11/25/2010

Envían OSC carta de rechazo a SG por reforma a fuero militar


No termina con impunidad ni cumple sentencias de CoIDH, dicen

Por la Redacción

México, D.F, 24 nov 10 (CIMAC).- Ante las comunicaciones que han sostenido Human Rights Watch (HRW) y la Secretaría de Gobernación en torno a la iniciativa para reformar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, organizaciones de la sociedad civil expresaron su rechazo a dicho proyecto que no modifica sustantivamente las condiciones que permiten que el fuero militar sea “sinónimo de impunidad”.

En una carta enviada este día a la Secretaría de Gobernación (SG) y a los coordinadores parlamentarios de todos los partidos políticos del Senado, las organizaciones presentaron sus consideraciones acerca de las discusiones generadas después de que el 10 de noviembre Felipe Calderón enviara a los Senadores su iniciativa de reforma al fuero militar. Centros de derechos humanos como el Miguel Agustín Pro Juárez, Tlachinollan, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Fundar y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los derechos para todas y todos” (Red TDT), señalaron que la iniciativa no cumple con las obligaciones emanadas de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).

Afirmaron que la propuesta del ejecutivo federal “ignora los estándares internacionales en materia de derechos humanos” que están confirmados en las resoluciones que la CoIDH dictó contra el Estado mexicano, lo cual “contradice su voluntad de dar cumplimiento a dichas sentencias”.


En las sentencias emitidas en los casos de desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco y las violaciones sexuales contra las indígenas tlapanecas Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, la CoIDH reiteró su jurisprudencia al señalar que: “bajo ninguna circunstancia el fuero militar puede ser competente para investigar o juzgar violaciones a derechos humanos cometidos por elementos de las fuerzas armadas en contra de civiles”.

De acuerdo con las organizaciones, a partir de estos parámetros, es claro que el fuero militar no puede extenderse en momento alguno sobre un delito presuntamente constitutivo de una violación a los derechos humanos. Por tal motivo y en el contexto de las discusiones generadas a partir del comunicado emitido por la Secretaría de Gobernación en respuesta a las críticas de Human Rights Watch, las organizaciones firmantes, lamentaron que el ejecutivo no hubiera impulsado una reforma adecuada al Código de Justicia Militar que excluyera del fuero militar todo delito presuntamente constitutivo de una o más violaciones de derechos humanos.

“Ello es necesario tanto como obligación legal del Estado, como medida práctica para ofrecer a las víctimas de abusos militares la posibilidad de acceder a la justicia, al mismo tiempo que evitaría extender sin causa, el debate nacional sobre el tema y la serie de casos que serán enviados al Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, sostuvieron. Con la finalidad de enriquecer la deliberación sobre este tema, las organizaciones señalaron que la SG –como principal defensora de la iniciativa Calderonista– ha dejado de lado el debate sobre la posibilidad de que sea la propia autoridad militar la que determine qué casos serán remitidos al fuero civil, con lo cual quedaría bajo su responsabilidad la probable responsabilidad del victimario.

Esto significaría que delitos dolosos se clasifiquen como culposos; que lesiones graves no sean tenidas como tales; que actos de tortura sean minimizados; “o incluso a que deliberadamente se manipulen las evidencias, como ha ocurrido en numerosos casos recientes según la propia Comisión Nacional de los Derechos Humanos”, destacaron las organizaciones.
Finalmente destacaron que la SG incurre en un notorio error conceptual cuando aborda lo relacionado con las ejecuciones extrajudiciales. Al respecto, indicaron que preocupa a las y los defensores de derechos humanos, que la dependencia argumenta que cuando un civil es privado de la vida por un militar debe conocer los hechos el sistema de justicia militar dado que este hecho sería constitutivo del delito de homicidio y no de ejecución extrajudicial.

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