Madrid, 21 de julio. 16. AmecoPress/Tribunafeminista.- La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha decidido revocar el archivo de la denuncia contra la jueza María del Carmen Molina, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vitoria. Dicho archivo fue decisión del Promotor de la Acción Disciplinaria, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, tras las denuncias interpuestas por las presidentas de la Asociación Clara Campoamor, la Asociación de Mujeres Amparo Poch y la Subcomisión de Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía Española.
La
Comisión acordaba, en una reunión del pasado 7 de julio, comunicar al
Promotor de la Acción Disciplinaria que debía proceder a la incoación de
expediente disciplinario en relación a los hechos objeto de la
diligencia informativa 198/2016, por si pudieran ser constitutivos de la
infracción grave prevista en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial o bien de la leve contenida en el artículo 419.2 de la
misma norma (en ambos casos, trato desconsiderado).
El 13 de junio
de 2016, el Promotor de la Acción Disciplinaria acordó el archivo de la
diligencia informativa al entender que la actuación de la magistrada no
podía suponer reproche disciplinario alguno. Se archivaba entonces la
denuncia que la Asociación Clara Campoamor presentó contra una juez de
Vitoria que en el interrogatorio a una víctima de violencia de género le
preguntó si había cerrado bien las piernas para tratar de evitar que
fuera violada. Blanca Estrella Ruiz, presidenta de la asociación, se
mostraba totalmente en desacuerdo por la resolución adoptada por el
órgano de Gobierno de los jueces.
Fonseca-Herrero dio crédito
total a los argumentos de la magistrada, aseguró que las expresiones y
preguntas estaban sacadas de contexto y que en ningún caso suponían una
“desconsideración con la víctima”. La asociación Clara Campoamor, sin
embargo, denunciaba el trato ejercido por la Magistrada contra la
víctima de la agresión sexual y violencia de género, a la que preguntó
reiteradamente “si opuso resistencia a las agresiones”, e incluso fue
más lejos, llegando a preguntarle textualmente: “¿Cerró bien las
piernas, cerró toda la parte de los órganos femeninos?”. Para la
Presidenta de la Asociación esta pregunta es “ofensiva, degradante y
humillante”, y carece del mínimo rigor profesional y ético para con la
víctima.
Ahora, la Comisión Permanente ha acordado revocar el
archivo de la diligencia informativa y ordenar la incoación de
expediente disciplinario de conformidad con el artículo 608.3 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, que establece que “la Comisión Permanente
también podrá, de oficio, ordenar al Promotor de la Acción Disciplinaria
la iniciación o continuación de un expediente disciplinario”.
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