PGR evitará prejuicios sexistas y revictimizar a las mujeres
A
partir de esta semana agentes ministeriales, policiales y periciales
federales tienen la obligación de actuar de manera coordinada, con la
debida diligencia, evitando juicios de valor y la revictimización de las
víctimas en casos de feminicidio, violencia sexual, así como en la
identificación de restos de personas.
La Procuraduría General de la República (PGR) finalmente publicó en su
página web los protocolos de investigación ministerial, policial y
pericial con perspectiva de género para la violencia sexual y
feminicidio, así como el Protocolo para el Tratamiento e Identificación
Forense.
Cabe mencionar que los dos protocolos con perspectiva de género
(feminicidio y violencia sexual) fueron elaborados por la Fiscalía
Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de
Personas (Fevimtra), y su publicación se anunció desde noviembre pasado
durante la conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la
Violencia contra las Mujeres.
Estos protocolos responden, entre otros mandatos, a las tres sentencias
que el Estado mexicano recibió en 2009 y 2010, por parte de Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), la primera relativa al caso
Campo Algodonero, por la desaparición y muerte de mujeres en Ciudad
Juárez, Chihuahua, y las otras dos por los casos de Inés Fernández
Ortega y Valentina Rosendo Cantú, indígenas víctimas de violación sexual
por parte de militares en el estado de Guerrero.
Dentro del Protocolo de Investigación Ministerial, Policial y Pericial
con Perspectiva de Género para el Delito de Feminicidio se define que el
documento es una guía de actuación destinada a fortalecer la capacidad y
habilidades del personal sustantivo en las investigaciones de la PGR.
Señala que el personal investigador no podrá conocer si el reporte del
hallazgo de un cuerpo de una mujer constituye violencia feminicida,
hasta en tanto no se inicie la ruta de la investigación, y define que
deberá ser aplicado en todos los casos de muertes violentas de mujeres,
culposos o dolosos, y aunque al inicio no haya sospecha de criminalidad,
como pueden ser el suicidio o las muertes “accidentales”.
También define los factores que afectan la investigación con debida
diligencia; las bases de actuación para el inicio de las pesquisas; los
pasos a seguir para el levantamiento del cadáver de la víctima en la
escena del hallazgo y su posterior necropsia; las responsabilidades de
los policías en las investigaciones, y las cuestiones mínimas que deben
contener los peritajes con perspectiva de género.
Dentro del Protocolo de Investigación Ministerial, Policial y Pericial
con Perspectiva de Género para la Violencia Sexual, Fevimtra enfatizó
que se debe tener en cuenta toda la gama de violencia sexual que sufren
niñas y mujeres, como el acoso y el hostigamiento, entre otras
conductas.
Agrega que se debe informar a las víctimas de violación sexual de los
medios y recursos disponibles para el acceso a los servicios de
anticoncepción de emergencia, suministro de la pastilla de
anticoncepción de emergencia y, en su caso, a la interrupción del
embarazo.
Asimismo se considerará prioritario informar a las mujeres sobre la
detección y seguimiento de infecciones de transmisión sexual (ITS) y del
Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).
Dentro de los lineamientos que debe seguir el personal del Ministerio
Público, se obliga a que la declaración de la víctima se realice en un
ambiente “cómodo, privado, digno y seguro que le brinde confianza y
protección”. La declaración quedará registrada de forma tal que se evite
o limite la necesidad de su repetición.
Se pide a los agentes policiales no emitir juicios sobre la vida privada
o conducta de las mujeres víctimas; evitar cuestionamientos fincados en
los estereotipos de género; asegurar o proteger durante la cadena de
custodia, los indicios, evidencias, instrumentos, objetos o productos
del delito, así como aquellos bienes en los que existan huellas o datos
que puedan tener relación con el hecho. Igualmente, se debe evitar que
las evidencias se alteren, destruyan o desparezcan.
Por su parte, el Protocolo para el Tratamiento e Identificación Forense
–elaborado por la PGR– reconoce que la sociedad mexicana “experimenta un
riesgo cada vez mayor de sucesos que generan la muerte de un elevado
número de personas”, como los actos criminales de la delincuencia
organizada, narcotráfico, secuestro y trata de personas.
Este instrumento busca homologar la actuación pericial en el
procedimiento de análisis, mediante la utilización de técnicas de
investigación científica en criminalística; la participación coordinada
de especialistas en tratamiento e identificación forense de cada una de
las procuradurías o fiscalías generales de Justicia del país; y
contribuir al intercambio de información sobre técnicas, métodos y
procedimientos científicos y resultados en el ámbito criminalístico y
forense, entre las instancias de procuración de Justicia.
Se estipula también la manera en que tendrán que realizarse el
levantamiento y embalaje de indicios biológicos (restos) en materia
genética o ADN. Se incluyen los formatos que deben ser llenados por los
profesionales que intervengan en el procedimiento, incluido el registro
de personas desaparecidas.
Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.-
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