6/10/2017

Senado dominicano rechaza ILE, no acepta ninguna causal






  El Senado de la República Dominicana aprobó el miércoles 31 de mayo el Código Penal, en el cual mantiene la penalización del aborto y rechaza las observaciones del Poder Ejecutivo que establecían excepciones en caso de peligrar la vida de la mujer, cuando se tratara de violación o incesto y por malformaciones congénitas incompatibles con la vida.
 
Con la votación de 27 senadores de 29 presentes, el presidente de la Cámara Alta, Reinaldo Pared Pérez, afirmó que según el procedimiento el Código Penal ya es Ley, actuación que ignoró por completo la solicitud de organizaciones defensoras de la mujer en el país, como la Coalición por los Derechos y la Vida, que pidieron "no conocer el proyecto de Código Penal en estos momentos, ya que todos los ojos están puestos sobre el caso Odebrecht y los procesos que se siguen contra funcionarios sobornados por la constructora brasileña".
 
Simultáneamente al desarrollo de la sesión, grupos feministas protestaron frente a la sede del Congreso y portaron pancartas en las cuales exigían que cumplieran la observación hecha por el Poder Ejecutivo, "en la cual se plasma el Artículo 38 de la Constitución, referido a la Dignidad Humana: El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos", expresaban.
 
"La sociedad dominicana sigue esperando la aprobación de un Código Penal que dé respuestas a la realidad social en que vivimos. Esta no será una pieza legislativa sólida si la observación del Poder Ejecutivo no está incluida", declaraban mujeres participantes en la protesta.
 
"Exigimos la aprobación del Artículo presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional relativo a la despenalización del aborto por causales que se refieren a: cuando el embarazo sea el resultado de una violación, rapto o incesto, siempre que se practique dentro de las primeras 12 semanas de gestación y que el mencionado hecho punible hubiese sido denunciado, o sea manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia y cuando debido a una malformación congénita, clínicamente establecida, la vida del concebido se considere inviable".
 
"Cada día que pasa, sin que se apruebe el Código Penal con las causales es una sentencia de muerte", concluyeron las participantes ante esta decisión que ignora por completo las altas cifras de mortalidad materna que van en aumento, ante la mirada indolente e irreflexiva de quienes velar y defender la integridad y respeto de las mujeres.
 
CIMACFoto: Gladys Torres
Por: Mercedes Alonso Romero Cimacnoticias/SEMlac | Santo Domingo, Rep Dom .- 

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