4/17/2016

La ley sobre desaparición forzada debe combatir la impunidad, plantea el GIEI


Hace observaciones al proyecto que se analiza en el Senado
 
Periódico La Jornada

La experiencia del caso Ayotzinapa obliga a formular una ley de desaparición forzada de personas que combata la impunidad y ofrezca herramientas para la prevención, investigación, sanción y garantías de no repetición de ese delito, advierte el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) a los presidentes de las tres comisiones que dictaminan esa legislación, los senadores Angélica de la Peña, Cristina Díaz y Fernando Yunes.
Los expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les hicieron llegar un documento en el que formulan una veintena de observaciones al proyecto de dictamen que se discute en el Senado, y les plantean ir más allá y formular algunas medidas más específicas, a partir de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
Recomiendan valorar que se disponga de jueces federales especializados en derechos humanos que puedan operar las 24 horas, profesionalizar a todos los cuerpos policiacos, regular el uso de la fuerza pública, establecer mecanismos de control y vigilancia civil a las funciones de las fuerzas militares y policiales.
Entre las observaciones al proyecto de dictamen de ley general para prevenir y sancionar los delitos de desaparición forzada de personas, elaborado por el presidente de la Comisión de Justicia, Fernando Yunes, está que se debe sancionar no sólo al servidor público que obstaculice la búsqueda de desaparecidos, sino también a quien frene las investigaciones correspondientes.
Otras omisiones y vacíos que el GIEI advierte es que no se garantiza el derecho de las víctimas y sus familiares a participar en todas las etapas de la investigación. Plantea incluso que la ley debe diseñar un procedimiento de búsqueda de desaparecidos que sea de oficio, que se implemente de forma inmediata y se ejecute sin dilaciones indebidas.
Es necesario, insiste, un mecanismo para indagar tanto desapariciones recientes como remotas, con equipos especializados que permitan la participación de peritos externos y el ingreso a cualquier entidad pública, incluyendo las instalaciones militares y policiacas.
En el documento, signado por Carlos Martín Beristáin, Alejandro Valencia Villa y Francisco Cox Vial, se pide a los legisladores un capítulo más completo y comprensivo sobre la prevención del delito, en lo que se refiere a la capacitación de integrantes de las fuerzas de seguridad pública y las autoridades estatales y municipales.
Se puede ser más puntual y concreto, y establecer la obligación de los miembros de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina de capacitarse para tener claro cuáles son sus deberes en la prevención, investigación, sanción y reparación del delito de desaparición forzada.
El GIEI resalta asimismo que la ley debe reglamentar la exhumación, inhumación, conservación y entrega de restos óseos, así como establecer un sistema único automatizado para identificación dactilar y contar con un formato para búsqueda de desaparecidos.
En relación con la sanción de entre 50 y 100 años de cárcel para el delito de desaparición forzada, incluida en el proyecto de dictamen, los expertos hacen notar que las penas deben ser altas, pero no irredimibles, ya que éstas no son acordes con un derecho garantista, respetuoso de los derechos humanos.
Los integrantes del GIEI se manifiestan en contra de que el registro nacional de personas desaparecidas quede a cargo del Sistema Nacional de Seguridad, y plantean a los legisladores que los tiempos se acorten, ya que México necesita cuanto antes tener una herramienta legal que le permita afrontar de manera integral este problema.

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