Incumplen con tareas de vigilancia y regulación de yacimientos
Por Guadalupe Cruz Jaimes
México DF, 19 ene 11 (CIMAC).- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) acusó a las secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS) de violar los derechos humanos de los trabajadores siniestrados en el pozo minero “Ferber”, en la región carbonífera de Coahuila, al incumplir con sus tareas de vigilancia y regulación del yacimiento.
En la recomendación 085/2010, emitida por la CNDH el pasado 21 de diciembre, el organismo autónomo señala que debido a su negligencia, dichas autoridades son responsables de la muerte del minero Juan Ramón Flores Juárez y el daño físico y emocional de los sobrevivientes del siniestro, ocurrido el 11 de septiembre en el pocito “Ferber”.
Lo anterior, lo informaron integrantes de la Organización Familia Pasta de Conchos (OFPC), quienes hace trece meses presentaron la queja ante la CNDH, durante la misa que celebran cada mes desde la tragedia registrada en Pasta de Conchos, el 19 de febrero de 2006, en la que fallecieron 65 mineros, los restos de 63 de ellos permanecen en el yacimiento.
En el documento, la CNDH acusó a la STPS y a la SE de violar “los derechos humanos a la legalidad y a la seguridad jurídica, en agravio de Juan ramón y de los demás trabajadores de la mina Ferber, por actos consistentes en la prestación indebida del servicio público, atribuibles a servidores públicos” de ambas dependencias.
La recomendación “se agrava” porque en ella, la SE negó la existencia de dicho pozo minero, cuya concesión está a nombre de “Constructora Ferber”, a pesar de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene un registro de que de 2006 a la fecha, se registraron 24 accidentes de trabajo en esa mina.
En el documento, la CNDH acusa que la STPS además de no cumplir con “eficiencia y oportunidad” con las funciones de inspección en materia de seguridad e higiene, establecidas el reglamento y norma en la materia, “ha dejado de atender con prontitud las recomendaciones” emitidas por ese organismo.
Tan sólo en el caso del siniestro en Pasta de Conchos, la CNDH dirigió dos recomendaciones a la STPS, una en 2006 y otra en 2008, que no ha cumplido.
Por ello, la OFPC llamó a ambas dependencias a “aceptar cuanto antes y sin reserva” la recomendación 085/2010, que consta de 9 recomendaciones especificas para la STPS y 5 para la SE.
Entre los señalamientos, la CNDH señala que se debe indemnizar y reparar el daño ocasionado a la familia de Juan Ramón Flores Juárez, y a los veinte sobrevivientes del siniestro en el “Ferber”, dos de ellos menores de edad.
También indica que las secretarías tienen que llevar a cabo acciones “preventivas y eficaces” que mejoren las condiciones de seguridad, higiene y salud en las que laboran los mineros de la región carbonífera de Coahuila.
Durante la eucaristía, Manuel Fuentes Muñiz, asesor legal de la OFPC, manifestó que si las autoridades no atienden estas medidas, continuará la muerte de los trabajadores del carbón, que con el deceso de Juan Ramón suman 41 fallecimientos, registrados después del siniestro en Pasta de Conchos.
Añadió que además de las acciones, cuya finalidad es la no repetición de los hechos, la reparación del daño debe ser conforme a los criterios que estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en un caso similar.
Cabe mencionar que Oralia, viuda de Juan Ramón, recibe una pensión de 2 mil 300 pesos mensuales, para la manutención de sus tres hijos, todos menores de edad, denunció Fuentes Muñiz.
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