¿Quién en su sano juicio quiere regresarle al órgano político del gobierno en turno el control de los contenidos en una democracia?
Se recordará usted que a finales de enero la Consejería Jurídica
de la Presidencia de la República, junto con la Cámara de Senadores
interpusieron acciones de inconstitucionalidad en contra de los
Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias, aprobados
por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), además
de impugnar los artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión (LFTR) referentes a esos derechos y la facultad del
regulador para tutelarlos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) las aceptó y de manera desatinada el IFT suspendió su aplicación
esperando a que la Corte resuelva.
Pues bien, pasando por encima de este proceso y sin esperar a que la
SCJN tome una resolución, los diputados Clemente Castañeda Hoeflich de
Movimiento Ciudadano (MC) y Federico Döring Casar del Partido Acción
Nacional hicieron propuestas de modificaciones a la ley que
prácticamente tiran por la borda los derechos de las audiencias, los
principios básicos de pluralismo y de servicio público de la
radiodifusión reconocidos en la constitución.
El primero propuso derogar la distinción entre información y opinión,
mientras el segundo propuso quitarle atribuciones al IFT para tutelar
los derechos, transfiriéndoselas a la Secretaría de Gobernación,
suprimió el derecho de acceder a recibir información plural y deja que
sean los radiodifusores mediante la autorregulación quienes velen por
los derechos de las audiencias.
El martes 5 de abril en lo que se puede calificar como un albazo
legislativo, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados
encabezada por Lía Limón García del Partido Verde Ecologista de México,
apresuró la aprobación del Dictamen pese a los reclamos de diversos
actores por abrir un debate serio y público antes de su votación en la
Comisión. Fue así que en lo oscurito y de espaldas a la sociedad se
consumo una regresión a los derechos de millones de personas. El
diputado Virgilio Caballero del Movimiento de Regeneración Nacional
(MORENA) reclamo y denuncio que la sesión fuera a puerta cerrada, sin
siquiera permitir la entrada al Canal del Congreso, medio público cuyo
deber es informar a la ciudadanía del trabajo legislativo.
El Dictamen fue aprobado por 14 votos a favor por parte del PAN, PRI,
PVEM, dos votos en contra de MORENA, uno de MC y una abstención del
PRD. Sus implicaciones son graves y es una contrarreforma con tintes de
regresión autoritaria. Veamos.
Información y opinión
Aunque los diputados del MC se deslindaron de la probación del
Dictamen y se defendieron diciendo que ellos sólo habían propuesto
derogar el artículo que dispone que se diferencie con claridad la
información noticiosa de la opinión de quien la presenta, supuestamente
para proteger la libertad de expresión, lo cierto es que hay mucho más
de fondo.
Es común que los radiodifusores utilicen la venta de propaganda
política bajo el manto de información noticiosa o de opinión con lo que
se consuma un engaño a las audiencias, pues al final es publicidad
engañosa que esta prohibida por la Constitución. La medida tiene como
fin último proteger un millonario negocio de mercado negro de publicidad
encubierta, existen numerosas evidencias al respecto que han sido
permanentemente denunciadas.
Derechos y autorregulación
La iniciativa del diputado Döring es mucho peor, pues de un plumazo
pretende suprimir de la ley que la radiodifusión debe de garantizar a la
población los beneficios de la cultura y la preservación de la
pluralidad de acuerdo al artículo 3º de la Carta Magna. Al eliminar el
concepto de pluralidad se afecta también la posibilidad de que los
contenidos de los pueblos indígenas aparezcan en medios de
radiodifusión, inclusive se deroga la mención de que el servicio público
de radiodifusión se preste en condiciones de competencia y calidad.
Estas supresiones van en contra del principio constitucional que
determina que la radio y la televisión son servicios públicos de interés
general.
Haciéndose eco de las acciones de inconstitucionalidad de la
Presidencia de la República, también pretende quitarle atribuciones al
IFT para proteger los derechos de las audiencias como lo determina el
mandato constitucional (regular, promover y supervisar la prestación de
los servicios de radiodifusión). El Diputado Döring sustituye la
atribución de tutela
por la autoregulación de los radiodifusores y la facultad de
sancionar a la Secretaría de Gobernación. Además los radiodifusores
podrán hacer sus Códigos de Ética como mejor les parezca, designar a los
defensores de la audiencia de acuerdo a sus criterios, confinándolos a
ser sus meros empleados.
Es sintomático que en su exposición de motivos de su iniciativa este
diputado refiera solamente a actores de la industria de radiodifusión
nacionales e internacionales, dueños de medios, periodistas, opinadores
que trabajan para los medios privados y otros actores defensores de los
intereses de ese sector; vaya, hasta incluye varios preceptos de
estándares internacionales de libertad de expresión, pero de manera
tramposa, pues dichos estándares reconocen que tanto la libertad de
expresión como el derecho a la información plural son indivisibles e
interdependientes en sus dimensiones individual y colectiva, y es en
esta última donde recaen los derechos de las audiencias.
El hecho de que pretenda que sea sólo la SEGOB la instancia para
sancionar las violaciones a los derechos de las audiencias nos regresa
décadas ¿quién en su sano juicio quiere regresarle al órgano político
del gobierno en turno el control de los contenidos en una democracia?
Los diputados que aprobaron el Dictamen están jugando con fuego ¿se
piensan que siempre van a gobernar sus aliados? ¿a qué intereses
responden a los de la mayoría o a los de un puñado de privados de la
radiodifusión? Se olvidan de que muchas de las disposiciones que quieren
suprimir en la LFTR tienen su fundamento en la constitución, por lo
tanto sancionaron en contra de ésta.
Lo que es también una vergüenza es la opinión “técnica” del defensor
del Canal del Congreso Jorge Islas, quien ha trabajado para Televisa,
que justifica la derogación de los derechos de las audiencias bajo
argumentos francamente enclenques. Si eso opina el defensor de este
canal ya podemos evaluar su desempeño para “defender” a su público.
¿Porqué la Comisión no pidió también la opinión de otros defensores de
audiencia?
La premura, acordar en lo oscurito, aprovechar la coyuntura
electoral, son episodios que ya vimos con la llamada Ley Televisa. La
clase política vuelve a utilizar las instituciones del Estado para
privilegiar a una élite.
En tanto la discusión pública se atiza, la respuesta del IFT ha sido
lenta y tibia ante los embates de sus atribuciones y autonomía. Esa
misma conducta tuvo cuando se aprobó la LFTR que le disminuyó sus
facultades y la mayoría de su Pleno se negó a interponer una
controversia constitucional para defenderlas, por lo que de concretarse
este atropello en el congreso se ve poco probable que tenga una acción
contundente al respecto.
Ese dictamen se entromete indebidamente al tratar de madrugar al
poder judicial que mediante la SCJN tiene que realizar el control
constitucional para determinar la validez del marco jurídico impugnado.
Es lamentable que el poder legislativo sea incapaz de ser un
contrapeso al gobierno federal que quiere recuperar para sí las
atribuciones de regulación del sector como en los viejos tiempos más
autoritarios, que se preste al control de las instituciones del Estado,
permitiendo su captura por parte de particulares.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario