El mundo al revés
Por @evillanuevamx
No me gusta el periodismo que hace @RicardoAlemanMx.
Por eso no lo leo ni sigo sus opiniones, salvo ahora que uno de sus
tuits ha trascendido el mundo virtual y ha tenido (está teniendo)
efectos en el mundo real o percibido como tal.
Como es sabido, Alemán publicó un tuit desafortunado,
ajeno, por supuesto, a la ética periodística porque permitió que
pudiera ser interpretado como probable llamado a la comisión de un
delito, el de privar- de acuerdo a esta lectura- de la vida al candidato
de MORENA a la presidencia, Andrés Manuel López Obrador.
La condición humana está impregnada de un conjunto de emociones
positivas y negativas. Las negativas tienden a ganar la partida.
Recuérdese la sentencia de Cornelio Tácito (que cita Nicolás Maquiavelo
en su clásico “Discursos sobre la primera década de Tito Livio”) “Mayor
es la inclinación a castigar la ofensa que a premiar el beneficio,
porque el agradecimiento pesa y la venganza satisface”.
En estos excepcionales casos por lo menos en México el primer
sentimiento que tiene una persona que no concuerda con los juicios de
Alemán, y más aún cuando ha sido objeto de las fobias del periodista
impugnado, como ha sido mi caso y el de muchos otros, es sumarse de
manera activa o pasiva a fuente ovejuna y sentir ese interno “gozo” del
sufrimiento ajeno, de la venganza puesta en forma por la fortuna.
No creo, empero, que si se intenta hacer periodismo de distinto tipo
se deje que la razón se convierta en rehén de la emoción o sentimiento.
Al contrario, a mayor conocimiento debe haber mayor responsabilidad. Ahí estriba la diferencia de qué decir y cómo hacerlo. Veamos.
Primero. @RicardoAlemanMx abrió una rendija a diversas interpretaciones con su tuit. Gran parte de la comunidad de Twitter
lo interpretó como si se tratase de un llamado puntual, directo y sin
lugar a la menor duda a que se cometiera el delito de homicidio en
perjuicio de AMLO. Un análisis- superficial porque no requiere más-
arroja que esa conducta reprobable no es, sin embargo, constitutiva del
tipo penal del llamado o apología del delito habida cuenta que la materia penal es de estricto derecho; es decir, el margen de interpretación es muy reducido por su propia naturaleza punitiva.
A mayor abundamiento, el artículo 14 constitucional, párrafo tercero-
uno de los pilares del principio de seguridad jurídica- dispone que:
“En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple
analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata”. (Cursivas mías).
En el mismo sentido, el único criterio jurisprudencial del Poder Judicial de la Federación señala: “la
provocación a cometer un delito debe ser directa y expresa, y solo
puede ser dolosa, o sea, con la voluntad y conciencia del agente de
provocar la ejecución de un cierto y determinado delito”. (http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Documentos/Tesis/195/195257.pdf)
Es claro y notorio que esos dos elementos del tipo penal: a) directa y
expresa y b) dolosa no concurren en el tuit motivo de la polémica.
Segundo. Si los primeros dos elementos que mencioné no actualizan el
tipo penal citado, menos todavía es posible probar el hilo conductor
según el cual el famoso tuit es reflejo de una orden de un servidor
público del repudiado gobierno de @epn para provocar el supuesto delito.
Queda, por supuesto, como conjetura o mera opinión, pero no
satisface de ningún modo los requisitos que requiere el sistema legal
para que el ministerio público active una averiguación previa por la
falta de los elementos mínimos.
Hasta ahora los actores sociales que han expresado ese nexo causal no
han aportado no solo prueba alguna, sino ni siquiera el menor indicio
que sustenten sus dichos más allá de un juicio de valor.
Tercero. Que un ciudadano haya presentado una denuncia de
hechos en la Procuraduría General de la República no prejuzga que se
haya cometido delito alguno. Todo mundo tiene el derecho de
presentar las denuncias de hecho que quiera. Otra cosa es que esas
denuncias prosperen jurídicamente.
Estoy plenamente convencido de que el tuit de Alemán no genera un caso y
que esa denuncia, que puede tener muchas motivaciones algunas de ellas
compartibles desde la perspectiva deontológica y/o sociológica, adolece de los méritos que el derecho reclama.
El sentido común debe prevalecer en esta polémica y ubicar el tuit en
su justa dimensión. En nada se abona al ejercicio de un periodismo
anclado en los mínimos valores éticos cuando se quiere convertir a
Alemán en un mártir de la censura y el autoritarismo por más
cuestionables que sean sus expresiones.
ernestovillanueva@hushmail.com
No hay comentarios.:
Publicar un comentario