4/28/2011

¿Seguridad sin derechos?





Adolfo Sánchez Rebolledo

Gran malestar han producido las rectificaciones de última hora contenidas en el llamado predictamen de las comisiones de la Cámara de Diputados sobre la Ley de Seguridad Nacional aprobada por el Senado. Preocupa, de entrada, el modo como el grupo mayoritario de la bancada priísta ata y desata a su antojo acuerdos convenidos dentro de su partido o con otras fuerzas sociales o parlamentarias para satisfacer, según la opinión generalizada, las negociaciones del gobernador del estado de México (que sin ir a las urnas ya se siente presidente) con el gobierno federal y los grandes poderes fácticos, como el Ejército, la Iglesia católica y la patronal que reclama nuevos privilegios en el mundo laboral. La característica común a esos esfuerzos es que se trata de iniciativas dictadas para fortalecer los intereses particulares sobre las necesidades colectivas. Presentadas como respuestas a urgencias estructurales, el reformismo del que se vanagloria la representación del PRI sigue en la lógica calderonista de parchar el sistema con remiendos de todo tipo, sea en el ámbito de la economía o en la mediocre reforma política que, por ejemplo, pretende abrir las puertas a las candidaturas ciudadanas sin redefinir el régimen de partidos ni pensar en las alternativas de financiamiento o en los mecanismos para proteger las elecciones del contexto de criminalidad y violencia que las rodea.

Pero es justamente en el último intento de pasar la Ley de Seguridad Nacional donde se hizo más evidente ese juego oscuro. Rectificando al Senado, el texto que circula como predictamen deja fuera los controles democráticos que éste había incluido tras una larga y compleja deliberación, la cual tuvo en cuenta, hay que decirlo, las legítimas urgencias expresadas por los altos mandos de las fuerzas armadas, pero también la protección más amplia de los derechos ciudadanos, puestos en peligro continuo por la escalada de violencia que asuela al país. Se cumplía así –y esto no es menos importante– con las recomendaciones hechas a México por organismos internacionales pertenecientes a las Naciones Unidas. Sin embargo, inesperadamente, como ha sido oportunamente denunciado mediante una carta abierta a los diputados por numerosas organizaciones e instituciones interesadas en la protección de los derechos humanos, el predictamen echa abajo los delicados acuerdos del Senado, sustituye arbitrariamente conceptos aprobados por consenso y, lo peor, abre las puertas a una interpretación de la seguridad nacional que sólo es compatible con el funcionamiento de un orden autoritario donde priva la discrecionalidad del Presidente sobre las garantías que la Constitución le otorga a los ciudadanos. Según los autores de la carta, el predictamen significa un retroceso en tres asuntos capitales: 1) la regularización de la participación de la fuerza armada permanente (FAP) en labores que constitucionalmente no le corresponden; 2) la criminalización de la protesta social pacífica, la defensa de los derechos humanos y el ejercicio de la libertad de expresión; y 3) la ausencia de controles democráticos sobre la actuación de la FAP en la atención a supuestas afectaciones a la seguridad interior, lo que se refleja en la aplicación extensiva de la jurisdicción militar a delitos constitutivos de violaciones de derechos humanos de civiles, y la ausencia de mecanismos de monitoreo y fiscalización por parte del Congreso, el Poder Judicial y los organismos públicos autónomos”.

En su afán de rectificar la minuta del Senado, las formulaciones contenidas en el dictamen multicitado llegan al extremo de articular una serie de excepciones penales que, en definitiva –aseguran las asociaciones de derechos humanos– redundaría en la criminalización de conductas que no son delictivas, tales como la protesta social pacífica, la defensa de derechos humanos o el ejercicio del periodismo. Así, concluye la carta, el Estado mexicano ha dado pie al establecimiento de un universo paralegal constituido por normas de excepción, de las cuales haría parte la LSN de ser aprobada en los términos del predictamen.

La gravedad del asunto ya ha dado pie a la protesta de los grupos ciudadanos que han alzado la voz para reclamar el derecho de todos a vivir en paz, pero también ha suscitado el rechazo de políticos como el senador Labastida, quien recalcó que los senadores de su partido no pueden avalar un proyecto de ley que avanza hacia un régimen policiaco-militar (ver La Jornada, 26/04/11). Y es que la propuesta surgida en la Cámara de Diputados está diseñada para concentrar las decisiones en el Presidente sin necesidad de acudir a las instancias legislativas o judiciales. Bien lo ha dicho el investigador Fernando Escalante: Obviamente, lo que más preocupa del proyecto de ley, y digo yo que con razón, es que se excluya explícitamente al Congreso. Según lo quiere la iniciativa, no hace falta la autorización del Legislativo para el despliegue del Ejército cuando esa situación está geográficamente localizada y no afecta de manera directa a todo un estado o región; y cuando se pueden escalar opciones de atención, antes de recurrir al expediente de la suspensión o restricción de derechos humanos y sus garantías. O sea que se puede prescindir del Congreso siempre que se quiera. Pero no se entiende por qué.

