Periodistas por el Respeto de los Derechos Sexuales y Reproductivos de la Juventud
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En comunidades indígenas el delito no se castiga
Especial | Flickr/Parpadear
Por: Citlalli López, corresponsal
Cimacnoticias | Oaxaca.- La lejanía de las instituciones de procuración de justicia con las comunidades indígenas y rurales, hace que en Oaxaca más de 90 por ciento de los casos de abuso sexual infantil y violación queden en el subregistro o que su “solución” sea negociada entre el victimario y la familia de la víctima.
Lo anterior ocurre con mayor frecuencia en comunidades indígenas y rurales, y cuando las niñas sufren una violación el delito llega a resolverse con el matrimonio, refiere Zoyla Ríos Coca, de la Clínica de Atención Psicológica y Terapias Alternativas (CAPTA).
Ríos Coca, quien brinda apoyo psicológico a personas en situación de crisis emocional por violencia de género, explica que en Oaxaca el abuso sexual infantil ocupa el segundo lugar dentro de los delitos sexuales, después de la violación contra mujeres y adolescentes, pero sólo el 1 por ciento de este delito es denunciado.
Cifras de la Subprocuraduría de Atención a Delitos por Razón de Género revelan que en 2011 fueron recibidas 586 denuncias por delitos sexuales, 220 por abuso sexual, en 53 casos correspondientes a niños y niñas.
En 9 casos, el responsable del delito fue el padre; en 6, el padrastro; 3, el presunto abusador fue el tío; en un caso, el abuelo, y en 34 casos estuvieron implicados el ex novio, vecino, amigo, profesor o niñera.
En 2012 se iniciaron 86 averiguaciones previas por abuso sexual y abuso agravado en menores de edad, de las cuales 87 por ciento (75 casos) corresponde a niñas y el 13 por ciento a niños.
El mayor número se concentra en menores de edad de entre 8 y 15 años; sin embargo se tienen registro de abuso en niñas desde un año de edad.
USOS Y COSTUMBRES: CARTA DE IMPUNIDAD
La situación es más preocupante en las comunidades indígenas y rurales, donde, incluso, el delito es normalizado con la justificación de los usos y costumbres.
“Muchas de las veces los casos no se conocen porque los ministerios públicos están a gran distancia, entonces la gente decide no denunciar”, expresa Zoyla Ríos.
Cuando la familia de la víctima determina ir a denunciar ante la autoridad municipal, siempre se concilia. Se le llama la atención al abusador o incluso la conciliación deriva en el matrimonio entre la víctima y el victimario, más aún si existe embarazo de por medio.
Las niñas o adolescentes que son obligadas a continuar su embarazo son sometidas a un constante maltrato físico y dan continuidad al círculo de pobreza en las comunidades.
“Mientras no se tenga la información y se crea que son comportamientos habituales o que son de usos y costumbres, difícilmente se va tener el acceso a la justicia de niñas, niños y adolescentes que son violentados sexualmente. Incluso no se tiene como visible este delito”, advierte la psicóloga.
Con base en su experiencia, Ríos Coca precisa que en las regiones Mixteca, Sierra Juárez y los Mixe, el abuso sexual y la violación no se contempla como un delito y cuando ocurre se argumenta “consentimiento de la víctima”.
INJUSTICIA LEGAL
En Oaxaca, el Código Penal estatal contribuye a que el abuso sexual infantil quede impune, toda vez que el delito tiene una penalidad más baja que el robo de ganado.
La norma castiga el robo de vacas, caballos, mulas y asnos con una pena de cuatro a siete años de prisión y multa de 30 a 100 días de salario mínimo. En caso de robo de más de cuatro cabezas de ganado, las penas aumentan hasta a 15 años de cárcel y 500 salarios de multa.
En cambio el “estupro” –cópula con persona mayor de 12 años y menor de 18, obteniendo su consentimiento por medio del engaño, cualquiera que haya sido el medio utilizado para lograrlo–, tiene una pena de tan sólo tres a siete años de prisión y una multa de 100 a 300 días de salario.
Hasta antes de 2010 en Oaxaca el abuso sexual infantil era castigado con penas de dos a cinco años de prisión y multa de 50 a 200 días de salario mínimo.
Hoy se sanciona con una pena agravada de cinco a 10 años de prisión y multa de 200 a 600 días de salario mínimo, sin que se conceda el beneficio de la preliberación.
Este delito tiene agravantes cuando quien lo comete es el padre o madre de la víctima, cuando es el padrastro o cuando es tutor o tutora. Así como cuando las personas, valiéndose de su jerarquía, abusen de las y los niños, llámese profesor o profesora.
En 2010 el Congreso local aprobó que los delitos de abuso sexual se volvieran imprescriptibles. Con tal modificación se puede castigar al victimario sin importar los años que hayan transcurrido.
EDITAN MANUAL CONTRA EL DELITO
Zoila Ríos Coca y Rosario Sánchez Pacheco elaboraron la historieta “A.S.I. (Abuso Sexual Infantil) no se vale”, en una especie de manual para niñas y niños para prevenir este crimen y ayudar a las madres y padres a abordar el tema con sus hijas e hijos.
El seguimiento estadístico realizado por las autoras revela que en 90 por ciento de los casos, el delito es cometido por personas conocidas, principalmente el padre de familia, después la pareja de la madre, el abuelo, el hermano y los tíos. Fuera del hogar quienes más cometen este delito son las y los docentes.
Por temor o por el impacto emocional que causa este flagelo, tanto en la víctima como en la madre, en promedio el delito se denuncia luego de seis meses y hasta más de 10 años después de cometido.
“Hemos encontrado que socialmente muchos de los casos que ocurren en las y los niños no son denunciados por falsos mitos y estigmas respecto de lo que ocasionaría en su orientación sexual. En el caso de las niñas la idea es que, como mujeres, vinieron a sufrir y a ser violadas, entonces socialmente es más fácil que aceptes que a tu hija la violaron”, señala Ríos Coca.
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