4/15/2018

¿Agoniza la reforma laboral?


Arturo Alcalde Justiniani

Salvo que el gobierno federal decida sorprender a la población con un descontón legislativo durante la semana entrante, todo indica que la reforma a la Ley Federal del Trabajo se pondrá a discusión hasta el próximo periodo de sesiones del Congreso. En estos momentos, el trabajo legislativo está entrampado por distintos motivos: la existencia de una propuesta de dictamen lesiva e inconstitucional, la oposición interna incluyendo a la propia CTM, el efecto negativo que puede provocar en las negociaciones comerciales con Estados Unidos y Europa, así como las constantes críticas por parte de la academia, sectores sindicales democráticos y del Observatorio Ciudadano sobre la reforma laboral. Sin embargo, el costo más importante para el actual gobierno y su partido, en caso de querer imponer la aplanadora legislativa priísta, sería de carácter electoral, ya que intentar aprobar una ley como ésta seguramente traería consigo un severo castigo por parte de los votantes y una serie de movilizaciones públicas, incluyendo la del primero de julio.
Representantes gubernamentales han declarado que mientras no haya consenso respecto al texto del dictamen de reforma laboral elaborado por el PRI, no darán un paso. La interrogante es ¿consenso con quién? Conviene tal vez aclarar porqué el gobierno dio un violento viraje después de haber promovido una reforma constitucional calificada de histórica en febrero de 2017, misma que había generado unanimidad en su favor, ya que respondió a los viejos reclamos no sólo de los trabajadores, sino también del sector productivo nacional y de la comunidad internacional. En esta importante reforma se transitó hacia un sistema de impartición de justicia diferente que suprime las juntas tripartitas de Conciliación y Arbitraje y traslada sus tareas a los poderes judiciales, como es propio de un régimen de derecho sustentado en la división de poderes. Esta reforma también rescató la negociación colectiva legítima por conducto de la participación de los trabajadores mediante su voto libre y secreto y estableció la conciliación profesional como medio de solución de controversias, fijando criterios para evitar los frecuentes chantajes a las empresas con el emplazamiento de huelgas fantasma. Esta reforma a nuestra Carta Magna estaba destinada a generar diálogo social, mejora salarial e impulso al desarrollo productivo.
¿Qué sucedió después del cambio a la Constitución? Como ha ocurrido en otras ocasiones, el gobierno dio marcha atrás. Aparentemente se arrepintió de haber sido el impulsor de un cambio laboral progresista y diseñó una iniciativa de ley reglamentaria con la participación de personajes que no cuentan con conocimiento del derecho laboral y que son ignorantes de la realidad del mundo del trabajo. Los encargados de la iniciativa tampoco se interesaron en ser coherentes con la Constitución y se apoyaron en abogados que defienden intereses creados en el jugoso negocio de los contratos de protección patronal.
El resultado fue una ley laboral contraria al mandato constitucional, que convirtió al órgano de conciliación, diseñado originalmente como imparcial y autónomo, en una instancia nuevamente tripartita, dándole la tarea de censor o dique de contención para obstaculizar el ejercicio de los derechos laborales colectivos. Este organismo, ahora controlado por abogados empresariales y líderes sindicales oficialistas, determinará qué trabajadores serán aprobados en sus reclamos en materia de asociación, negociación colectiva o huelga. Imagínese usted un juego de fútbol en el que el árbitro sea designado por uno de los equipos contendientes; los contrarios convertidos en jueces. A la parcialidad expuesta se agrega una serie de requisitos imposibles de cumplir para un gremio auténtico, independiente del control patronal.
De confirmarse la buena noticia de que la reforma se difiere, se abre la oportunidad de retomar el camino constitucional y avanzar en sus objetivos centrales: el diseño de un procedimiento oral y ágil que cuente con el apoyo de jueces capacitados en esta rama social; fortalecer el carácter autónomo de la institución creada para la conciliación con el fin de evitar controversias y juicios desgastantes en perjuicio de empresas y trabajadores; favorecer el diálogo social y productivo por medio de la negociación colectiva decente, responsable y democrática que reconozca el valor del trabajo y coadyuve al uso racional de los recursos humanos.
Asimismo, si se abre esta nueva posibilidad, el Congreso de la Unión tendrá que retomar el cúmulo de propuestas provenientes de la academia, especialistas, de empresarios responsables, del sindicalismo democrático y de los propios trabajadores, quienes con base en su experiencia han expresado de manera permanente sus problemas, necesidades y demandas.
Repentina ley de ciencia y tecnología: Sin consulta alguna a la comunidad académica del país, el pasado 5 de abril, el presidente Peña Nieto presentó al Senado la iniciativa de reforma a la Ley de Ciencia y Tecnología, la cual pretende centralizar el control académico, administrativo y laboral de los centros Conacyt.
En ella se destaca la ausencia de representación de los investigadores en los nuevos órganos de gobierno, a diferencia de la presencia de los representantes del sector productivo. También merece atención el que sea ahora el Conacyt el que establezca los derechos y obligaciones de los investigadores, asícomo las reglas de su ingreso, promoción, evaluación y permanencia. El nombramiento de los directores generales de los centros también será centralizado por el director del propio consejo.
Es sobresaliente el artículo séptimo transitorio que exhibe la intención de mantener cargos transexenales: Los directores generales o equivalentes de los centros públicos de investigación que sean reelegibles para un segundo periodo después de la entrada en vigor del presente decreto, podrán ser designados por el director general del Centro Nacional de Ciencia y Tecnología por un periodo de tres años no renovables.

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