LABORAL
No se contrata a embarazadas para evadir seguridad social
Por: Guadalupe Cruz Jaimes
Cimacnoticias | México, DF.- En México menos de la mitad de las mujeres que enfrentan un parto tiene acceso a una incapacidad o licencia médica de maternidad, debido a la escasa protección social con que cuentan las trabajadoras.
Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), en 2009, 6 de cada 10 mujeres ocupadas (alrededor de 13 millones de trabajadoras de 15 a 49 años) carecía de seguridad social, refiere el informe “Mujeres y Hombres en México 2011”, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
El instituto sostiene que la falta de protección social está ligada a la proporción de mujeres que no pueden acceder a una incapacidad o licencia médica cuando padecen alguna complicación relacionada con la maternidad.
De acuerdo con la última Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social (ENESS) 2009, del total de mujeres que entre 2008 y 2009 enfrentaron un parto, 45.7 por ciento no tuvo acceso a una incapacidad o licencia médica.
Al mismo tiempo, la ENESS informa que del total de quienes sufrieron una complicación del embarazo o por aborto, 67.1 por ciento no pudo acceder a una incapacidad.
El número de días de cuidado y descanso necesarios para preservar la salud de la mujer y de su hija o hijo (antes y después del parto) varía según sus posibilidades de acceder o no a una incapacidad o licencia médica.
Así, mientras 62.5 por ciento de quienes tienen protección social pueden disfrutar de entre 46 y 90 días para su cuidado y recuperación, sólo 25 por ciento de las no protegidas pueden aproximarse a este periodo.
De igual modo, señala el Inegi, casi la quinta parte de las mujeres que fueron atendidas por un parto, y que no contaron con licencia de maternidad (18.5 por ciento), no regresaron a trabajar.
Las más de 90 mil mujeres que se ausentaron de su trabajo por alguna complicación en el embarazo o por un aborto, también tuvieron distintos periodos de recuperación ligados a si contaban o no con seguridad social.
En promedio quienes carecían de incapacidad se ausentaron por 17.8 días por ese tipo de complicaciones, y las que si accedieron a estas prestaciones faltaron 24 días.
La proporción de mujeres que no regresaron a trabajar después de complicaciones relacionadas con el embarazo o por un parto se duplica entre las no aseguradas.
AFILIACIÓN NO ES GARANTÍA
Aún las mujeres aseguradas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), enfrentan restricciones para poder gozar este derecho establecido en el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.
Por ejemplo, para que las afiliadas al IMSS gocen de una licencia de maternidad no basta con estar registradas, tienen que contar con un mínimo de 30 semanas de cotización en el instituto antes de la fecha probable del parto.
Mientras que las aseguradas en el ISSSTE tienen que haber laborado al menos 6 meses anteriores al parto, para que les otorguen el permiso médico.
Si las afiliadas a ambos institutos incumplen con el periodo de cotización, el empleador privado o la dependencia de gobierno en la que laboren deberá pagar el salario íntegro de las trabajadoras durante los 90 días de descanso obligado por maternidad.
El Inegi advierte en su informe que esas “estipulaciones legales pueden desalentar la contratación de mujeres embarazadas o inducir a los patrones a solicitar constancias de ingravidez”.
Y cita que, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2006, hasta ese año 2.4 millones de mujeres sufrieron discriminación laboral, de las cuales 45.3 por ciento informaron que les pidieron una prueba de embarazo como requisito para entrar a trabajar.
En tanto que 99 mil mujeres reportaron que habían sido despedidas, no les renovaron el contrato o les bajaron el sueldo por haberse embarazado.
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