No se comprueba delito de homicidio contra Sonia Tábora
Sale libre mujer presa por sufrir aborto espontáneo
Por Guadalupe Cruz Jaimes
México, DF, 15 ago 12 (CIMAC).- El Tribunal de Sentencia del departamento salvadoreño de Sonsonate reconoció que hubo un “error judicial” al condenar a 30 años de prisión a Sonia Tábora, acusada de homicidio agravado tras sufrir un aborto espontáneo, y ordenó su libertad inmediata.
Morena Herrera, presidenta de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico, informó a Cimacnoticias que luego de pasar siete años en la cárcel, la joven por fin quedó ayer en libertad por falta de pruebas para acreditar el delito.
Al mediodía el Tribunal de Sentencia leyó el veredicto de la audiencia de revisión del caso de Sonia Tábora, que se llevó a cabo el pasado 30 de julio, y de manera unánime las juezas ordenaron la libertad inmediata de la salvadoreña, quien salió tres horas después del Centro Penitenciario de Sonsonate.
Herrera dijo que lo único que las organizaciones lamentan es que las autoridades no otorgaron una indemnización económica a Tábora por las múltiples violaciones a sus Derechos Humanos, cometidas durante el proceso judicial que afrontó en 2005.
El 19 de febrero de ese año la salvadoreña sufrió un dolor abdominal seguido de una hemorragia que ocasionó la interrupción de su embarazo de siete meses de gestación. Su familia pidió ayuda a la policía del departamento salvadoreño de Sonsonate, para que la trasladara al centro de salud.
Después de llevarla al médico, uno de los uniformados regresó a la casa de Sonia y al encontrar el cadáver del feto, la mujer, de entonces 20 años de edad, fue acusada en un primer momento de aborto, pero después se le atribuyó el delito de homicidio agravado y fue condenada a 30 años de cárcel.
Por falta de pruebas contra Tábora, el pasado 21 de junio la Agrupación Ciudadana presentó un recurso de revisión del juicio, el cual fue aceptado por el Tribunal de Sentencia.
El tribunal ordenó una audiencia, que después de suspenderse en varias ocasiones, culminó con un fallo favorable para la salvadoreña, a quien “finalmente se le hizo justicia”, dijo Dennis Muñoz, abogado de Sonia Tábora
En entrevista, Muñoz refirió que las autoridades reconocieron que “no se le acreditó de forma fehaciente el delito de homicidio agravado, por la ausencia de prueba directa para poder condenarla”.
Con ello, aseveró, se “vulneraron su derecho al debido proceso y la garantía de presunción de inocencia”, pues “nunca se determinó mediante una prueba pericial (autopsia) la causa y el momento del deceso del feto”.
El abogado dijo que durante estos años se violentaron también los derechos de Sonia Tábora a la libertad y a una vida digna, ya que El Salvador tiene uno de los peores sistemas penitenciarios en el mundo.
HAY OTROS 24 CASOS
Las activistas, quienes desde junio pasado realizaron diversas acciones para que la salvadoreña saliera libre, indicaron que el laudo a favor de Tábora sienta un precedente “para continuar en la lucha por la libertad de otras mujeres presas en el país en la mismas circunstancias”.
Morena Herrera consideró que la sentencia “nos da la razón, porque hemos denunciado que el sistema judicial aplica la penalización del aborto con base en prejuicios y no en pruebas”.
El embate, añadió, es en contra de determinadas mujeres, quienes como Sonia, son jóvenes en situación de pobreza con bajo nivel escolar “que se encuentran en indefensión”.
Así, “cuando acuden a hospitales públicos con sangrados fuertes, en estado de shock, inmediatamente se les acusa de aborto. Después, durante el proceso judicial cambian la tipificación del delito a homicidio agravado y las condenan a 30 años o más”.
Herrera agregó que ante esta “violencia de Estado” seguirán pugnando por la libertad de las salvadoreñas presas por aborto. Actualmente la Agrupación Ciudadana trabaja en la elaboración de un amparo colectivo para que se revisen los casos de 24 mujeres presas por aborto y sean puestas en libertad ante la falta de pruebas.
Mariana Moisa, integrante de la Agrupación Ciudadana, añadió que con la libertad de Sonia además de “sentar un precedente para liberar a otras mujeres encarceladas en la misma situación”, se logró un cambio en la opinión pública salvadoreña, ya que se rebasó la discusión de a favor o en contra del aborto, y se hizo un análisis más profundo del tema en los medios de comunicación.
En 1998 El Salvador penalizó el aborto en forma absoluta. El artículo 133 del Código Penal salvadoreño establece que la persona que provoque un aborto y quien se lo realice tendrán una condena de dos a ocho años de prisión. Para las o los profesionales médicos que participen en la interrupción del embarazo la pena de cárcel es de 6 a 12 años, además de la inhabilitación profesional.
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