6/03/2011

Respuesta a Juan Molinar


Emilio Álvarez Icaza

El próximo domingo 5 junio se cumplirán dos años de la tragedia, prevenible y, por tanto, evitable, del incendio de la guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, que costó la vida a 49 niños y niñas y dejó más de 100 infantes lesionados. El tiempo pasa y la tragedia continúa, como extraordinariamente reportaron Thelma Gómez y Luis Cortés ayer en EL UNIVERSAL. En realidad, el daño trasciende a las víctimas directas, afecta a toda la sociedad el escandaloso mensaje de impunidad que se manda por el estado que guardan las investigaciones, incluida la resolución de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre este caso.

Lo anterior provocó el Juicio Ciudadano al Estado Mexicano, realizado el pasado domingo 29 de mayo en el Zócalo de la ciudad de México. De hecho, es el tercero en su tipo, ya antes se realizaron juicios ciudadanos contra los dueños de la guardería y contra el estado de Sonora. Sobre el evento del domingo escribió ayer, también en EL UNIVERSAL, Juan Molinar Horcasitas, ex director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Lo que escribió merece atención. El texto del “sentenciado” es en sí mismo una confesión. Queda claro que para él niños y niñas no son sujetos de derechos, se refiere como si sólo los adultos tuvieran derechos.

Es una clara expresión, como lo hizo también la Suprema Corte de Justicia (con muy honrosas excepciones, como el ministro Arturo Zaldívar), de que la aplicación y entendimiento del interés superior del niño está lejos de ser una realidad en México, o por lo menos en lo que a este caso se refiere y al del Instituto San Felipe, en Oaxaca.
Al “sentenciado” debe quedarle claro que lo primero que merecen las familias afectadas es justicia, más que expresiones de solidaridad de funcionarios cuyas decisiones a lo largo de su encargo los involucran en lo hechos. Sólo para muestra de lo anterior se puede revisar el excelente artículo de Miguel Carbonell, dando muestra del estado grave de incumplimiento de requisitos de funcionamiento que reportaban las guarderías subrogadas por el IMSS poco después de la tragedia. Como se espera en cualquier democracia, Molinar debió renunciar a su puesto de secretario como una muestra mínima de dignidad, respeto y de que no usaría el cargo para litigar en su beneficio, convirtiéndolo en un asunto limítrofe al conflicto de intereses, si no es que de pleno conflicto.

Es más, por elemental lealtad a su jefe, el presidente Calderón, debió librarlo de la responsabilidad y costo de que él tuviera que tomar la decisión sobre la permanencia o no en su cargo.
Lo anterior supone una alta convicción ética y parece no ser el caso. Cuando el cinismo y el pragmatismo son las normas que guían la conducta, como es el caso del “sentenciado”, difícilmente habrá Estado democrático de derecho o ley que ponga límite. Cuando la lógica del desempeño en la función pública parece estar basada en el cálculo político-electoral, como es el caso, y no en la protección de los derechos que como representante estatal se está obligado a garantizar, no sólo queda en duda la credibilidad, confianza y legitimidad del funcionario, sino que se tiene que alertar a la sociedad para intentar evitar que en el futuro tengamos servidores públicos como el “sentenciado”. Estos son parte de los razonamientos que llevaron al juez ciudadano del caso, quien esto escribe, a dictar la “sentencia” ciudadana con base en las pruebas presentadas y el veredicto del jurado: “Es indispensable remarcar la responsabilidad ética ineludible de los titulares de las instituciones declaradas culpables, en su carácter de representantes de instituciones del Estado mexicano, con independencia de otro tipo de responsabilidades a las que haya lugar... se condena a Juan Molinar Horcasitas y a Daniel Karam Toumeh a un mes de trabajo comunitario por cada niño o niña que perdió la vida y/o resultó lesionado en una guardería pública, en atención directa a los infantes.

Esto es, 153 meses, equivalente a 12 años con nueve meses de servicio comunitario. Por la gravedad de los hechos, quedan inhabilitados para desempeñar cualquier cargo público y/o de representación en los tres niveles de gobierno por un periodo de 20 años”. Quien esté interesado en ver la sentencia completa, así como materiales adicionales de éste y los otros juicios puede consultar la página:
www.movimiento5dejunio.org.

Ahora bien, el “sentenciado” está en todo su derecho de estar en desacuerdo con la “sentencia” ciudadana. En atención al debido proceso, le propongo que apele y que vaya a la segunda instancia ciudadana. Que en una nueva sesión del Juicio Ciudadano en el Zócalo capitalino exponga ante un Tribunal Ciudadano (integrado por Magistrados Ciudadanos nombrados de común acuerdo con los representantes del Movimiento por la Justicia 5 de Junio) sus argumentos, y que ellos o ellas revisen la “sentencia” ciudadana. Por mi parte, me quedo con lo dicho por un padre de familia que perdió a su hijo en la tragedia, que con lágrimas en los ojos me agradeció a nombre de su hijo y dijo que seguirá luchando para que esto no se repita y que otras personas no sufran lo que él y su esposa. De hecho, él y otros, que no el IMSS, promueven la “ley 5 de junio”, Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil —aprobada ya por el Senado—, como una garantía de no repetición. *Ex ombudsman capitalino

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