Irene Levy
En Grecia, en el año 280 a. C., Pirro, rey de Epiro, logró una victoria sobre los romanos con el costo de miles de sus hombres. Se dice que Pirro, al contemplar el resultado de la batalla, dijo "otra victoria más como ésta y estaré perdido". La victoria pírrica, pues, es aquella que se gana, pero con tan elevado costo que amarga el triunfo.
Hace unos días, presenciamos una verdadera victoria pírrica con la decisión de la Suprema Corte de Justicia, en torno a la controversia constitucional que presentó el Congreso de la Unión contra la designación realizada por el presidente Felipe Calderón de Mony de Swaan como comisionado de la Cofetel por un periodo de ocho años.
Mire usted, nuestra Constitución faculta al Poder Legislativo a establecer requisitos que deben cubrir las personas que serán nombradas funcionarios para ciertos cargos por el Presidente de la República, tales como experiencia, edad o nacionalidad. Como usted y como yo, el Presidente tiene la obligación de respetar la Constitución y las leyes, y por eso debería asegurarse que los funcionarios que él designa llenen los requisitos que las leyes ordenan.
Pero si no es así, es decir, si los funcionarios designados no cumplen con los requisitos de la ley, pues algo debería pasar, ¿no?, al menos se tendría que invalidar ese nombramiento y pedirle respetuosamente al Presidente que designe a otra persona que sí cumpla con los requisitos. Pero lo que acaba de decidir la Corte al respecto es que nadie puede hacer valer las leyes en esta materia. A partir de esta decisión, el Presidente podrá ignorar las leyes en este sentido y no pasará jurídicamente nada.
Hagamos un poco de historia: cuando el presidente Calderón nombró a Mony de Swaan como comisionado de la Cofetel, se alzaron muchas voces para advertir que no cumplía con el requisito de experiencia a que obliga la ley, y que la vigencia de dicha designación debía ser por cuatro y no por ocho años. En este sentido, el Congreso de la Unión interpuso una controversia constitucional contra el nombramiento, solicitando a la Corte que lo invalidara y además que se pronunciara respecto del plazo de la designación.
El ministro Fernando Franco admitió la demanda considerando que el pleno de la Corte debía entrar al estudio de fondo de la controversia, pero un recurso de reclamación, cuya resolución estuvo a cargo de la ministra Margarita Luna Ramos, así como un intenso cabildeo por parte del Ejecutivo Federal, revocó la admisión de la controversia.
Que no nos confundan, esto no significa que la Corte validó el nombramiento ni que, como dice el secretario de Comunicaciones y Transportes Juan Molinar, éste haya sido conforme a derecho, sólo indica que la Corte decidió no entrar a estudiar el fondo del asunto. El máximo tribunal de nuestro país argumentó que ni los legisladores —ni la propia Corte— pueden cuestionar jurídicamente si los funcionarios designados por el Presidente cumplen o no con los requisitos de la ley. ¿Y sabe qué significa eso? Que si ninguno de los otros dos Poderes de la Unión pueden revisar esos nombramientos, entonces nadie puede hacerlo.
Con esta decisión todos perdimos:
-Perdió el país, porque se vulneró el Estado de Derecho con el nombramiento y ahora con la decisión temerosa de la Corte para entrar al fondo de la controversia. Más grave aún, la Corte derogó de facto la facultad que la Constitución otorga al Legislativo para exigir al Presidente que nombre a personas con experiencia y conocimientos técnicos para ciertos órganos, como la Cofetel o la Comisión de Competencia.
-Perdió la Corte, porque dejó pasar una valiosa oportunidad de fungir como “piedra de toque” en el equilibrio del sistema constitucional de división de poderes, en menoscabo del Poder Legislativo. El precedente de esta resolución indica que jurídicamente no importa si en los nombramientos el Presidente observa los requisitos, estas leyes ya son letra muerta.
-Perdieron los partidos políticos, porque ahora que es oficial que no funciona el diseño legal de “autonomía” de los órganos técnicos en materia de nombramientos, se abrirá un nuevo y ríspido frente para reformar la legislación de todos los órganos reguladores. La mesa está puesta para un debate público e incluyente; el argumento para que todas las designaciones pasen por el visto bueno del Senado lo impulsó la Corte con esta decisión. Además, de prosperar las reformas se abre la posibilidad de remover a todos los comisionados actuales.
Pero lo hecho, hecho está y quien juzgará es la historia. Ahora lo importante es planear y construir un diseño jurídico viable para los llamados “órganos reguladores” cuya estructura permita contar con los mejores funcionarios de cada sector, reducir las presiones políticas para que sus decisiones sean fundamentadas y transparentes y, sobre todo, alentar que exista de una buena vez la adopción de políticas públicas que respondan a una planeación integral y a largo plazo. No más victorias pírricas, perdemos todos.
