Veneranda Mendoza
TOLUCA,
Edomex. (proceso.com.mx).- La Legislatura del Estado de México aprobó,
por mayoría de votos, la noche del pasado jueves la Ley de Movilidad
que otorga a las autoridades estatales y los municipios la obligación
de garantizar el libre tránsito vial y la atribución de eliminar
cualquier obstáculo.
El diputado del Partido del Trabajo (PT) Norberto Morales, en su
calidad de integrante de la Comisión parlamentaria de Comunicaciones y
Transportes, votó contra la propuesta, por considerar que la
disposición tiene por objeto criminalizar las marchas.
La nueva disposición local, indicó, es una réplica de la iniciativa
federal promovida el 2 de diciembre de 2014 y que, en su momento, fue
rechazada por el Episcopado de Guerrero, quien consideró inadecuada
para su momento esa ley antimarchas.
Después, recordó, la Conferencia del Episcopado Mexicano advirtió
una crisis humanitaria que ha derivado en inconformidades y, por tanto,
consideró imprudente la aprobación de la Ley de Movilidad.
“Entendemos que a muchas personas no les parezca gente bien o bonita
aquella que protesta y que entorpece la circulación porque no llegamos
a tiempo a nuestro trabajo”, dijo.
Sin embargo, destacó, “en estos momentos de crispación social, la
manifestación es la única forma en la que se libera presión por la
tantas tropelías cometidas en contra de maestros, de ciudadanos
considerados desarrapados porque pelean la aparición de sus 43 hijos,
de médicos acusados injustamente o en contra de la reforma en materia
de salud, de las aeromozas o pilotos que protestan por la desaparición
de aerolíneas estatales”.
Con el derecho a la movilidad, acusó, esa válvula de escape se
elimina, y para ello se sumarán esfuerzos de los niveles
interinstitucionales y “se dará pauta a una situación soterrada, pues
estaríamos legalizando el uso de las fuerzas de acción –policiaca– para
evitar obstáculos”, pues una marcha obstruye la movilidad, viola la ley
y, por tanto, debe ser sancionada.
El nuevo ordenamiento jurídico para el Estado de México integra
iniciativas del Ejecutivo mexiquense y del grupo parlamentario del
Partido Acción Nacional (PAN), y obliga a las autoridades estatales y
municipales a garantizar el derecho al libre tránsito por sus
vialidades.
El artículo quinto dispone que la movilidad debe estar al alcance de
todas las personas que se desplazan por motivo laboral, de estudio,
comercio, servicios, recreación y cultura en territorio mexiquense, con
especial énfasis a grupos en condición de vulnerabilidad.
Jerárquicamente, el derecho a la movilidad primero debe garantizarse
a peatones, después a ciclistas, usuarios del servicio público de
transporte, transporte de carga, modos individuales públicos,
motociclistas y otros modos particulares.
El artículo sexto reconoce como autoridades en materia de movilidad
al gobernador, la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de
Infraestructura, la Secretaría de Finanzas, la Comisión Estatal de
Seguridad Ciudadana –Policía Estatal– y los municipios.
Estas mismas autoridades, además de la Consejería Jurídica, dos
integrantes de la sociedad civil expertos en la materia y un
representante de los transportistas, integrarán el Comité Estatal de
Movilidad, presidido por el mandatario estatal, órgano que podrá tomar
decisiones y emitir resoluciones obligatorias para los miembros del
Comité, entre otras atribuciones.
Los municipios estarán facultados para participar de manera
coordinada con las autoridades en materia de movilidad, “en la
aplicación de la Ley, cuando sus disposiciones afecten o tengan
incidencia en su ámbito territorial”.
El artículo noveno incluye entre las facultades municipales las de
“mantener la vialidad de cualquier tipo libre de obstáculos u objetos
que impidan, dificulten u obstruyan el tránsito peatonal, ciclista,
vehicular, excepto en aquellos casos debidamente autorizados”.
En el ámbito de su competencia, los ayuntamientos podrán determinar,
aplicar y ejecutar las sanciones correspondientes a quienes incurran en
infracciones a esta ley y a sus reglamentos; y promover las acciones
para el uso racional del espacio vial, teniendo como prioridad la
jerarquía de movilidad.
En contraparte, el diputado priista Armando Corona justificó que en
la ley no existe ningún artículo que se relacione con la prohibición de
marchas, y la panista Adriana Hinojosa arguyó que la nueva norma no
impide la libertad de expresión, alguna garantía individual o derecho
constitucional.
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