Excluye causales para acreditar el crimen
Por Anayeli García MartínezMéxico, DF, 14 ago 12 (CIMAC).- Jalisco se convirtió en la entidad número 16 en tipificar el feminicidio, luego de que hoy el Congreso local reformó el artículo 232 del Código Penal estatal a fin de castigar este delito con penas de 18 a 40 años de cárcel.
Con esta reforma se pretende hacer frente a los homicidios dolosos de mujeres, que según organizaciones civiles ascendieron a 83 de enero de 2009 a junio de 2010, lo que ubica al estado en el cuarto lugar con la más alta cifra de casos de feminicidio.
La iniciativa originalmente fue presentada por la diputada Olga Araceli Gómez Flores y el diputado Raúl Vargas López, ambos del Partido de la Revolución Democrática (PRD), sin embargo organizaciones civiles denunciaron que la propuesta era deficiente.
Tras un análisis, el 14 de mayo pasado la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó incluir el delito de feminicidio en el Código Penal estatal y castigarlo con una pena de 12 a 18 años de prisión, y de 20 a 40 años en caso de ser agravado.
Sin embargo en la sesión de hoy estuvieron presentes la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México, el colectivo Queremos Seguir Vivas, Agenda Feminista y Yocoyani A.C., a fin de vigilar que la iniciativa no fuera en detrimento de los derechos femeninos.
También acudieron activistas del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), organización civil que dio seguimiento a la propuesta y que advirtió de posibles retrocesos.
Guadalupe Ramos Ponce, integrante de Cladem, explicó que lograron que la reforma quedara casi completa tras una serie de modificaciones que se hicieron minutos antes de que el proyecto se presentara en el pleno, aunque afirmó que aún faltaron algunos elementos.
En Jalisco el tema resultó de trascendencia, pues la entidad se ubica atrás del Estado de México (309 casos), Sinaloa (125 casos) y Tamaulipas (103 casos), según datos el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), que también presenció la discusión legislativa.
Al final, en el artículo 232 del Código Penal estatal no se estableció como una condición de feminicidio que el cuerpo de la víctima quede expuesto en un lugar público, lo que es preocupante porque hay casos donde a las mujeres se les abandona en la calle, dijo Ramos Ponce.
En el dictamen se señala que comete feminicidio quien asesine a una mujer y a la vez haya realizado actos de violencia familiar, humillación, denigración, lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previas o posteriores a la muerte.
Asimismo se precisó que se considerará homicidio por razones de género si hubo privación de la libertad, si se cometió otro tipo de delito sexual y si hubo indicios de homofobia.
En la reforma al Código Penal estatal también se dejó en claro que quien cometa el delito de feminicidio no tiene derecho al beneficio de la libertad provisional bajo caución, ya que este delito se considera grave.
Ramos señaló que otros cambios positivos de último momento fue que para acreditar el delito se considerara como un factor si entre la víctima y el agresor hubo una relación familiar, de parentesco, laboral, docente o de confianza.
De acuerdo con un reporte elaborado por Cladem y el OCNF, en Jalisco en 2009 se documentaron 58 asesinatos dolosos de mujeres y para 2010 el número ascendió a 67, lo que –dijeron– era un incremento de 16 por ciento.
La activista dijo que las organizaciones civiles están contentas porque se dio el primer paso para visibilizar la violencia de género como un grave problema, no obstante dijo que no estarán satisfechas hasta no terminar de perfeccionar la reforma.
demodo que si algun sicopata o asesino serial mata a una mujer o muchas mujeres no se considera feminicidio, porque no proviene de una relación familiar, tst lo que hace el extremismo en aras de implantar sus ideas, para mi de acuerdo a las tecnicas juridicas esta reforma esta mal hecha por lo pobre de la tipificación
ResponderBorrar