Pendiente en la SCJN recurso contra reforma antiaborto
Por Lucía Lagunes, enviada
San Luis Potosí, SLP, 29 abr 11 (CIMAC).- En 2009 San Luis Potosí (SLP) tuvo 28 defunciones por muerte materna (MM), 87.5 por ciento de ellas contó con asistencia médica, en 100 por ciento de los casos el certificado lo otorgó un médico, y 14.3 por ciento de las mujeres fallecidas era menor de 19 años, informa el Observatorio de Mortalidad Materna en México.
De acuerdo con los índices de Desarrollo Humano del Fondo de Población de Naciones Unidas, esta entidad federativa ocupa el quinto lugar en mortalidad materna en la República Mexicana, siendo el aborto inseguro una de las causas de estas defunciones.
En 2009 SLP fijó un precedente en la lucha por los derechos de las mujeres en México. Fue la primera entidad federativa que a través del Congreso local llevó un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma al artículo 16 de la Constitución estatal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el 5 de octubre de ese año y cuya resolución aún está pendiente en la Corte.
En un acto realizado el 13 de octubre de 2009, organizaciones de la sociedad civil y académicas emitieron una declaratoria por los Derechos Humanos de las mujeres de SLP y ofrecieron su apoyo a la diputada local Beatriz Benavente Rodríguez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género del Congreso estatal, por haber impulsado el recurso de inconstitucionalidad.
Meses antes, como parte de una estrategia de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) para “proteger la vida” desde el momento de la concepción-gestación y criminalizar el aborto en 17 entidades federativas de la República Mexicana, el Congreso local aprobó el 21 de mayo de ese año una reforma a la Constitución estatal.
Con las modificaciones, el artículo 16 ahora señala que “el Estado de San Luís Potosí reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que la respeta y protege desde el momento de su inicio en la concepción”. La reforma fue publicada en el Periódico Oficial del gobierno del estado el 3 de septiembre de 2009.
La iniciativa fue aprobada en Comisiones por la mayoría panista, con el voto en contra de las diputadas del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Guadalupe Almaguer y Guadalupe Castro; y del Partido del Trabajo (PT) Esther Angélica Martínez y José Belamares.
El Congreso local que la aprobó tenía mayoría de legisladoras y legisladores del PAN, con 15 curules; seguido del PRI, con 5 diputadas y diputados, y el PRD con tres. El PT con dos legisladores, y los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Conciencia Popular (PCP) con un legislador cada uno.
El Congreso local informó en su momento que la reforma se dio en un “debate” entre las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, presidida por Sonia Mendoza Díaz, y la de Derechos Humanos, Equidad y Género, presidida por Vicente Toledo Álvarez, ambos del PAN.
A pesar de las modificaciones a la Constitución estatal, el Código Penal de SLP permite la interrupción legal del embarazo en algunas causales de acuerdo con la última actualización del 30 de septiembre del 2000.
El artículo 130 del Código Penal estatal señala que la interrupción legal del aborto se permite cuando el embarazo es causa de violación; el aborto es provocado accidentalmente (o, como dice la ley, por "acción culposa"); el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer y cuando el embarazo es producto de una inseminación artificial “indebida”.
Cuando sea por violación o inseminación indebida “no se requerirá sentencia ejecutoria… sino que bastará con la comprobación de los hechos”.
El 21 de octubre de 2009, 29 mujeres de SLP presentaron amparos ante el Juzgado Tercero de Distrito de la entidad para impugnar la reforma constitucional con el argumento de que viola su derecho a la maternidad libre y voluntaria.
El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) señaló en su momento que con la admisión de los 29 amparos el Congreso potosino deberá explicarle a la justicia federal por qué modificó la Constitución estatal violentando derechos básicos de las mujeres como derecho a la vida, a la protección de la salud, a la autonomía reproductiva y a la libertad de conciencia.
Esta información será presentada mañana en el taller “Por una maternidad libre y voluntaria” que se llevará a cabo con periodistas y profesionales de la comunicación, como parte de la Campaña Regional que lleva el mismo nombre y se promueve desde 2010 en 18 entidades federativas de la República Mexicana y cuatro países de Centroamérica (Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador).
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