Miguel Concha
Tras
un largo recorrido en la Cámara de Diputados y el Senado, el pasado
viernes 7 de febrero el titular del Ejecutivo federal promulgó
finalmente el decreto de reforma que modifica 10 artículos
constitucionales en materia de transparencia, con los que se consolidan
demandas formuladas de tiempo atrás por un grupo importante de
organizaciones civiles y especialistas en la materia.
Son varias las voces que aplauden la reforma y se refieren a ella
como un avance histórico en materia legislativa. Sin embargo, lo cierto
es que en aras de construir un verdadero y eficaz sistema nacional de
rendición de cuentas, en el que principalmente se garantice el derecho
que tiene cualquier persona de acceder a la información que generan los
gobernantes y funcionarios, con el fin de generar bienestar social y
fomentar la participación ciudadana, significa una oportunidad para
transformar muchos de los vicios de la gestión pública. Aunque ahora
toca poner el acento en su materialización, ya que sobresalen algunos
pendientes, incertidumbres y retos.
Señalemos primero algunas de las implicaciones que dicha reforma
trae consigo. La autonomía constitucional del órgano garante del
derecho de acceso a la información y protección de datos personales
incrementará sin duda su margen de acción, pues ya no dependerá
directamente de la administración pública federal.
La competencia que se le otorga para revisar las resoluciones de los
órganos garantes autónomos de las entidades federativas, brindará
igualmente a las personas la posibilidad de que los principios de
certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, transparencia y
máxima publicidad se apliquen con firmeza en la resolución de sus
solicitudes, escapando con ello a la resistencia estatal y municipal de
transparentar sus decisiones. En adelante, no sólo los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial estarán obligados a rendir cuentas y
serán objeto de la competencia del órgano garante, sino también los
demás órganos autónomos, los partidos políticos, los fideicomisos, los
fondos públicos, los sindicatos y cualquier persona física o moral que
reciba recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito
federal, con el fin de saber en qué se gasta cada peso que reciben.
Las resoluciones que el Instituto Federal de Acceso a la Información
y Protección de Datos (Ifai) emita, serán en adelante también
definitivas e inatacables, con la única excepción del Consejero
Jurídico de la Presidencia de la República, por supuestos motivos de
seguridad nacional. Al Ifai se le incorporarán ahora dos comisionados
más, llegando a siete el número de los integrantes del cuerpo colegiado
máximo del Instituto, en el que también se procurará la equidad de
género, y cuya designación estará abierta a la participación ciudadana,
mediante una consulta previa realizada por el Senado. En adelante, el
IFAI contará también con un mecanismo de control ciudadano, un Consejo
Consultivo cuya conformación está pendiente de definirse en la ley
secundaria.
No
obstante, para que todo lo anterior se cumpla, es necesario que se
disipen dudas respecto a quiénes de las y los comisionados actuales
permanecerán en el cargo, una vez que se cumplan los 10 días que el
Senado de la República tiene para dar respuesta a quienes presenten su
petición formal, y cuyo plazo empezará a correr a partir del próximo
lunes. Por otro lado, no se han establecido todavía los procedimientos
de designación de los comisionados, y es además imprescindible que en
su elección se tome en cuenta el conocimiento probado que tengan con
respecto al tema, pues existe el riesgo de que los partidos políticos
negocien la designación de los puestos atendiendo a criterios parciales.
Tienen también que definirse con prontitud los procedimientos para
acceder a la información de los nuevos sujetos obligados, así como el
tratamiento que se dará a las personas físicas y morales que reciben
recursos públicos, como es el caso de las organizaciones civiles, que
desde ahora están sujetas al régimen de transparencia. Asimismo, la
nueva estructura institucional se seguirá enfrentando a los viejos
retos de la rendición de cuentas, como la heterogeneidad de las leyes
estatales, que tendrán que iniciar un proceso de armonización con las
modificaciones constitucionales y las que se integren a la nueva Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental.
Otra de las principales áreas de oportunidad que hay que atender es
la promoción del derecho de acceso a la información, ya que allí está
la clave para construir una institución que sirva a las personas. Ésta
debe estar orientada en dos sentidos. Por un lado hacia las personas en
las entidades federativas, zonas rurales y marginadas, porque queda por
delante mucho trabajo que hacer para descentralizar el ejercicio de ese
derecho. Y, por el otro, con las y los servidores públicos, que
desconocen lo que implica el acceso a la información pública como
derecho humano. Ello contribuirá a cambiar la lógica gubernamental, que
considera a la información pública como propiedad de quienes la generan.
En suma, la construcción de este nuevo Sistema Nacional de Rendición
de Cuentas requerirá necesariamente de una participación ciudadana
activa, vigilante de las acciones y decisiones que tomen quienes dicen
ser sus representantes. Se espera además que las nuevas disposiciones
sobre el derecho de acceso a la información y a la protección de datos
personales fortalezcan la exigibilidad de otros derechos humanos, y
siembren en la práctica las bases para construir una relación distinta
entre el Estado y la sociedad.
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