8/10/2012

Tipifica Oaxaca delito de feminicidio

Por Citlalli López, corresponsal

Oaxaca, 9 ago 12 (CIMAC).- Con 35 votos a favor, el Congreso de Oaxaca aprobó las reformas al Código Penal estatal que tipifican el delito de feminicidio, y lo sancionan con 40 a 60 años de prisión.

Tras la modificación al artículo 411 de esa normatividad, Oaxaca se convirtió en la entidad número 15 en aprobar esta figura como delito penal, y la tercera con la penalidad mínima más alta al igual que la del Estado de México y Veracruz.

El dictamen presentado por la presidenta de la Comisión de Equidad y Género, Ivonne Gallegos Carreño, durante la sesión ordinaria de ayer, establece como homicidio por razones de género “cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; se le hayan infligido heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, mutilaciones con implicaciones sexuales o que le generen sufrimiento”.

El delito será considerado feminicidio cuando existan antecedentes o indicios anteriores de amenazas, acoso o maltrato del sujeto activo en contra de la víctima; el cadáver o restos de la víctima hayan sido enterrados u ocultados, o el cadáver o restos de la víctima hayan sido expuestos en algún lugar público.

Otros elementos son que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad, y que el crimen se cometa por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o misoginia.

El dictamen de las Comisiones Unidas de Administración de Justicia y Equidad y Género define como misoginia a las “conductas de odio contra la mujer que se manifiestan mediante actos violentos o crueles contra ella”.

Si entre el feminicida y la víctima existió una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, adopción, matrimonio, concubinato, relación de convivencia, noviazgo, amistad, laboral, docente, tutela o cualquier otra que implique confianza, además de la pena que le corresponda, se le impondrá hasta un tercio más de la penalidad establecida.

También se impondrán hasta dos tercios más de la pena cuando el criminal se encuentre en servicio o se haya desempeñado dentro de los cinco años anteriores a la comisión del delito como servidor público integrante de las corporaciones de seguridad pública, de las instituciones de procuración e impartición de justicia o de las fuerzas armadas.

Según datos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), de enero al 31 de julio de este año se han registrado 38 casos de feminicidio. En la región de Valle Central se perpetraron 8; Costa, 7; Istmo, 4; Mixteca, 11; Cuenca, 2; Sierra Sur, 3; Sierra Norte, 1; Cañada, 1, y Cuenca, 1.

La legisladora por el Partido Acción Nacional Ivonne Gallegos sostuvo que el feminicidio es un delito “pluriofensivo” porque afecta diversos bienes jurídicos, y además de atentar contra la vida de las mujeres, vulnera derechos como la dignidad, la integridad física, la libertad y la seguridad.

“Sobre todo contra el derecho a la igualdad y no discriminación, pues la naturaleza de esta conducta es motivada por el género de las víctimas, es por esto que se requiere de una tipificación autónoma”, resaltó.

Será la PGJE la que expida el Protocolo Especializado para la Investigación del Delito de Feminicidio, dentro de seis meses contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor del decreto.

Las otras entidades federativas que ya tipificaron el delito de feminicidio en sus códigos penales son Guerrero, Estado de México, Guanajuato, Tamaulipas, Morelos, DF, Veracruz, Tabasco, Baja California, Chiapas, San Luis Potosí, Colima, Durango y Sinaloa. 

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