Twitter: @soyirenelevy
Profesora de Derecho en la Universidad Iberoamericana
Hace unos días, presenciamos una verdadera victoria pírrica con la decisión de la Suprema Corte de Justicia, en torno a la controversia constitucional que presentó el Congreso de la Unión contra la designación realizada por el presidente Felipe Calderón de Mony de Swaan como comisionado de la Cofetel por un periodo de ocho años.
Mire usted, nuestra Constitución faculta al Poder Legislativo a establecer requisitos que deben cubrir las personas que serán nombradas funcionarios para ciertos cargos por el Presidente de la República, tales como experiencia, edad o nacionalidad. Como usted y como yo, el Presidente tiene la obligación de respetar la Constitución y las leyes, y por eso debería asegurarse que los funcionarios que él designa llenen los requisitos que las leyes ordenan.
Pero si no es así, es decir, si los funcionarios designados no cumplen con los requisitos de la ley, pues algo debería pasar, ¿no?, al menos se tendría que invalidar ese nombramiento y pedirle respetuosamente al Presidente que designe a otra persona que sí cumpla con los requisitos. Pero lo que acaba de decidir la Corte al respecto es que nadie puede hacer valer las leyes en esta materia. A partir de esta decisión, el Presidente podrá ignorar las leyes en este sentido y no pasará jurídicamente nada.
Hagamos un poco de historia: cuando el presidente Calderón nombró a Mony de Swaan como comisionado de la Cofetel, se alzaron muchas voces para advertir que no cumplía con el requisito de experiencia a que obliga la ley, y que la vigencia de dicha designación debía ser por cuatro y no por ocho años. En este sentido, el Congreso de la Unión interpuso una controversia constitucional contra el nombramiento, solicitando a la Corte que lo invalidara y además que se pronunciara respecto del plazo de la designación.
El ministro Fernando Franco admitió la demanda considerando que el pleno de la Corte debía entrar al estudio de fondo de la controversia, pero un recurso de reclamación, cuya resolución estuvo a cargo de la ministra Margarita Luna Ramos, así como un intenso cabildeo por parte del Ejecutivo Federal, revocó la admisión de la controversia.
Que no nos confundan, esto no significa que la Corte validó el nombramiento ni que, como dice el secretario de Comunicaciones y Transportes Juan Molinar, éste haya sido conforme a derecho, sólo indica que la Corte decidió no entrar a estudiar el fondo del asunto. El máximo tribunal de nuestro país argumentó que ni los legisladores —ni la propia Corte— pueden cuestionar jurídicamente si los funcionarios designados por el Presidente cumplen o no con los requisitos de la ley. ¿Y sabe qué significa eso? Que si ninguno de los otros dos Poderes de la Unión pueden revisar esos nombramientos, entonces nadie puede hacerlo.
Con esta decisión todos perdimos:
-Perdió el país, porque se vulneró el Estado de Derecho con el nombramiento y ahora con la decisión temerosa de la Corte para entrar al fondo de la controversia. Más grave aún, la Corte derogó de facto la facultad que la Constitución otorga al Legislativo para exigir al Presidente que nombre a personas con experiencia y conocimientos técnicos para ciertos órganos, como la Cofetel o la Comisión de Competencia.
-Perdió la Corte, porque dejó pasar una valiosa oportunidad de fungir como “piedra de toque” en el equilibrio del sistema constitucional de división de poderes, en menoscabo del Poder Legislativo. El precedente de esta resolución indica que jurídicamente no importa si en los nombramientos el Presidente observa los requisitos, estas leyes ya son letra muerta.
-Perdieron los partidos políticos, porque ahora que es oficial que no funciona el diseño legal de “autonomía” de los órganos técnicos en materia de nombramientos, se abrirá un nuevo y ríspido frente para reformar la legislación de todos los órganos reguladores. La mesa está puesta para un debate público e incluyente; el argumento para que todas las designaciones pasen por el visto bueno del Senado lo impulsó la Corte con esta decisión. Además, de prosperar las reformas se abre la posibilidad de remover a todos los comisionados actuales.
Pero lo hecho, hecho está y quien juzgará es la historia. Ahora lo importante es planear y construir un diseño jurídico viable para los llamados “órganos reguladores” cuya estructura permita contar con los mejores funcionarios de cada sector, reducir las presiones políticas para que sus decisiones sean fundamentadas y transparentes y, sobre todo, alentar que exista de una buena vez la adopción de políticas públicas que respondan a una planeación integral y a largo plazo. No más victorias pírricas, perdemos todos.
Twitter: @soyirenelevy
Profesora de Derecho en la Universidad Iberoamericana
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