Tribunal Electoral desecha su queja; mujeres piden acatar fallo
Los
partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y
Social Demócrata (PSD) en el estado de Morelos fracasaron en su intento
de evadir la paridad de género en sus candidaturas para ayuntamientos,
luego de que el Tribunal Electoral estatal declaró inválida la queja
que presentaron.
Con esa resolución, los tres partidos políticos están obligados a
registrar a 50 por ciento de candidatas que compitan por un cargo de
representación popular durante los comicios del próximo 7 de junio,
cuando Morelos elegirá diputaciones locales y renovará autoridades en
sus 33 municipios.
El pasado 16 de enero, el Instituto Morelense de Procesos Electorales y
Participación Ciudadana (Impepac) aprobó el acuerdo 5/2015, relativo a
la paridad de género en la integración de las planillas para
ayuntamientos, lo cual generó malestar en PAN, PRD y PSD.
De inmediato los tres institutos se quejaron ante el Tribunal Electoral
(en los expedientes TEE/RAC 012 y sus acumulados 014 y 015), por
considerar que hubo una “excesiva interpretación” de la ley. Sin
embargo, este sábado 14 de febrero la autoridad declaró infundados los
agravios argumentados y confirmó el acuerdo del Impepac.
Los magistrados aseguraron que si bien el artículo 41 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no precisa la
paridad en ayuntamientos, las leyes electorales estatales sí contemplan
este principio.
En el proyecto de resolución de los magistrados se consideró que el
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de Morelos
establece la obligación de garantizar la paridad de género, es decir,
de asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres en los
procesos electorales.
El artículo 80 de ese código estipula que las postulaciones para
miembros de ayuntamientos se registrarán (por el principio de mayoría
relativa) en planillas integradas por aspirantes a presidente municipal
y un síndico, propietarios y suplentes; y (por el principio de
representación proporcional) una lista de regidores, propietarios y
suplentes.
Asimismo, la ley señala que “atendiendo al principio de paridad de
género, cada planilla que se registre se integrará por un propietario y
un suplente del mismo género”, esto con el objeto de garantizar la
equidad y precisa que en la lista de regidores se alternarán las
fórmulas de distinto sexo hasta agotarla.
En consideración de la autoridad electoral, la ley no pretende generar
desigualdad, por lo tanto los partidos deberán garantizar la paridad de
género en ayuntamientos y en alcaldías, con el fin de procurar que
mujeres y hombres tengan las mimas oportunidades para acceder a un
cargo de representación popular.
El 14 de febrero el Tribunal Electoral notificó al Impepac la
confirmación del acuerdo relativo a la paridad, mientras que hoy
mujeres perredistas pidieron al PRD estatal no impugnar la sentencia
ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como lo
manifestó el dirigente estatal, José Luis Correa Villanueva.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.-
No hay comentarios.:
Publicar un comentario