Arturo Alcalde Justiniani
Al fin se dieron a
conocer los resultados de la comisión que en secreto trabajó en Palacio
Nacional, bajo la coordinación de la Consejería Jurídica de la
Presidencia de la República, en torno al proyecto de reforma al sistema
de justicia laboral. Ello como resultado de la promesa que hiciera
Enrique Peña Nieto a los ministros del Trabajo de la Organización de
Estados Americanos, en el sentido de que presentaría una propuesta de
reforma legal al Congreso de la Unión en el periodo de sesiones que se
inició el primero de febrero de 2016 y que termina el día último de este
mes de abril.
Más allá de que es prácticamente imposible que en menos de dos
semanas se apruebe y ponga en marcha la reforma, de la lectura de las 51
propuestas formuladas por la comisión presidencial se deriva, como se
temía, que la promesa de llevar a cabo una profunda transformación que
permita contar con un sistema de justicia imparcial en México quedará
incumplida. En ningún punto se atiende al reclamo de la existencia de
jueces auténticos, ajenos a cualquier consigna, independientes del Poder
Ejecutivo Federal o local, sometidos tan sólo a la ley y a los
principios de justicia y equidad.
La integración misma de la comisión auguraba que no se abordaría a
fondo la problemática de la justicia laboral en nuestro país. Recordemos
que se excluyó de la coordinación de esta mesa al Centro de
Investigación y Docencia Económicas (CIDE), institución encargada de
conducir los diálogos sobre la justicia cotidiana y que llevó a cabo la
consulta nacional en esta materia. La exclusión se explica porque,
conforme a los resultados de dicha consulta, el CIDE recomendó sustituir
a las juntas de conciliación y arbitraje por jueces imparciales en
materia de trabajo, ubicándolos en el Poder Judicial.
En este contexto, resulta rimbombante y ajena a la verdad la conclusión de la comisión presidencial al señalar que
a partir del análisis y diálogo que se ha desarrollado entre los representantes del gobierno y tribunales laborales, academia y sociedad, se han podido identificar algunas propuestas de solución.
¿Cuáles tribunales?, sólo los titulares dependientes del gobierno
federal, excluyendo a los de la rama local, tanto de la Ciudad de México
como del resto del país. ¿Cuál academia?, únicamente la Universidad
Nacional Autónoma de México, que en buena hora decidió retirar su
participación en esta mesa, aparentemente por no compartir las
conclusiones que se preveían. ¿Cuál sociedad civil?, tan sólo el interés
del sector empresarial, representado por el Instituto Mexicano de la
Competitividad (IMCO), la Asociación Nacional de Abogados de Empresa
(Anade) y el Centro de Investigación para el Desarrollo (Cidac). Sobran
comentarios.
En las conclusiones de la comisión aparecen algunas propuestas
absurdas que introdujeron los abogados empresariales de corte
conservador designados para representar a este sector. En el punto seis
se sugiere la creación de delitos en materia laboral para supuestamente
sancionar con dureza a quienes se conduzcan con falsedad, lo cual se
aplicaría siempre que se trate de trabajadores, puesto que las renuncias
en blanco y demás actos simulados patronales continúan impunes.
La comisión también propone que todo el personal de las Juntas
de Conciliación y Arbitraje sea considerado de confianza, con la
intención evidente de privarlos de su derecho a la estabilidad laboral y
a su organización colectiva. Esta visión, contraria a los derechos
humanos y constitucionales, se viene fortaleciendo en nuestro país bajo
la consideración de que cancelando los derechos laborales a los
trabajadores se logrará mayor eficiencia en el trabajo. En este sentido,
en el dictamen de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental que actualmente se discute en el
Congreso de la Unión, se propone la misma solución, pues se ordena en el
artículo 23 que los trabajadores de esa institución se sometan al
apartado B del artículo 123 constitucional y todos ellos sean declarados
de confianza. Esto es muestra de una regresión constante en materia
laboral promovida por y desde el Estado. Asimismo, la comisión sugiere
limitar el derecho de huelga mediante nuevos requisitos para su
ejercicio, lo que en la práctica la harán imposible, sobre todo si se
mantiene el carácter dependiente de las juntas de conciliación y
arbitraje del Poder Ejecutivo.
Por lo que se refiere a los contratos colectivos de protección
patronal que, se sabe, son actos de simulación, producto de una decisión
unilateral del empleador que escoge al sindicato de su preferencia, a
pesar de ser un aspecto fundamental para ser considerado en cualquier
reforma, la comisión lo relega al punto 18 y por su texto es obvia la
intención de omitir una auténtica consulta previa a los trabajadores,
antes de que en su nombre se firme un contrato como lo han propuesto,
aquí sí, sectores de la academia, productivos y de la sociedad civil. La
comisión hace referencia a un trámite administrativo al momento de
depositar los contratos colectivos a los cuales deberán anexarse las
firmas de los trabajadores. Esta sería una burla más, dada la costumbre
de manipular firmas, por ejemplo, en las renuncias en blanco.
Nuestro país requiere de un auténtico sistema de justicia laboral,
ágil, imparcial, que dé certidumbre y seguridad jurídica a trabajadores y
empleadores; se trata de un renglón fundamental para ir resolviendo el
déficit tan profundo en materia de justicia y respeto al estado de
derecho, cuestiones esenciales para atacar de frente a la corrupción y
la simulación, que crecen sin límites en todo el país.
El presidente Enrique Peña Nieto anunció el tránsito hacia una
justicia laboral imparcial y luego dio marcha atrás, firmó el Convenio
98 de la OIT en materia de negociación colectiva y libertad sindical y
al mismo tiempo ordenó se congele su aprobación final en el Senado.
Desperdicia así una oportunidad para reducir la imagen de corrupción e
inamovilidad que caracteriza a su administración.
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