José Ramón Cossío
El 27 de enero apareció una noticia interesante. La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal entregó mil equipos para que los policías actúen como auxiliares forenses del Ministerio Público. Los kits cuentan con “cinta métrica, cubrebocas, lámpara, cámara fotográfica, guantes de látex, bolsas y envases de plástico, brochas y tijeras, entre otros aditamentos” (Reforma/ciudad). Supongo que este equipamiento es consecuencia de la incorporación —el 16 de enero— del DF al sistema penal acusatorio respecto a los delitos culposos y los perseguidos por querella, así como de la expedición del Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública para la preservación del lugar de los hechos o del hallazgo y cadena de custodia, emitido el 14 de enero.
Si se consideran en conjunto, en principio pareciera que las medidas tomadas son adecuadas y están encaminadas a lograr la completa migración del sistema mixto al acusatorio a más tardar el 16 de junio de 2016. Es más, parecieran seguir una lógica adecuada, en tanto se componen de un cambio normativo, un protocolo de actuación y la dotación de medios materiales. Sin embargo, analizando con detenimiento la situación y pese a los méritos de lo que se está haciendo, hay un problema central que no es propio del DF y que ejemplifica mucho de lo que pasa en materia de juicios orales en buena parte del país.
Imaginemos a un policía al que por acuerdo se le ha asignado atribuciones de investigación del delito y se le ha entregado un kit forense. En los casos en que reciba la noticia de comisión de un delito, deberá presentarse en el lugar de los hechos, asegurarlo y preservarlo, desarrollar y registrar la cadena de custodia, procesar los indicios en el lugar de los hechos y rendir su informe policial, siempre en auxilio del Ministerio Público. El Protocolo de Actuación que deben generar estos pasos es muy general y el kit con el cual deben hacerlo, muy básico. Con todo y esos límites, la cuestión central está en saber si más allá de ambos elementos, los policías están capacitados para emprender sus nuevas funciones. ¿A quiénes se ha entrenado? ¿Cómo se les ha capacitado? ¿Cómo se certificaron? ¿Qué métodos se han puesto en marcha para respaldar su labor? ¿Contra qué bases de datos constatarán los hallazgos recogidos para identificar elementos que puedan determinar el cuerpo del delito o la probable responsabilidad? Finalmente, ¿de qué manera se les ha preparado para que puedan comparecer en audiencias públicas y sostener sus investigaciones?
Más allá de estos concretos asuntos de investigación policial y de lo que acontece en el DF, la situación descrita pone de manifiesto mucho de lo que se está haciendo en materia de juicios orales. Se toma una noción general sobre el funcionamiento ideal del sistema, para suponer que ciertas determinaciones serán suficientes para generar conductas nuevas y complejas, prácticamente autónomas al entrenamiento adecuado y constante. En ese esquema todos perdemos. Al policía se le imponen nuevas obligaciones sin darle la capacitación para ejercerlas y asumirlas. A los ministerios públicos se les crea la falsa seguridad de que cuentan con auxiliares. A los ciudadanos, la expectativa de que hay una policía mejor preparada que puede resolver problemas nuevos y otorgar certidumbre en las investigaciones que realicen.
Casos como Ayotzinapa y San Fernando, entre otros tristes acontecimientos, ponen de manifiesto que el tema forense es un asunto serio, complejo y determinante del modelo de justicia al que todo el país deberá migrar antes de junio del año entrante. Mucho de lo que tenga de exitoso dependerá de su buena realización. Esto, sin embargo, debe pasar por capacitación y entrenamiento; no sólo por cambios normativos, los cuales son más fáciles de realizar, pero los que por sí mismos no modifican hábitos ni generan nuevas prácticas. Los meros cambios normativos y materiales no transforman la realidad.
Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
@JRCossio
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