Por Citlalli López, corresponsal
Oaxaca, 9 ago 12 (CIMAC).-
Con 35 votos a favor, el Congreso de Oaxaca aprobó las reformas al
Código Penal estatal que tipifican el delito de feminicidio, y lo
sancionan con 40 a 60 años de prisión.
Tras la modificación al
artículo 411 de esa normatividad, Oaxaca se convirtió en la entidad
número 15 en aprobar esta figura como delito penal, y la tercera con la
penalidad mínima más alta al igual que la del Estado de México y
Veracruz.
El dictamen presentado por la presidenta de la
Comisión de Equidad y Género, Ivonne Gallegos Carreño, durante la
sesión ordinaria de ayer, establece como homicidio por razones de
género “cuando la víctima presente signos de violencia sexual de
cualquier tipo; se le hayan infligido heridas, escoriaciones,
contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, mutilaciones con
implicaciones sexuales o que le generen sufrimiento”.
El delito
será considerado feminicidio cuando existan antecedentes o indicios
anteriores de amenazas, acoso o maltrato del sujeto activo en contra de
la víctima; el cadáver o restos de la víctima hayan sido enterrados u
ocultados, o el cadáver o restos de la víctima hayan sido expuestos en
algún lugar público.
Otros elementos son que la víctima haya
sido incomunicada o privada de su libertad, y que el crimen se cometa
por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o
misoginia.
El dictamen de las Comisiones Unidas de
Administración de Justicia y Equidad y Género define como misoginia a
las “conductas de odio contra la mujer que se manifiestan mediante
actos violentos o crueles contra ella”.
Si entre el feminicida y
la víctima existió una relación de parentesco por consanguinidad o
afinidad, adopción, matrimonio, concubinato, relación de convivencia,
noviazgo, amistad, laboral, docente, tutela o cualquier otra que
implique confianza, además de la pena que le corresponda, se le
impondrá hasta un tercio más de la penalidad establecida.
También
se impondrán hasta dos tercios más de la pena cuando el criminal se
encuentre en servicio o se haya desempeñado dentro de los cinco años
anteriores a la comisión del delito como servidor público integrante de
las corporaciones de seguridad pública, de las instituciones de
procuración e impartición de justicia o de las fuerzas armadas.
Según
datos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), de
enero al 31 de julio de este año se han registrado 38 casos de
feminicidio. En la región de Valle Central se perpetraron 8; Costa, 7;
Istmo, 4; Mixteca, 11; Cuenca, 2; Sierra Sur, 3; Sierra Norte, 1;
Cañada, 1, y Cuenca, 1.
La legisladora por el Partido Acción
Nacional Ivonne Gallegos sostuvo que el feminicidio es un delito
“pluriofensivo” porque afecta diversos bienes jurídicos, y además de
atentar contra la vida de las mujeres, vulnera derechos como la
dignidad, la integridad física, la libertad y la seguridad.
“Sobre
todo contra el derecho a la igualdad y no discriminación, pues la
naturaleza de esta conducta es motivada por el género de las víctimas,
es por esto que se requiere de una tipificación autónoma”, resaltó.
Será
la PGJE la que expida el Protocolo Especializado para la Investigación
del Delito de Feminicidio, dentro de seis meses contados a partir del
día siguiente a la entrada en vigor del decreto.
Las otras
entidades federativas que ya tipificaron el delito de feminicidio en
sus códigos penales son Guerrero, Estado de México, Guanajuato,
Tamaulipas, Morelos, DF, Veracruz, Tabasco, Baja California, Chiapas,
San Luis Potosí, Colima, Durango y Sinaloa.
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