8/20/2010

Aluden mexicanas restricción a su derecho a decidir

Atrae SCJN amparos contra derechos femeninos de Colima y Querétaro

Por Anayeli García Martínez

México, D.F., 19 ago 10 (CIMAC).- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió ejercer su facultad de atracción para conocer dos amparos más contra las reformas que protegen la vida desde el momento de la concepción/fecundación en los estados de Colima y Querétaro.

Durante la sesión de ayer, los ministros de la Segunda Sala decidieron atraer estos amparos interpuestos por un grupo de mujeres en contra de las reformas que se aprobaron en septiembre pasado en Querétaro y en febrero de 2009 en Colima, reformas que protegen la vida desde la concepción/fecundación y que penalizan la interrupción del embarazo.

En entrevistas por separado con Cimacnoticias, las abogadas de la Red de Abogadas y Abogados por la Defensa de la Reproducción Elegida (RADAR 4°), Nadia Sierra y Adriana Ruiz Viffocri, coincidieron que este es un logro de las mujeres pues se trata de defender el derecho a decidir de todas, y confiaron en que pronto los ministros discutan estos casos.

TRES AMPAROS EN COLIMA

El amparo de Colima fue atraído a petición del ministro José Fernando Franco González, quien decidió estudiar “si el precepto constitucional reclamado es de naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa”, es decir si todas las mujeres de esa entidad están obligadas a acatar lo que dicta la reforma y si procede el amparo o no por tratarse de mujeres que no están embarazadas.

Adriana Ruiz Viffocri recordó que con éste, suman tres amparos de mujeres de Colima, pues en junio pasado, la Segunda Sala atrajo dos amparos que aclaman lo mismo. (Cimacnoticias 24 junio 10).

Informó que también debe haber un pronunciamiento por el derecho que debe prevalecer: el de la vida, o el de la libertad de las mujeres para decidir sobre su cuerpo y así evitar o interrumpir un embarazo no deseado.

Con esta revisión, se explicará que si el hecho de establecer en una Constitución local, como derecho fundamental la protección a la vida a partir de la concepción, afecta a las mujeres en edad reproductiva que residan en el estado de que se trate.
UN AMPARO EN QUERÉTARO
Respecto al amparo de Querétaro, Nadia Sierra precisó que el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito del estado pidió al máximo tribunal del país que conociera de este caso.

Con esta acción pidió que la SCJN determinara si ejercía o no su facultad de atracción de un amparo en revisión en el que se reclama el artículo 2 de la Constitución local que establece la protección de la vida desde el momento de la fecundación.

La abogada mencionó que al igual que en Colima, las demandas de las mujeres fueron desechadas por juzgados federales, por lo cual pidieron la revisión de tribunales colegiados, hasta que finalmente llegaron a la Segunda Sala de la SCJN.

Nadia Sierra destacó que uno de los argumentos de las mujeres de Querétaro es que con la reforma que protege la vida desde el momento de la fecundación, también se restringen sus derechos sexuales y reproductivos pues no pueden utilizar métodos anticonceptivos.

Indicó que las mujeres no pueden utilizar el dispositivo intrauterino porque afecta la fecundación e impide el embarazo. Además enfatizó que se espera que la Segunda Sala siga atrayendo más amparos para que los revise todos juntos y se pronuncie en el mismo sentido en estos casos.

La Segunda Sala, esta presidida por el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, uno de los principales opositores del aborto, y también esta integrada por José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales, Sergio Armando Valls Hernández y Margarita Beatriz Luna Ramos.


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