que tan sólo en 18 meses se han denunciado 445 violaciones, 196 de ellas contra menores de 18 años, “todas con un riesgo latente de embarazo”.

Esto es un ejemplo claro de la violación a los derechos humanos de las mujeres en la entidad, dijo a Cimacnoticias Nadxieelii Carranco Lechuga, coordinadora estatal de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (Ddser).

En entrevista telefónica, la activista dijo que en las instancias de Morelos no se está aplicando la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención (NOM-046), misma que establece medidas para que las niñas y mujeres violadas puedan acceder, en las instituciones de salud, a la interrupción legal del embarazo (ILE) y a la anticoncepción de emergencia.

Si bien es cierto que la Norma se encuentra a debate en la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN), “esto no significa que esté suspendida. Mientras no haya una sentencia de la Corte, desde el 16 de abril del 2009 (día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación), los estados tienen la obligación de aplicarla”, subrayó.

La NOM 046 garantiza el derecho a la salud de las víctimas de violencia familiar y sexual, y debe ser aplicada en todo el país y los gobiernos locales están obligados a brindar los servicios que estipula.

Sobre la anticoncepción de emergencia, la activista señaló que a mediados de 2008, Ddeser realizó una fiscalización en la que encontró que el acceso de las y los jóvenes a este tipo de anticoncepción es escaso y en ocasiones nulo.

“A las jóvenes se les condiciona la entrega de la píldora, es decir se les solicita que vayan con sus padres, en otros casos se les brinda toda la información, pero se les dice que esta agotada, y en otras definitivamente se les niega”.

Carranco Lechuga, refirió que el programa de violencia familiar que es el responsable de aplicar la NOM-046, sí entrega la píldora a las mujeres que lo soliciten sin embargo, este programa sólo esta en las cabeceras municipales es decir Cuernavaca, Cuautla, y Jojutla, lo que deja fuera a muchas mujeres del estado.

La Norma aclara que los anticonceptivos de emergencia “no tienen efectos abortivos, sino que previenen embarazos no deseados”, con lo que se evita que la víctima de una violación tenga que someterse a un aborto. A pesar de ello, desde el Poder Ejecutivo y Legislativo se han creado retrocesos en materia de salud de las mujeres.

El Congreso de Morelos aprobó, en noviembre de 2008, la modificación de la Constitución local, promovida por el Partido Acción Nacional (PAN), con la que se reforma el primer párrafo al Artículo 2 y se garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción.

Estas modificaciones contravienen el Código Penal vigente que en el Artículo 119, permite el aborto por violación, cuando la vida de la madre está en peligro y por malformaciones congénitas del producto.

Al respecto, la Coordinadora de Ddeser Morelos, señaló que además de la NOM-046, el Código Penal, permite la interrupción del embarazo en casos de violación, “por ello solicitamos a la PGJM nos informara sobre el estado actual de estos casos. El reporte precisa que de enero de 2008 a julio de 2009 se denunciaron 445 violaciones a mujeres, 196 fueron niñas menores de 18 años.

Sin embargo, al solicitar información al Sistema INFOMEX sobre el número de abortos legales autorizados por la PGJ y los SSM, “no ha habido respuesta. La última información que se reporta y fue dada ayer en la noche, nuevamente, equivale a una sola interrupción, misma que se realizó en marzo del 2008”, enfatizó.

“Esta realidad confirma que el Gobierno esta negando a las mujeres víctimas de violación: información, acceso a la justicia, reparación del daño y atención médica de urgencia, todos estos derechos universales garantizados por la Constitución Federal de éste país y por la NOM 046”, enfatizó Carranco Lechuga.

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