Sorprende el irrespetuoso desaseo del proyecto negociado por una parte del PRI con la Presidencia. Transluce desesperación, un sentido de la urgencia que no acepta la reflexión serena hacia el futuro. Una vez decidido que el camino es la confrontación violenta con los grupos delincuenciales sencillamente se afilan las armas pero no se reconduce la estrategia. Convierte lo pasajero en permanente y, lejos de atender los problemas inéditos de la situación, proyecta sobre ellos sombras ominosas del pasado. Flaco favor le hacen a las fuerzas armadas. Miguel Concha, en artículo publicado aquí el sábado, muestra con claridad el grado de ofuscación conceptual del predictamen, al manejar –escribe Concha– “una concepción belicista de la paz… es decir, una concepción de la guerra como mal necesario, que se va deslizando a una concepción de la guerra como guerra justa, e incluso como guerra legítima y legal. Y todo ello sin haber reconocido en la Constitución el derecho explícito de la ciudadanía a la paz, y la obligación de garantizarla por parte del Estado, como ha sucedido ya en Colombia, y sin tomar en cuenta las mínimas prevenciones que establecen los Convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales, para proteger a los civiles en conflictos armados, no sólo entre estados, sino también al interior de ellos”. Y ¿mientras tanto?


Rosario Ibarra
Manifiesto

Con las reformas a la Ley de Seguridad Nacional se busca legalizar lo que hasta ahora se ha hecho y se está haciendo fuera del marco constitucional: utilizar al Ejército mexicano en labores de Seguridad Pública. Vincular esas labores con la seguridad nacional es un sofisma para justificar que sea el Ejecutivo el que disponga a su antojo de las Fuerzas Armadas, aun en tiempo de paz, hecho que contraviene flagrantemente lo que dice el artículo 129 constitucional.No es necesario razonar mucho para saber cuáles son y serán las consecuencias de mantener a las Fuerzas Armadas como parte toral de la “necesaria lucha contra la delincuencia organizada”; la violencia y la inseguridad no sólo no ceden, sino que se incrementan al paso del tiempo, con su caudal de violaciones a los derechos humanos.

El pueblo se encuentra así, “en el peor de los mundos posibles”, temeroso y padeciendo la violencia de los grupos criminales, “a los que las autoridades por una conducción estulta no pueden contener...”, pero también —y es preciso decirlo— sufriendo los abusos y la corrupción perennes de la autoridad que debería de protegerlo.Estas reformas pretenden institucionalizar lo que hemos venido diciendo desde hace ya más de cuatro años: un Estado militarizado (con claros tintes “pinochetianos”), mal conducido, en el que no se soluciona el terrible problema de la inseguridad y en el que se atropellan cotidianamente las libertades públicas.

Pero, además, estas modificaciones legales encierran otro tipo de peligro: el Ejecutivo podrá decidir unilateralmente, sin contrapeso alguno, cuándo está afectada la seguridad interior… Peor aun, abre la puerta a la represión militar de movimientos sociales, pues aun cuando se dice que “no será una afectación para la seguridad interior, las acciones relacionadas con movimientos o conflictos de carácter político, electoral o de índole social, tramposamente establece una excepción, cuando los mismos constituyan un desafío o una amenaza a la seguridad interior… ¿A juicio de quién? ¡Claro que del Ejecutivo! Todo signo de libertad política es amenazado y puede ser borrado por esta disposición propia de dictaduras militares.Dice la minuta aprobada, que “busca proteger en todos sus extremos los derechos humanos...”, nada más falso, ya que en el artículo 77, con una redacción ambigua, señala que “cuando miembros de las Fuerzas Armadas realicen conductas que pudieren ser constitutivas de delito afecten a personas civiles, serán perseguidas y sancionadas de acuerdo con las normas que los rigen” con lo que se mantiene el fuero militar.

Mantener esta jurisdicción excepcional en un momento crítico de terrible descomposición social y política, marcado por la militarización del país, constituye un terrible riesgo para las libertades públicas que, muchos nos atrevemos a decir, causará males peores en vez de soluciones para erradicar lo que el gobierno ha llamado “delincuencia organizada”.He insistido desde hace tiempo en la supresión del llamado fuero de guerra, el que, bajo su actual estructuración, ha permitido que cualquier delito que pueda definir la legislación común se convierte en militar, por el hecho de haber sido cometido por un miembro de las Fuerzas Armadas, haciendo que el fuero de guerra se convierta en un privilegio y en un sistema punitivo parcial, en detrimento de la “igualdad ante la ley” y del principio de división de poderes que establece que las penas sólo las puede imponer el juez ordinario, según el artículo 21 de la Constitución.

He escuchado a muchos juristas decir que esto debe atenderse a nivel constitucional, mediante una reforma al artículo 13, que derogue ese coto de impunidad bajo el cual se han cometido y se siguen cometiendo delitos y violaciones a los derechos fundamentales.Siempre he pensado y he dicho que los soldados son “pueblo en uniforme” y que también son parte del pueblo maltratado y en ocasiones se ha obligado a esa parte del pueblo a pelear contra sus hermanos: “se obliga al pueblo de los cuarteles a ametrallar al pueblo de las fábricas; se pone un uniforme a Caín para asesinar a Abel”.

Dirigente del Comité Eureka

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