Jeysol Amaya podrá presentar pruebas contra su agresor
Jeysol Selene Amaya Sánchez, denunciante y sobreviviente de violencia
feminicida, consiguió ayer que el nuevo Sistema Penal Acusatorio del
estado de Campeche anulara y repusiera una parte del proceso penal por
el que se investiga y juzga a su agresor, ya que durante las pesquisas y
audiencias no fue notificada, ni se le permitió aportar pruebas.
Este miércoles 9 de marzo, la jueza de Control Ana Concepción Gutiérrez Pereyra (encargada de la etapa en la que se discuten las pruebas) otorgó la “nulidad de actos procesales” –reposición de las primeras etapas del proceso penal–, que solicitó el pasado 18 de febrero Jeysol Selene.
La jueza reconoció que la víctima –quien además es la primera en denunciar violencia feminicida en el nuevo Sistema Penal Acusatorio del estado– no contó con una defensa adecuada que buscara la protección de sus derechos, informó en un comunicado el Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSyG) y el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio (OCNF), que acompañan legalmente a Amaya Sánchez.
La nulidad de actos procesales no se traduce en la reposición de todo el proceso penal, pero sí de las primeras etapas, especialmente en las que se desahogaron pruebas a favor y en contra del agresor, sin que Jeysol pudiera formar parte.
La resolución judicial significa una oportunidad para que la víctima reúna y aporte evidencias –en un plazo de 45 días– para que su pareja, quien intentó asesinarla a cuchillazos el 30 de enero de 2015, sea investigado y procesado por tentativa de homicidio agraviado en razón de género, y no sólo por lesiones calificadas, como se pretendía anteriormente.
Destaca que la nulidad se logró gracias a que Jeysol relató frente a la jueza Gutiérrez Pereyra que desde que despertó en el nosocomio tras escapar de su agresor, se le negó asesoría legal sobre su caso y la fiscal responsable de su investigación no le dio información durante los primeros seis meses del proceso, además de que rechazó integrar nuevos peritajes, revaloraciones médicas, análisis de los dictámenes de criminalística, y otras pruebas que la sobreviviente pidió para demostrar que su agresor quería matarla.
A decir de las defensoras del OVSyG y del OCNF, “esta decisión constituye el primer paso para garantizar en igualdad de condiciones el debido proceso, la debida diligencia y una defensa adecuada para las víctimas, lo que impactará directamente en sus derechos a la verdad, la justicia y a una reparación integral del daño, además de dar cumplimiento a las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado mexicano de garantizar el pleno derecho de las mujeres a no ser discriminadas en el sistema de justicia”.
Las activistas señalaron que conforme a las características del Sistema Penal Acusatorio, se reconoce a las víctimas como parte del proceso, por lo que tienen derecho a contar con una defensa vía un asesor jurídico, y participar activamente en todo el proceso.
Recordaron que la responsabilidad del Estado, representado a través del personal judicial, es garantizar la justicia y la debida diligencia para que se realice una indagación que reconozca e incorpore la perspectiva de género, además de garantizar la aplicación más progresiva de las normas y las convenciones internacionales contra la violencia y la discriminación hacia las mujeres.
Este miércoles 9 de marzo, la jueza de Control Ana Concepción Gutiérrez Pereyra (encargada de la etapa en la que se discuten las pruebas) otorgó la “nulidad de actos procesales” –reposición de las primeras etapas del proceso penal–, que solicitó el pasado 18 de febrero Jeysol Selene.
La jueza reconoció que la víctima –quien además es la primera en denunciar violencia feminicida en el nuevo Sistema Penal Acusatorio del estado– no contó con una defensa adecuada que buscara la protección de sus derechos, informó en un comunicado el Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSyG) y el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio (OCNF), que acompañan legalmente a Amaya Sánchez.
La nulidad de actos procesales no se traduce en la reposición de todo el proceso penal, pero sí de las primeras etapas, especialmente en las que se desahogaron pruebas a favor y en contra del agresor, sin que Jeysol pudiera formar parte.
La resolución judicial significa una oportunidad para que la víctima reúna y aporte evidencias –en un plazo de 45 días– para que su pareja, quien intentó asesinarla a cuchillazos el 30 de enero de 2015, sea investigado y procesado por tentativa de homicidio agraviado en razón de género, y no sólo por lesiones calificadas, como se pretendía anteriormente.
Destaca que la nulidad se logró gracias a que Jeysol relató frente a la jueza Gutiérrez Pereyra que desde que despertó en el nosocomio tras escapar de su agresor, se le negó asesoría legal sobre su caso y la fiscal responsable de su investigación no le dio información durante los primeros seis meses del proceso, además de que rechazó integrar nuevos peritajes, revaloraciones médicas, análisis de los dictámenes de criminalística, y otras pruebas que la sobreviviente pidió para demostrar que su agresor quería matarla.
A decir de las defensoras del OVSyG y del OCNF, “esta decisión constituye el primer paso para garantizar en igualdad de condiciones el debido proceso, la debida diligencia y una defensa adecuada para las víctimas, lo que impactará directamente en sus derechos a la verdad, la justicia y a una reparación integral del daño, además de dar cumplimiento a las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado mexicano de garantizar el pleno derecho de las mujeres a no ser discriminadas en el sistema de justicia”.
Las activistas señalaron que conforme a las características del Sistema Penal Acusatorio, se reconoce a las víctimas como parte del proceso, por lo que tienen derecho a contar con una defensa vía un asesor jurídico, y participar activamente en todo el proceso.
Recordaron que la responsabilidad del Estado, representado a través del personal judicial, es garantizar la justicia y la debida diligencia para que se realice una indagación que reconozca e incorpore la perspectiva de género, además de garantizar la aplicación más progresiva de las normas y las convenciones internacionales contra la violencia y la discriminación hacia las mujeres.
Por: la Redacción
Cimacnoticias | México, DF.-
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