3/14/2013

En breve, tipificación del feminicidio en Querétaro

NACIONAL
VIOLENCIA
   Dictamen aprobado reforma leyes penales y civiles

Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.- 

El Pleno de la 57 Legislatura del Congreso de Querétaro está próximo a aprobar un paquete de reformas de ley para tipificar el delito de feminicidio, crimen que en los últimos dos años cobró la vida de al menos 24 mujeres en la entidad.

El jueves pasado la Comisión de Administración y Procuración de Justicia aprobó por unanimidad el dictamen que pretende, entre otras modificaciones, adicionar el artículo 126 Bis al Código Penal de la entidad, así como reformar el artículo 121 del Código de Procedimientos Penales del estado, para estipular al feminicidio como un delito.

Durante 2012 los asesinatos dolosos de mujeres en la entidad representaron el 12 por ciento del total de homicidios. De aprobarse la iniciativa se sancionaría con hasta 50 años de cárcel a quien mate a una mujer por razones de género.

De acuerdo con la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), en dos años se cometieron 24 homicidios de mujeres. En  2011 se registraron 11 asesinatos en agravio de mujeres y en 2012 la cifra fue de 13, lo que representó el 11 y 12 por ciento total de homicidios respectivamente.

Actualmente el Código Penal estatal sólo otorga carácter de agravante a los delitos de lesiones u homicidio cuando la víctima es mujer y la “agresión se encuentra motivada por razones de género”.

En noviembre pasado el diputado perredista Gerardo Ríos Ríos presentó una iniciativa de reforma –retomada en el dictamen aprobado– para sancionar con entre 20 y 50 años de cárcel y 500 a 750 días de multa a quien asesine a una mujer por razones de género.

El dictamen aprobado estipula que se comete feminicidio cuando entre el perpetuador y la víctima exista –o haya existido– una relación afectiva o de parentesco por consanguinidad, o en su caso una relación laboral, docente o de confianza que subordine o conceda un papel inferior a la víctima.

Además establece que ese delito se comete cuando la mujer haya sufrido violencia sexual o de cualquier tipo penal antes o después de su muerte; cuando se presente lesiones infamantes (daño corporal cuya visibilidad genere indignación, estupor o miedo, sobre todo cuando se presenta en zonas genitales), degradantes o mutilaciones corporales previas o posteriores al asesinato.

El dictamen es resultado de al menos tres iniciativas presentadas en años previos en el Congreso de Querétaro. La Comisión de Administración y Procuración de Justicia está encabezada por el panista Luis Bernardo Nava Guerrero.

Además de lo propuesto por el perredista Gerardo Ríos, también se reforman los códigos Civil y de Procedimientos Civiles para estipular que el feminicida pierde todos sus derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio (herencia).

Igualmente se modifican la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado y la Ley de la Procuraduría General de Justicia, para establecer penas de 3 a 8 años de prisión y de 500 a 750 días de multa al servidor público que “retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia”, además de que será inhabilitado o destituido de su cargo de 3 a 10 años.

De aprobarse el dictamen –eventualmente este jueves o la próxima semana–, Querétaro sería la entidad número 19 en tipificar el feminicidio en el país.

Las entidades federativas que ya tipificaron ese delito son Guerrero, Estado de México, Guanajuato, Tamaulipas, Morelos, DF, Veracruz, Tabasco, Baja California, Chiapas, San Luis Potosí, Colima, Durango, Sinaloa, Oaxaca, Jalisco, Tlaxcala y Coahuila.

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