8/16/2012

Fuero de guerra y lectores


Utopía


Eduardo Ibarra Aguirre

Una aclaración por delante, gracias a la fortuna de contar con lectores muy bien informados y participativos en la hechura y también en la enmendadura de este espacio, próximo a cumplir ocho años.

“La SCJN de acuerdo al artículo 192 de la Ley de Amparo en acuerdo de Pleno con ocho votos o más genera jurisprudencia”, puntualiza oportunamente el abogado laboralista Manuel Fuentes. Lo anterior significa que la Suprema Corte no requiere, como escribí el día 15, “repetir la acción cuatro veces más en el mismo sentido para sentar jurisprudencia, y para que con ella todos los jueces y magistrados estén obligados a interpretar los postulados del 13 constitucional de manera restrictiva, de modo que los delitos cometidos por militares en activo contra civiles ya no puedan ser juzgados por jueces castrenses”. Están obligados ya.

            La abolición, no el acotamiento, del fuero de guerra fue propuesto con visión de largo aliento por el general Francisco Gallardo, como uno de los temas vitales para la modernización de las fuerzas armadas. Lo hizo desde la Prisión del Campo Militar Número Uno y por medio de las páginas de la revista Forum, desaparecida en agosto de 2010 por el persistente uso faccioso de la publicidad en el gobierno de Felipe Calderón, a 105 días de concluir.

            A la propuesta publicada en el número 65 del mensuario (abril de 1998), el alto mando militar encabezado por Enrique Cervantes Aguirre al que no molestan pese a las graves y endebles acusaciones ministeriales contra el general Tomás Ángeles, respondió con el endurecimiento de las condiciones carcelarias para el autor. Se equivocaron de cabo a rabo los carceleros de la Secretaría de la Defensa Nacional, empezando por Antonio Riviello, la reforma castrense forma parte de la agenda del debate nacional.

            Debate del que no sería pertinente omitir el contexto global y, específicamente, al gobierno de Estados Unidos, que el general Roberto Badillo Martínez privilegia. Además diagnostica con crudeza: “(…) lo que está pasando en el país nos acerca peligrosamente a una guerra civil, lo cual se lo debemos íntegramente a los yanquis y a la torpeza de nuestras autoridades que les permitieron su penetración”. Propone el divisionario: “Se le debe exigir a Calderón que decida que la siniestra Iniciativa Mérida termina cuando termine su presidencia, que no deje atado al que lo releve a los yanquis (…)”. Éstos “no quieren irse, quieren obligar al presidente que entra el primero de diciembre a que les pida que se queden”.  

            El acotamiento del fuero de guerra producido por la Suprema Corte, como subraya Patricia Barba Ávila, “representa un avance jurídico”, aunque retardado, mas registra lo que constata voz popular, que “los tribunales civiles no se han distinguido por su transparencia y ética, ya que ha habido innumerables casos en que los jueces son comprados o sobornados con dinero o con otras prerrogativas”. Abunda que “si un soldado de cualquier rango viola a una mujer, por ejemplo, mucho me temo que la justicia no se aplicará en forma expedita, salvo en los casos en que el perpetrador no tenga influencia en las altas esferas del gobierno”.  

Materializada la experiencia harto frecuente, “la decisión de la SCJN se convertiría en una zanahoria, de las muchas que le han ofrecido a la sociedad para que se calme, sobre todo en estos tiempos poselectorales”. E insiste: “Tenemos no sólo a agentes de la DEA, sino a miembros del Pentágono actuando impunemente en suelo nacional, mientras el Ejército no hace nada, excepto violar los derechos humanos de la población”. También registra que a su juicio “existe una clara ambigüedad en el papel que juega el presidente de la república como ‘jefe de las fuerzas armadas’”.

Para el impulsor pionero de la abolición del fuero de guerra, “este acontecimiento es novedoso por tratarse de un asunto intocado y prohibido en México, la resolución de la SCJN no hace más que un refrito de lo que está claramente prescrito en el texto constitucional desde hace 95 años: ‘Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda’”.

Gallardo Rodríguez pregunta “¿Qué ha aportado la SCJN, si siempre ha sido cómplice de las atrocidades que ha cometido el Ejército en contra de la sociedad?”. Y él mismo responde: “Me refiero a la interpretación que hizo al artículo 129 que prohíbe a la autoridad militar realizar funciones que no tengan exacta conexión con la disciplina militar y cuya violación empujada por los ministros arroja saldos escandalosos en violaciones a los derechos humanos: 97 mil muertes (Consejo Nacional de Seguridad Pública, diario El Universal, 4/8/12), entre otras”.

Y, en efecto, “Este debate pone sobre la mesa de discusión el tema militar, que en una democracia debe estar sometido al poder civil del Estado, estamos hablando de establecer una nueva relación civil-militar de carácter objetivo donde el Congreso contrapese al Ejecutivo en su rama militar”. Nada más, pero nada menos.

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