Hoy se ha hecho justicia: Pedro Sánchez
Madrid. El Tribunal Supremo español dictó una sentencia
histórica, en la que por fin establece los criterios jurídicos
específicos para diferenciar entre abuso sexual y una violación, que
supone el ejercicio de la violencia y la intimidación. En el auto se
elevaron de nueve a 15 años las penas contra los cinco jóvenes que
perpetraron una violación en grupo en las fiestas de los San Fermines,
de Pamplona, en el verano de 2016. La víctima fue una joven que entonces
tenía 18 años.
El caso de La Manada se refiere a los hechos que ocurrieron en las
fiestas de Pamplona en 2016, cuando una joven madrileña fue interceptada
por los cinco hombres y arrastrada hasta el portal de un edificio, en
donde fue violada varias veces mientras los agresores se hacían
fotografías y se reían de la víctima.
En el fallo original se determinó que se trató de una agresión sexual pero no violación, pues la víctima
no opuso resistencia.
El caso conmovió a la sociedad española y puso en el debate público
las agresiones sexuales y violaciones que ocurren en las fiestas
populares, en las que en la mayoría de las ocasiones las víctimas son
mujeres. El caso es similar al que ocurrió en Veracruz en enero del
2015, cuando cuatro jóvenes de familias acomodadas de la ciudad
perpetraron una violación grupal contra una adolescente y gozaron de
impunidad gracias a que sus padres son funcionarios o ex funcionarios
del estado o empresarios poderosos de la región.
En el caso español, la sociedad se movilizó ante indignación que
provocaron los primeros fallos judiciales, emitidos por el Tribunal
Superior de Justicia de Navarra y que ahora corrigió tanto en el fondo
como en la sanción el máximo órgano del Estado. Así, la sentencia además
de suponer una condena mucho más dura para los culpables, sienta un
precedente en la jurisprudencia y por tanto establece una doctrina en
los términos en los que se reclamaba tanto por parte de los partidos
políticos como de las organizaciones de lucha contra los abusos
sexuales.
Los miembros de La Manada fueron detenidos unas horas después de la
sentencia ya que a pesar de la gravedad del caso se encontraban en
libertad bajo fianza, a la espera de la sentencia definitiva del caso.
Los detenidos son José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel
Boza, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero. Uno de ellos pertenece a
la Guardia Civil y otro al ejército.
Los magistrados del TS aplicaron, además, dos agravantes que elevan
la pena: trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas, con
lo que se incrementó de nueve a 15 años la pena de prisión para cada
uno de los miembros.
Antonio Manuel Guerrero recibió otros dos años de cárcel por el robo
con intimidación del celular de la víctima. El tribunal también
incrementó a 100 mil euros el importe de la responsabilidad civil a la
que tiene derecho la joven.
La sentencia advierte que
el relato fáctico describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados, ya que sufrió una situación intimidante que hizo que ella misma adoptara una actitud de sometimiento, por lo que hizo lo que sus atacantes le ordenaban por temor a que pudieran hacerle algo peor. Los magistrados consideran que los acusados se aprovecharon de estas circunstancias para atacar a la joven, que sufrió al menos
diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales.
El gobierno español, del socialista Pedro Sánchez, se congratuló de la sentencia, al advertir que
hoy se ha hecho justicia, con lo que
España sigue avanzando en la protección de los derechos y libertades de las mujeres, y no se va a detener.
Armando G. Tejeda
Corresponsal
Periódico La Jornada
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