Comunicado de Prensa No. 02/09
CIDH CELEBRA ORDEN DE CERRAR EL CENTRO DE DETENCIÓN EN GUANTÁNAMO
Washington, D.C., 27 de enero de 2009 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda satisfacción por la decisión del Presidente de Estados Unidos, Barack Obama, de cerrar el centro de detención en la Base Naval de Guantánamo en un plazo máximo de un año y de prohibir el trato cruel, inhumano o degradante en los interrogatorios a personas detenidas.
El Presidente Obama tomó estas decisiones el 22 de enero de 2009, con la firma de las órdenes ejecutivas “Revisión y Disposición de Personas Detenidas en la Base Naval de la Bahía de Guantánamo y Cierre de las Instalaciones de Detención” y “Asegurar la Legalidad de los Interrogatorios”. A través de estas decisiones se ordena que las autoridades revisen en forma inmediata la situación de todas las personas detenidas en Guantánamo y que aseguren que las condiciones de detención cumplan con las leyes nacionales e internacionales aplicables, incluidas las Convenciones de Ginebra. También se reconoce el derecho constitucional al habeas corpus de todos los detenidos y se ordena el cierre del centro de detención en Guantánamo en un plazo máximo de un año.
La CIDH reclamó el cierre del centro de detención en Guantánamo y la investigación de las denuncias de torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes en diversas ocasiones. El 12 de marzo de 2002, aproximadamente a dos meses de que Estados Unidos comenzara a transferir detenidos a su base en Guantánamo, la CIDH otorgó medidas cautelares a su favor y solicitó al gobierno que adoptara las medidas urgentes necesarias para que un tribunal competente determinara la situación jurídica de los detenidos de Bahía de Guantánamo. El 28 de octubre de 2005 la Comisión amplió las medidas cautelares y solicitó a Estados Unidos que investigara a fondo y de manera imparcial todas las instancias de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y que llevara a juicio y castigara a los responsables. Asimismo, el 28 de julio de 2006 la CIDH aprobó su Resolución No 1/06, urgiendo a Estados Unidos a cerrar el centro de detención de Guantánamo en forma inmediata, a trasladar a los detenidos en total cumplimiento con el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que los detenidos tuvieran acceso a un proceso judicial justo y transparente ante una autoridad competente, independiente e imparcial.
Asimismo, en 2007 la Comisión solicitó autorización para realizar una visita a la Base Naval de Guantánamo a fin de supervisar las condiciones de detención. El gobierno de Estados Unidos accedió pero con la condición de que la delegación no podría comunicarse con los detenidos. La CIDH declinó realizar la visita con tal limitación.
La CIDH continuará monitoreando la situación de los detenidos en Guantánamo hasta el cierre definitivo del centro de detención y la definición de su situación jurídica.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Enlaces Utiles
· Comunicado de Prensa 27/06: CIDH exhorta al cierre inmediato de Guantánamo
· Video y Audio de la audiencia sobre Medidas Cautelares para Personas Detenidas en la Base de Guantánamo, celebrada el 28 de octubre de 2008 durante el 133 Período de Sesiones de la CIDH:
Washington, D.C., 27 de enero de 2009 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda satisfacción por la decisión del Presidente de Estados Unidos, Barack Obama, de cerrar el centro de detención en la Base Naval de Guantánamo en un plazo máximo de un año y de prohibir el trato cruel, inhumano o degradante en los interrogatorios a personas detenidas.
El Presidente Obama tomó estas decisiones el 22 de enero de 2009, con la firma de las órdenes ejecutivas “Revisión y Disposición de Personas Detenidas en la Base Naval de la Bahía de Guantánamo y Cierre de las Instalaciones de Detención” y “Asegurar la Legalidad de los Interrogatorios”. A través de estas decisiones se ordena que las autoridades revisen en forma inmediata la situación de todas las personas detenidas en Guantánamo y que aseguren que las condiciones de detención cumplan con las leyes nacionales e internacionales aplicables, incluidas las Convenciones de Ginebra. También se reconoce el derecho constitucional al habeas corpus de todos los detenidos y se ordena el cierre del centro de detención en Guantánamo en un plazo máximo de un año.
La CIDH reclamó el cierre del centro de detención en Guantánamo y la investigación de las denuncias de torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes en diversas ocasiones. El 12 de marzo de 2002, aproximadamente a dos meses de que Estados Unidos comenzara a transferir detenidos a su base en Guantánamo, la CIDH otorgó medidas cautelares a su favor y solicitó al gobierno que adoptara las medidas urgentes necesarias para que un tribunal competente determinara la situación jurídica de los detenidos de Bahía de Guantánamo. El 28 de octubre de 2005 la Comisión amplió las medidas cautelares y solicitó a Estados Unidos que investigara a fondo y de manera imparcial todas las instancias de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y que llevara a juicio y castigara a los responsables. Asimismo, el 28 de julio de 2006 la CIDH aprobó su Resolución No 1/06, urgiendo a Estados Unidos a cerrar el centro de detención de Guantánamo en forma inmediata, a trasladar a los detenidos en total cumplimiento con el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que los detenidos tuvieran acceso a un proceso judicial justo y transparente ante una autoridad competente, independiente e imparcial.
Asimismo, en 2007 la Comisión solicitó autorización para realizar una visita a la Base Naval de Guantánamo a fin de supervisar las condiciones de detención. El gobierno de Estados Unidos accedió pero con la condición de que la delegación no podría comunicarse con los detenidos. La CIDH declinó realizar la visita con tal limitación.
La CIDH continuará monitoreando la situación de los detenidos en Guantánamo hasta el cierre definitivo del centro de detención y la definición de su situación jurídica.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Enlaces Utiles
· Comunicado de Prensa 27/06: CIDH exhorta al cierre inmediato de Guantánamo
· Video y Audio de la audiencia sobre Medidas Cautelares para Personas Detenidas en la Base de Guantánamo, celebrada el 28 de octubre de 2008 durante el 133 Período de Sesiones de la CIDH:
Video en idioma original
· Video y Audio de la audiencia sobre Medidas Cautelares para Personas Detenidas en la Base de Guantánamo, celebrada el 20 de julio de 2007 durante el 128 Período de Sesiones de la CIDH (ambas en idioma original)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario